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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE FEBRERO DEL AÑO 2009 (27/02/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 52

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 27 de febrero de 2009 391546 Asimismo, se encuentran comprendidas como actividades a ser fi nanciadas con los recursos provenientes del peaje, que resulten excedentes luego del cumplimiento de las actividades precitadas, las labores de seguridad y protección del mobiliario urbano de la Red Vial Metropolitana” POR TANTO Mando se registre, publique y cumpla. En Lima, a los 19 FEB 2009 LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 317047-1 Establecen precisiones a la Ordenanza Nº 1199 que modificó Plano del Sistema Vial Metropolitano ORDENANZA N° 1226 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA; POR CUANTO EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 19 de febrero del 2009, el Dictamen N° 034-2009-MML-CMDUVN de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura. Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA PRECISIONES A LA ORDENANZA Nº 1199-MML Artículo Primero.- Aprobar las precisiones a la Ordenanza Nº 1199-MML publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 26 de diciembre del 2008, de la siguiente manera: 1.1 Incorporar como Anexo, las Laminas Nos 01 y 02 correspondientes a la Sección Vial Normativa aprobada de 30.00 ml., las mismas que forman parte integrante de la presente Ordenanza, y serán publicadas en el portal electrónico de la Municipalidad Metropolitana de Lima. (www.munlima.gob.pe) 1.2 Especifi car que el tramo de aplicación de la referida Sección Vial Normativa, corresponde a: Antigua Panamericana Sur – Prolongación Pachacútec. Artículo Segundo.- El Instituto Metropolitano de Planifi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima efectuará las modifi caciones necesarias al Plano del Sistema Vial Metropolitano, de acuerdo a lo aprobado en el Artículo Primero de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. En Lima, a los 19 FEB 2009 LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 317047-2 Ratifican la Ordenanza Nº 073-2009/ MLV que fija montos por derecho de emisión mecanizada del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio 2009 en el distrito de La Victoria ACUERDO DE CONCEJO Nº 051 Lima, 13 de febrero de 2009 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 12 de febrero del 2009, el Ofi cio Nº 001-090-005212 de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria - SAT, e Informe Nº 004-082-00000970 del 09 de febrero del 2009 de la Gerencia de Asuntos Legales del SAT, con relación a la solicitud de ratifi cación de la Ordenanza Nº073-2009/MLV, que fi ja los montos por Derecho de Emisión Mecanizada del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales en el distrito de La Victoria correspondientes al ejercicio 2009. CONSIDERANDO: Que, el Artículo 74º de la Constitución Política del Perú reconoce a los Gobiernos Locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, y les otorga la potestad tributaria para crear, modifi car y suprimir contribuciones, arbitrios, licencias y derechos municipales. Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, para la entrada en vigencia y exigibilidad de las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales, éstas deben ser ratifi cadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripción. Que, la Cuarta Disposición fi nal del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal establece que las municipalidades brinden el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de impuestos y de recibos de pago correspondientes, incluida su distribución a domicilio, se encuentran facultadas a cobrar por dichos conceptos un derecho cuyo monto máximo no debe superar el 0.4% de la UIT vigente al 1 de enero de cada año (S/. 14.20). Que, en el caso de la Provincia de Lima, a través del Edicto Nº 227 se otorgó al Servicio de Administración Tributaria, SAT, la facultad de emitir opinión técnico legal acerca de las ordenanzas que sobre materia tributaria hubieren aprobado las Municipalidades Distritales y que sean sometidas a la ratifi cación del Concejo de la Municipalidad Metropolitana de Lima (Inc. s del Art. 6). Que, mediante Ofi cio Nº 025-09-SG/MDLV del 20 de enero de 2009, la Municipalidad Distrital de La Victoria ingresó su solicitud de ratifi cación de la Ordenanza Nº 073- 2009/MLV, a través de la cual establece los montos por Derecho de Emisión Mecanizada del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales correspondiente al ejercicio 2009. Que, mediante Ordenanza Nº 607, publicada el 24 de marzo de 2004, estableció un nuevo procedimiento para la ratifi cación de las ordenanzas tributarias, cuya Sexta Disposición Final indica que sus disposiciones serán de aplicación para la tramitación de los procedimientos de ratifi cación de ordenanzas tributarias distritales que aprueben derechos, por lo que corresponde que la presente solicitud sea tramitada según lo establecido en dicha Ordenanza. Que, el Servicio de Administración Tributaria - SAT ha procedido a la evaluación legal y técnica correspondiente, siguiendo para tal efecto las disposiciones establecidas en la Ordenanza Nº 607, emitiendo la Gerencia de Asuntos Legales del SAT el Informe Técnico Legal Nº 004-082- 00000970 de fecha 9.02.2009, con opinión favorable, el mismo que concluye en lo siguiente: 1. La Ordenanza Nº 073-2009/MLV, mediante la cual la Municipalidad Distrital de La Victoria establece los montos por concepto del Derecho de Emisión Mecanizada del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales correspondiente al ejercicio 2009 se encuentra conforme con las disposiciones sobre la materia recogidas en el Texto Único Ordenado la Ley de Tributación Municipal. 2. El monto por concepto del Derecho de Emisión Mecanizada del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales correspondiente al ejercicio 2009 exigible a los contribuyentes por el primer predio asciende a S/. 8.57, y por cada predio adicional un monto equivalente a S/. 2.86; los cuales han sido determinados de acuerdo al costo efectivo de la prestación del servicio. 3. De la evaluación técnica efectuada, se ha considerado que los costos establecidos en la Ordenanza Nº 073-2009/ MLV han sido determinados siguiendo los lineamientos de la Directiva Nº 001-006-00000001, cumpliendo por tal motivo con los requisitos técnicos requeridos para tal efecto. Asimismo, se ha verifi cado que el ingreso estimado por este servicio cubre el 100.00% de los costos incurridos en la prestación del mismo. 4. La procedencia de la aplicación de la Ordenanza Nº 073-2009/MLV se encuentra condicionada al