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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE ENERO DEL AÑO 2009 (16/01/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 192

TEXTO PAGINA: 180

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 16 de enero de 2009 388774 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Prorrogan plazo de vencimiento de la Ordenanza Nº 249-MDSMP DECRETO DE ALCALDÍA Nº 029-2008/MDSMP San Martín de Porres, 31 de diciembre del 2008 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTÍN DE PORRES CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 249-MDSMP (30. JUNIO.2008), publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 2.JULIO.2008 se aprobó la condonación de deuda tributaria e intereses generados por la omisión de las presentaciones y/o rectifi cación de la declaración jurada producto del levantamiento catastral, con vigencia hasta el 30.AGOSTO.2008; prorrogándose el plazo de su vencimiento hasta el 31.DICIEMBRE.2008, mediante Decreto de Alcaldía Nº 026-2008/MDSMP (28.NOVIEMBRE.2008); Que, la Tercera Disposición Final y Transitoria de la mencionada Ordenanza faculta al señor alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las medidas reglamentarias que sean necesarias para su cumplimiento y prórroga de su vigencia; Que, atendiendo al pedido de vecinos de la jurisdicción que desean acogerse a los benefi cios de la referida Ordenanza, corresponde emitirse la respectiva disposición municipal; existiendo las opiniones favorables de la Gerencia de Administración Tributaria (Informe Nº 311-2008-GAT/ MDSMP) y Gerencia de Asesoría Jurídica (Informe Nº 2484 -2008-GAJ/MDSMP); De conformidad con los artículos 20, inciso 6) y 42 de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades, así como Segunda Disposición Final y Transitoria de la Ordenanza Nº 249-MDSMP de esta Entidad Municipal; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo de vencimiento de la Ordenanza Nº 249-MDSMP (30.JUNIO.2008) hasta el 31.ENERO.2009. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Administración y Finanzas, así como Subgerencias respectivas, el cumplimiento de este Decreto; y a la Secretaría General su publicación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FREDDY S. TERNERO CORRALES Alcalde 301167-1 Prorrogan plazo de vencimiento de la Ordenanza Nº 257-MDSMP DECRETO DE ALCALDÍA Nº 030-2008/MDSMP San Martín de Porres, 31 de diciembre del 2008 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTIN DE PORRES: VISTO: El Informe Nº 313-2008-GAT/MDSMP de la Gerencia de Administración Tributaria de la Entidad; y CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 257-MDSMP, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 04.NOVIEMBRE.2008 se otorgó facilidades para la regularización de obligaciones sustanciales y/o formales, siendo aplicable para todos aquellos deudores que tengan pendiente de pago sumas derivadas de obligaciones tributarias (tributos y multas) y no tributarias (multas administrativas) pendientes de pago hasta el 31.OCTUBRE.2008; Que, a través del Decreto de Alcaldía Nº 027- MDSMP (15.DICIEMBRE.2008) se dispuso la ampliación de la vigencia de la indicada Ordenanza hasta el 31.DICIEMBRE.2008; Que, la Segunda Disposición Final y Transitoria de la Ordenanza Nº 257-MDSMP faculta al señor alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones reglamentarias que sean necesarias para su cumplimiento y prórroga de su vigencia; Código N° DESCRIPCIÓN DE LA INFRACCIÓN Tipo de Infracción SANCIÓN PECUNIARIA (% UIT) Niveles MEDIDA COMPLEMENTARIA I II 01-148 Por vender mezcla de bebidas alcohólicas o tragos preparados en condiciones antihigiénicas o con insumos de dudosa procedencia. G 25% 50% Clausura Defi nitiva / Decomiso 01-205 Consumir bebidas alcohólicas en la vía pública, como parques, aceras, etc. y/o dentro de vehículos estacionados en áreas públicas. L 15% 25% Decomiso 01-206 Por expendio y/o permitir el consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública a inmediaciones del establecimiento comercial. G 25 50% Clausura Temporal 4 días 01-350 Por expendio de bebidas alcohólicas desde las 23:00 horas hasta las 05:59 horas del día siguiente en establecimientos comerciales autorizados para su venta. G 25% 50% Clausura Temporal 2 días 01-351 No colocar los carteles reglamentarios con la siguiente inscripción: “PROHIBIDA LA VENTA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS A MENORES DE 18 AÑOS”, “PROHIBIDA LA VENTA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS DESPUÉS DE LAS 23:00 HORAS”, “SI HAS INGERIDO BEBIDAS ALCOHÓLICAS NO MANEJES”. L 15% 30% Clausura Temporal 1 día 01-352 Por expendio o por permitir el consumo de bebidas alcohólicas dentro del establecimiento comercial sin autorización municipal. G 50% 80% Clausura Temporal 2 días Artículo Cuarto: Encárguese a la Gerencia de Rentas a través de la Subgerencia de Fiscalización Tributaria y la Gerencia de Servicios a la Ciudad a través de la Subgerencia de Seguridad Ciudadana, Policía Municipal y Defensa Civil, el cumplimiento de la presente Ordenanza de acuerdo a sus competencias, coordinando con la Policía Nacional para la realización de operativos destinados a cumplir con lo establecido en ésta, así como el apoyo a los Inspectores Municipales, Serenazgo u otro personal designado que participen en las intervenciones. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. DISPOSICIONES TRANSITORIAS ÚNICA.- FACULTAR al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para la ejecución de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FERNANDO DURAND MEJÍA Alcalde 300629-1