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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE ENERO DEL AÑO 2009 (17/01/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 50

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 17 de enero de 2009 388844 Artículo 2º.- Precisar que las importaciones de neumáticos para automóviles, camionetas y camiones originarios y/o procedentes de la República Popular China, producidos y/o exportados por Hangzhou Zhongce Rubber Co. Ltd., Jiangsu Hankook Tire Co. Ltd. y Triangle Tyre Co. Ltd., están afectas al pago de derechos antidumping según lo indicado en el Artículo 1º de la presente Resolución, continuando vigentes las exoneraciones establecidas por la Resolución Nº 0546-2003/TDC-INDECOPI al pago de derechos antidumping sobre las importaciones de los siguientes tipos de neumáticos, producidos y/o exportados por las tres empresas antes mencionadas: Relación de neumáticos exonerados del pago de derechos antidumping por empresa Hankook Triangle Hangzhou 700*15 175/70 R 13 Radial 12 750*16 185/70 R 13 175/70 R 13 600*14 185/70 R 14 185/70 R 13 1100*20-16 205/70 R 14 185/70 R 14 1200*20-16 600*14 205/70 R 14 1200*20-16 1200*20-16 Artículo 3º.- Notifi car la presente Resolución a todas las partes apersonadas al procedimiento. Artículo 4º.- Publicar la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano” por una (01) vez, conforme a lo dispuesto en el artículo 33º del Decreto Supremo Nº 006-2003-PCM. Artículo 5º.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Con la intervención de los señores miembros de Comisión: Peter Barclay Piazza, Jorge Aguayo Luy y Eduardo Zegarra Méndez. PETER BARCLAY PIAZZA Presidente 301236-1 INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA Aprueban Índices Unificados de Precios para las seis Áreas Geográficas correspondientes al mes de diciembre de 2008 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 010-2009-INEI Lima, 15 de enero del 2009 CONSIDERANDO: Que, la Undécima Disposición Complementaria y Transitoria del Decreto Ley Nº 25862, transfi ere al Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) las funciones de elaboración de los Índices Unifi cados de Precios para la aplicación de las Fórmulas Polinómicas de Reajuste Automático de los elementos que determinen el costo de las Obras; Que, la Dirección Técnica de Indicadores Económicos ha elaborado el Informe Nº 02-12-2008- DTIE, referido a los Índices Unifi cados de Precios para las seis (6) Áreas Geográfi cas 1, 2, 3, 4, 5 y 6, correspondientes al mes de diciembre del 2008 y que cuenta con la aprobación de la Comisión Técnica para la Aprobación de los Índices Unifi cados de Precios de la Construcción (IUPC), por lo que resulta necesario expedir la Resolución Jefatural correspondiente, así como disponer su publicación en el Boletín Mensual de Indicadores de Precios de la Economía, que contiene la información ofi cial de los Índices Unifi cados de Precios de la Construcción, y; En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar los Índices Unifi cados de Precios para las seis (6) Áreas Geográfi cas correspondientes al mes de diciembre del 2008, que en Anexo debidamente visado forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Las Áreas Geográfi cas a que se refi ere el Art.1º, comprende a los siguientes departamentos: Área 1 : Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Cajamarca, Amazonas y San Martín Área 2 : Ancash, Lima, Provincia Constitucional del Callao e Ica Área 3 : Huánuco, Pasco, Junín, Huancavelica, Ayacucho y Ucayali Área 4 : Arequipa, Moquegua y Tacna Área 5: Loreto Área 6: Cusco, Puno, Apurímac y Madre de Dios. Artículo 3º.- Los Índices Unifi cados de Precios, corresponden a los materiales, equipos, herramientas, mano de obra y otros elementos e insumos de la construcción, agrupados por elementos similares y/o afi nes. En el caso de productos industriales, el precio utilizado es el de venta ex fábrica incluyendo los impuestos de Ley y sin considerar fl etes. Regístrese y comuníquese. VÍCTOR ANÍBAL SÁNCHEZ AGUILAR Jefe (e) Instituto Nacional de Estadística e Informática ANEXO RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 010-2009-INEI ÍNDICES UNIFICADOS DE PRECIOS DEL MES DE DICIEMBRE DEL 2008 Á R E A S G E O G R Á F I C A S (Base : Julio 1992 = 100,0) Cod, 1 2 3 4 5 6 Cod, 1 2 3 4 5 6 01 758,66 758,66 758,66 758,66 758,66 758,66 02 650,49 650,49 650,49 650,49 650,49 650,49 03 644,53 644,53 644,53 644,53 644,53 644,53 04 411,61 594,16 808,58 504,68 273,01 745,19 05 416,35 214,80 339,82 581,79 (*) 557,99 06 665,71 665,71 665,71 665,71 665,71 665,71 07 516,10 516,10 516,10 516,10 516,10 516,10 08 664,93 664,93 664,93 664,93 664,93 664,93 09 377,38 377,38 377,38 377,38 377,38 377,38 10 321,44 321,44 321,44 321,44 321,44 321,44 11 279,68 279,68 279,68 279,68 279,68 279,68 12 307,85 307,85 307,85 307,85 307,85 307,85 13 1028,10 1028,10 1028,10 1028,10 1028,10 1028,10 14 264,61 264,61 264,61 264,61 264,61 264,61 17 468,07 684,17 672,08 597,29 450,91 768,00 16 314,12 314,12 314,12 314,12 314,12 314,12 19 589,88 589,88 589,88 589,88 589,88 589,88 18 233,74 233,74 233,74 233,74 233,74 233,74 21 404,62 323,41 350,43 466,98 350,43 462,61 20 1189,66 1189,66 1189,66 1189,66 1189,66 1189,66 23 360,57 360,57 360,57 360,57 360,57 360,57 22 359,56 359,56 359,56 359,56 359,56 359,56 27 489,94 489,94 489,94 489,94 489,94 489,94 24 269,95 269,95 269,95 269,95 269,95 269,95