Norma Legal Oficial del día 16 de enero del año 2009 (16/01/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 183

El Peruano MORDAZA, viernes 16 de enero de 2009

NORMAS LEGALES

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SE ACUERDA: Articulo Primero.- Declarar en DESABASTECIMIENTO INMINENTE el servicio de recojo, transporte y desecho de residuos solidos (basura) del Distrito de La Banda de Shilcayo, por los considerandos expuestos precedentemente. Articulo Segundo.- APROBAR la EXONERACION del MORDAZA de Seleccion para la adquisicion de los vehiculos necesarios para poner operativo, en el plazo mas corto, el sistema de recojo de residuos solidos: vehiculo compactador de 15m3 de capacidad y volquete de 15 m3 de capacidad Articulo Tercero.- Adoptese las acciones que amerite el caso bajo responsabilidad de las areas correspondientes de la Municipalidad. Articulo Tercero.- Pongase en conocimiento de las Oficinas competentes de la Municipalidad y de los entes nacionales como la Contraloria General de La Republica y el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado en los plazos previstos por Ley. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 301118-1

Peru, las Municipalidades crean, modifican y suprimen contribuciones, tasas y arbitrios, o exonerar de estas, dentro de su jurisdiccion y dentro de los limites que senala la Ley; Que, la MORDAZA II del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por D.S. Nº 135-99-EF, establece que el termino generico de tributo comprende al impuesto de las contribuciones y las siendo este ultimo un tributo cuya obligacion tiene como hecho generador la prestacion efectiva por el Estado de un servicio publico individualizado en el contribuyente teniendo dentro de la clasificacion de tasa los Arbitrios; Que, el Articulo 69º del TUO de la Ley de Tributacion Municipal establece que la determinacion del costo efectivo a prestar debera sujetarse a los criterios de racionalidad que permitan determinar el cobro exigido por el servicio prestado basado en el costo que demanda el servicio y su mantenimiento, asi como el beneficio individual prestado, y que para la distribucion entre los contribuyentes de una municipalidad se podra utilizar de manera vinculada y dependiendo del servicio publico involucrado entre otros criterios que resulten validos el uso, el tamano y la ubicacion del predio; De conformidad con lo dispuesto por los incisos 8) y 9) del Articulo 9 de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, con dispensa del tramite de aprobacion del acta y con el MORDAZA unanime de los miembros del Concejo; ORDENANZA Articulo Primero.- Aprobar el Regimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana para el ano 2009 el mismo que consta de dos Capitulos, quince Articulos y ocho Disposiciones Transitorias y Finales. Articulo Segundo.- Con respecto al Informe Tecnico y en aplicacion del Articulo 69, 69-A y 69 B del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, apruebese como anexos, la exposicion de motivos, la metodologia para determinar los criterios del costo de los arbitrios municipales, el informe tecnico legal y estructura de costos Nº 001-2008-AE-MDSJI, lo mismo que forma parte de los anexos. Articulo Tercero.- La presente Ordenanza se publicara en el Diario Oficial El Peruano de acuerdo al Art. Nº 44 Publicidad de Normas Municipales Inc, C), de la Ley 27972 Organica de Municipalidades y los Anexos seran publicados en la pagina WEB www.munisanjuandeiris.gob.pe. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA DE LA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 300603-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL SAN MORDAZA DE MORDAZA
Aprueban Regimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana para el ano 2009
ORDENANZA Nº 05-MDSJI-2008 San MORDAZA de MORDAZA, 10 de noviembre del 2008 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de San MORDAZA de MORDAZA en sesion ordinaria de fecha 10 de noviembre por mayoria se aprobo lo siguiente: CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido por el numeral 4 del Articulo 195º de la Ley de Reforma Constitucional Nº 27780 y por el Articulo 74º de la Constitucion Politica del

PROYECTO TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Proyecto de MORDAZA que modifica el Reglamento de la Ley de Radio y Television
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 027-2009-MTC/03 MORDAZA, 13 de enero de 2009 CONSIDERANDO: Que, la Ley de Radio y Television, Ley Nº 28278, establece en su Articulo III, que el Estado promueve el desarrollo de servicios de radiodifusion, especialmente en areas rurales, de preferente interes social o en zonas de frontera, priorizando los servicios de radiodifusion educativos, con el objeto de asegurar la cobertura del servicio en todo el territorio, en el MORDAZA de las politicas de desarrollo, integracion y afianzamiento de la identidad nacional; Que, asimismo, el articulo 10º de la citada Ley, senala que los servicios de radiodifusion educativa y comunitaria,

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