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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 27 de febrero de 2009 391550 Subgerencia de Ejecución Coactiva, debiendo cancelar en este último caso, el 50% por concepto de Costas Procesales pendientes. 2. Condonación de deudas pendientes por arbitrios municipales de períodos anteriores al año 2007 a los contribuyentes que cancelen el íntegro de sus deudas pendientes por arbitrios municipales correspondientes a los ejercicios 2007 y 2008. Este Benefi cio alcanza sólo a las deudas por predios que se ubiquen en las zonas 03, 04, 05 y 06 del distrito. 3. Condonación de Multas Tributarias por omisión a la presentación de Declaración Jurada de Autovaluo o Declaración de Transferencia de predio a favor de tercero, siempre y cuando el contribuyente infractor no se encuentre en un Procedimiento de Fiscalización Tributaria. 4. Rebaja del 50% del Derecho por Licencia de Funcionamiento y por Autorización de Anuncio Publicitario establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la entidad. El presente benefi cio sólo alcanza a los establecimientos bajo el ámbito del Régimen Único Simplifi cado (RUS), servicios profesionales y establecimientos pequeños no sujetos al RUS. Se excluye a las personas naturales o jurídicas que se encuentren en un procedimiento de Fiscalización Tributaria. 5. Se fi ja en S/.50.00 (CINCUENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES) el derecho de pago por Licencia de Funcionamiento para los puestos o stands de mercados, que voluntariamente tramiten su autorización municipal, durante la vigencia del presente Programa de Benefi cios. Para lo cual deberán presentar Declaración Jurada de Condiciones de Seguridad o Inspección Técnica de Seguridad en Defensa Civil, documento que acredite la conducción del local y copia del documento de identidad. Artículo 3º.- ESTABLECER que la vigencia de los Benefi cios aprobados mediante la presente Ordenanza tendrán vigencia desde el 01 hasta el 28 de febrero del 2009. Artículo 4º.- FACULTAR al Despacho de Alcaldía aprobar mediante Decreto de Alcaldía la prórroga de la vigencia de los benefi cios establecidos mediante la presente Ordenanza, así como dictar las normas reglamentarias y complementarias que fueran necesarias para su mejor cumplimiento. Artículo 5º.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas y Gerencia de Administración. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GUILLERMO LEONARDO POZO GARCÍA Alcalde 316750-1 Aprueban Ordenanza que establece Beneficios Tributarios en el distrito de Ancón ORDENANZA Nº 176-MDA Ancón, 29 de enero de 2009 VISTO: En la Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el pleno ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE BENEFICIOS TRIBUTARIOS EN EL DISTRITO DE ANCÓN Artículo 1º.- APROBAR el Programa Especial de Benefi cios Tributarios de Incentivos al Contribuyente de Ancón, el cual consta de benefi cios tributarios y no tributarios, rebajas de intereses moratorios, eliminación de sanciones, entre otros. Artículo 2º.- ESTABLECER que los benefi cios del Programa Especial de Incentivos al Contribuyente de Ancón, son los siguientes: 1. Exoneración total de los intereses moratorios (TIM) del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales pendientes de pago correspondientes a períodos vencidos a la fecha. Este benefi cio incluye las deudas por Impuesto Predial, Arbitrios Municipales y Convenios de Fraccionamiento de Pago, cuya cobranza se encuentre en trámite ante la Subgerencia de Ejecución Coactiva, debiendo cancelar en este último caso, el 50% por concepto de Costas Procesales pendientes. 2. Condonación de deudas pendientes por arbitrios municipales de períodos anteriores al año 2007 a los contribuyentes que cancelen el íntegro de sus deudas pendientes por arbitrios municipales correspondientes a los ejercicios 2007 y 2008. Este Benefi cio alcanza sólo a las deudas por predios que se ubiquen en las zonas 03, 04, 05 Y 06 del distrito. 3. Condonación de Multas Tributarias por omisión a la presentación de Declaración Jurada de Autovalúo o Declaración de Transferencia de predio a favor de tercero, siempre y cuando el contribuyente infractor no se encuentre en un Procedimiento de Fiscalización Tributaria. 4. Rebaja del 50% del Derecho por Licencia de Funcionamiento y por Autorización de Anuncio Publicitario establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la entidad. El presente benefi cio sólo alcanza a los establecimientos bajo el ámbito del Régimen Único Simplifi cado (RUS), servicios profesionales y establecimientos pequeños no sujetos al RUS. Se excluye a las personas naturales o jurídicas que se encuentren en un procedimiento de Fiscalización Tributaria. 5. Se fi ja en S/.50.00 (CINCUENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES) el derecho de pago por Licencia de Funcionamiento para los puestos o stands de mercados, que voluntariamente tramiten su autorización municipal, durante la vigencia del presente Programa de Benefi cios. Para lo cual deberán presentar Declaración Jurada de Condiciones de Seguridad o Inspección Técnica de Seguridad en Defensa Civil, documento que acredite la conducción del local y copia del documento de identidad. Artículo 3º.- ESTABLECER que la vigencia de los Benefi cios aprobados mediante la presente Ordenanza tendrán vigencia desde el 01 hasta el 28 de febrero del 2009. Artículo 4º.- FACULTAR al Despacho de Alcaldía aprobar mediante Decreto de Alcaldía la prórroga de la vigencia de los benefi cios establecidos mediante la presente Ordenanza, así como dictar las normas reglamentarias y complementarias que fueran necesarias para su mejor cumplimiento. Artículo 5º.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas y Gerencia de Administración. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GUILLERMO LEONARDO POZO GARCIA Alcalde 316772-1 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Fijan monto de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del Impuesto Predial y Arbitrios, así como la distribución domiciliaria de cuponera de pagos 2009 ORDENANZA Nº 073-2009/MLV La Victoria, 16 de enero de 2009 El CONCEJO DISTRITAL DE LA VICTORIA POR CUANTO: Visto; en sesión ordinaria de la fecha, el Dictamen Conjunto Nº 004-2009-CPRDE-CPPPAL/MDLV de las Comisiones Permanentes de Rentas y Desarrollo Económico y de Planeamiento, Presupuesto y Asuntos Legales de la Municipalidad de La Victoria; y,