Norma Legal Oficial del día 23 de enero del año 2009 (23/01/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 23 de enero de 2009

de PROINVERSION, mediante resolucion designara a dos miembros titulares y suplentes (de la Oficina de Administracion y Finanzas y de la Oficina de Asesoria Juridica), quienes se encargaran de la conduccion de los procesos de contratacion o adquisicion. El Tercer Miembro y su suplente seran designados por el Area que requiera el servicio. 7. Comites de PROINVERSION.- Son los Comites Especiales, le corresponden las funciones senaladas en el Decreto Legislativo N° 674 y en los Decretos Supremos N° 059-96-PCM, 060-96-PCM, las demas que le correspondan de acuerdo a ley y las que le asigne su Consejo Directivo. 8. Consejo Directivo de PROINVERSION.- Es el organo MORDAZA de PROINVERSION, su objetivo es promover los fines de PROINVERSION, con el objeto de normar su funcionamiento, disenar y conducir los procesos de promocion de la inversion privada y otros de su competencia. 9. Consorcio.- Contrato asociativo por el cual dos (2) o mas personas se asocian, con el criterio de complementariedad de recursos, capacidades y aptitudes, para participar en un MORDAZA de contratacion o adquisicion, y eventualmente, contratar con PROINVERSION. 10. Consultas.- Es la solicitud de precision, aclaracion o modificacion formulada por los diferentes interesados a concursar en el MORDAZA, referido al alcance y/o contenido de los Terminos de Referencia. 11. Cronograma.- Es la secuencia temporal de actividades que se desarrollaran durante el MORDAZA de contratacion o adquisicion y que forma parte integrante de las Bases del Concurso. 12. Direccion Ejecutiva.- Esta a cargo de un Director Ejecutivo, designado mediante resolucion suprema, es la mas alta autoridad que ejerce funciones ejecutivas, de administracion y de representacion. Para el apoyo de sus funciones cuenta con el apoyo de un Director Ejecutivo Adjunto. 13. Estudios de Consultoria.- Son los estudios tales como banco de inversion, valorizacion, estudios tecnico y en general asesorias relacionadas con los procesos de promocion de la inversion privada que tiene a su cargo PROINVERSION. 14. Lista de Invitados.- Es la relacion de proveedores a los que se les cursara invitacion para participar en el Concurso por Invitacion. 15. Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones.Es el instrumento de gestion donde se preven las adquisiciones de los bienes, las contrataciones de servicios y obras que se requeriran en el ejercicio presupuestal y el monto del presupuesto requerido. 16. Postor.- La persona natural o juridica legalmente capacitada que participa en un MORDAZA de contratacion o adquisicion desde el momento en que presenta su propuesta. Para ser Postor se requiere haber sido Invitado en el caso de los Concursos por invitacion y haber presentado propuestas para el caso del Concurso Publico. 17. Terminos de Referencia.- Descripcion elaborada por la entidad respecto de las caracteristicas tecnicas, las condiciones en que se ejecutara la prestacion de servicios y de consultoria, los objetivos, los resultados esperados, la naturaleza de los bienes asi como el plazo en el que se debera hacer efectivo el cumplimiento del contrato. 18. Valor Referencial.- Es el determinado y proporcionado por el Area Usuaria de PROINVERSION mediante los mecanismos que consideren pertinentes sobre los precios que ofrece el mercado. Excepcionalmente, el Area Usuaria podra sustentar los casos en los que determinados procesos de contratacion o adquisicion se puedan convocar con valor referencial reservado, siendo ellos esencialmente los que se refieren a situaciones en las que no resulte posible o confiable contar con un valor referente objetivo, lo cual debera ser aprobado por Acuerdo de Comite de PROINVERSION o el Director Ejecutivo segun corresponda. 304045-1

CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO
Inician procedimiento administrativo sancionador a la Asociacion de Pequenos Agricultores Agropecuarios de la Region por supuesta responsabilidad en la falta de suscripcion de contrato derivado de la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 003-2007-MPP
EN SESION DEL 10 DE OCTUBRE DE 2008, LA TERCERASALADEL TRIBUNAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO HA APROBADO EL SIGUIENTE ACUERDO: EXPEDIENTE 2273/2007.TC.- RELACIONADO CON LA PROCEDENCIA DEL INICIO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR CONTRA LA ASOCIACION DE PEQUENOS AGRICULTORES AGROPECUARIOS. ACUERDO 427 /2008.TC-S3 de 31 de octubre de 2008 VISTOS los antecedentes del Expediente 2273/2007. TC; CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 12 de junio de 2007, la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PACASMAYO, en adelante la Entidad, convoco la Adjudicacion Directa Selectiva 003-2007-MPP, para la adquisicion de alimentos para programas alimentarios, por un valor referencial ascendente a S/. 113 741,33 (Ciento trece mil setecientos cuarenta y uno con 33/100 nuevos soles); SEGUNDO: Que, el 27 de junio de 2007 se llevo a cabo el acto de MORDAZA de propuestas y el otorgamiento de la buena pro, resultando adjudicataria del item 1 (arroz corriente mejorado) la ASOCIACION DE PEQUENOS AGRICULTORES AGROPECUARIOS DE LA REGION, en adelante el Postor; TERCERO: Que, mediante Carta 382007-CE-CECAE-MPP de fecha 4 de MORDAZA de 2007, la Entidad otorgo al Postor el plazo de 3 (tres) dias habiles a fin que se apersonara a suscribir el contrato; CUARTO: Que, mediante Carta de fecha 18 de MORDAZA de 2007 el postor solicito una ampliacion de cuatro (4) dias para suscribir el contrato, alegando que en el MORDAZA no se encontraban sacos para envasar de 13 kg, por no ser de uso comercial; QUINTO: Que, el 6 de agosto de 2007, la Entidad expidio la Resolucion de Alcaldia 445-2007-MPP, a traves de la cual declaro desierto el item 1 de la Adjudicacion Directa Selectiva 003-2007-MP; SEXTO: Que, con Oficio 779-2007-MPP-SPLL de fecha 13 de agosto de 2007, la Entidad denuncio al Postor ante el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en adelante el Tribunal, por su supuesta responsabilidad en falta de suscripcion del contrato derivado del item 1 de la Adjudicacion Directa Selectiva 003-2007-MP; SETIMO: Que, mediante decreto del 16 de agosto de 2007, el Tribunal requirio a la Entidad a fin que subsanara su comunicacion y remitiera la informacion faltante conforme al formulario que se adjuntaba; OCTAVO: Que, mediante decreto del 5 de octubre de 2007, el Tribunal reitero a la Entidad a fin que remitiera la documentacion solicitada con decreto del 16 de agosto de 2007; NOVENO: Que, mediante Oficio 10132007-MPP-SPLL de fecha 30 de octubre de 2007, la Entidad remitio en forma parcial la informacion requerida; DECIMO: Que, mediante decreto del 5 de noviembre de 2007, el Tribunal reitero a la Entidad a fin que remitiera la Carta 38-2007-CECAE-MPP, debidamente recibida por el Postor; UNDECIMO: Que, mediante Carta 020-2008MPP-SPLL de fecha 25 de febrero de 2008, la Entidad informo al Tribunal que el cargo de la Carta 38-2007CECAE-MPP se habia extraviado, pero que se enviaba en su lugar MORDAZA de la Carta del 18 de MORDAZA de 2007, mediante la cual el Contratista habia solicitado un plazo adicional de cuatro (4) dias a fin de suscribir el contrato correspondiente; DUODECIMO: Que, mediante fecha 28 de febrero de 2008, en razon a lo informado por la Entidad, se dispuso la

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