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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE FEBRERO DEL AÑO 2009 (27/02/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 44

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 27 de febrero de 2009 391538 Vista la propuesta de autorización de viaje en misión ofi cial del señor Rector de la Universidad Nacional de Ingeniería, como parte de las actividades programadas por la Alianza Estratégica (UNMSM-UNI-UNALM); CONSIDERANDO: Que, mediante acuerdo de Directorio la Alianza Estratégica (UNMSM-UNI-UNALM), acordó realizar una misión de apoyo y concreción de las propuestas y avances, en razón: a la convocatoria a concurso de becas en Francia e Italia, hecha a investigadores, docentes, egresados y estudiantes peruanos para el año académico 2009 -10; a las diversas comunicaciones cursadas con las autoridades de la Red de Instituts Nationales de Sciences Appliqué - INSA de Francia y autoridades de la Conferenza dei Preidi Delle Facolta di Ingegneria - COPI de Italia, y los avances que a la fecha hay para fi rmar los acuerdos que faciliten la movilidad académica de investigadores, docentes, egresados y estudiantes con dichas instituciones; y al acuerdo fi rmado con la RED de Escuelas de Ingeniería de Francia - RESEAU POLYTECH, y los avances que a la fecha tiene su ejecución e implementación de los Masters Conjuntos que deberán implementarse antes del inicio del próximo año académico; actividades en las que participará el Rector de la Universidad Nacional de Ingeniería en misión ofi cial, en representación de la Universidad Nacional de Ingeniería entre los días 27 de Febrero al 15 de Marzo del 2009; Que, los gastos correspondientes al costo de los pasajes aéreo de Lima/Miami, Miami/Paris, París/Miami, Miami/Lima equivalente a US$ 2,068.25 (Dos Mil Sesenta y Ocho y 25/100 Dólares Americanos), Póliza por tarjeta de seguro, e impuestos de salida serán fi nanciados con recursos propios de la Administración Central, y los gastos correspondientes a los viáticos, serán cubiertos por la empresa UNIPETRO ABC SAC; Que la Ley Nº 27619 regula la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irroguen gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Público, dispositivo legal que se encuentra regulado por el Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM del 05 de junio del 2002; Estando a lo acordado por el Consejo Universitario en la sesión extraordinaria Nº 05 del 25 de Febrero del 2009; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje en Misión Ofi cial del Mag. Ing. Aurelio Padilla Ríos Rector de la Universidad Nacional de Ingeniería desde el día 27 de Febrero al 15 de Marzo del 2009, en representación de la Universidad Nacional de Ingeniería, para que participe en las actividades programadas por la Alianza Estratégica (UNMSM-UNI-UNALM), en misión de apoyo, concreción de propuestas y avances que a la fecha existen con la Red de Instituts Nationales de Sciences Applique - INSA de Francia, la Conferenza dei Preidi Delle Facolta di Ingegneria - COPI en Italia, y la RED de Escuelas de Ingeniería de Francia - RESEAU POLYTECH, así como proyectar convenios con otras universidades afi nes. Artículo 2.- Otorgar al Mag. Ing. Aurelio Padilla Ríos el equivalente en nuevos soles de los montos que correspondan, para sufragar los gastos que por dichos conceptos irroguen su participación en la Misión Ofi cial, explicitada en los considerandos de la presente resolución, debiendo rendir cuenta documentada de lo gastado en un plazo no mayor de quince (15) días, al término de la referida misión. Pasajes aéreo y terrestre (Ida y vuelta) : US$ 2 068.25 Viáticos (US$ 200.00 por 17 días) : US$ 3 400.00 Tarjeta ASSIST CARD : US$ 95.00 Tarifa Corpac. : US$ 30.25 Artículo 3º.- Los gastos que origine el viaje, en cuanto a los costos de los pasajes aéreos, póliza por tarjeta de seguro, e impuestos de salida serán fi nanciados a través de los recursos directamente recaudados de la Administración Central, y los gastos correspondientes a los viáticos, serán fi nanciados por la empresa UNIPETRO ABC SAC. Artículo 4º.- Encárguese al Primer Vicerrector Geol. José Martínez Talledo, las funciones propias del cargo de Rector durante el período comprendido entre el 27 de Febrero al 15 de Marzo del 2009, inclusive. Artículo 5º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la autoridad antes citada deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo 6º.- Disponer que la Ofi cina Central de Logística publique la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y archívese AURELIO PADILLA RIOS Rector 317115-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA Disponen inscripción de primera de dominio a favor del Estado de terreno eriazo ubicado en el distrito de Dean Valdivia, provincia de Islay RESOLUCIÓN GERENCIAL GENERAL REGIONAL Nº 10-2009-GRA/PR-GGR VISTO: El Expediente Nº 013-2008-GRA/OOT, correspondiente al trámite de inscripción de primera de dominio a favor del Estado, de un terreno eriazo de 3 335.87 Has. ubicadas en el sector “Cuchillas del Sur”, distrito de Dean Valdivia, Provincia de Islay, departamento Arequipa. CONSIDERANDO: Que, el artículo 62 de la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, respecto a funciones en materia de administración y adjudicación de terrenos de propiedad del Estado, señala en el inc. b), que es función de los Gobiernos Regionales: b) Realizar los actos de inmatriculación, saneamiento, adquisición enajenación, administración y adjudicación de los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado en su jurisdicción, con excepción de los terrenos de propiedad municipal.” Que, en virtud de lo establecido en la Resolución Gerencial Nº 045-2006-CND/GTA y Acta de Transferencia de Funciones Sectoriales a los Gobiernos Regionales, de fecha 26 de mayo de 2006, se ha concretado la transferencia de funciones al Gobierno Regional de Arequipa las que se encuentran establecidas en los incisos a), b) y c) del artículo 62 de la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Que, la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA establecen las normas que regulan al ámbito, organización, atribuciones y funcionamiento del Sistema Nacional de Bienes Estatales. Que, el artículo 38 del Decreto Supremo Nº 007-2008- VIVIENDA, señala: “Artículo 38.- Del procedimiento de aprobación La primera inscripción de dominio de predios estatales, sin perjuicio de lo establecido en normas especiales, será sustentada y aprobada por los Gobiernos Regionales o la SBN de acuerdo a sus respectivas competencias. La resolución que dispone la primera inscripción de dominio del predio del Estado, deberá publicarse por única vez en el Diario Ofi cial “El Peruano” y, un extracto, en un diario de mayor circulación en la Región en que se encuentre el predio. La inscripción de los bienes del Estado de dominio público y de dominio privado se efectuará en el Registro de Predios a favor del Estado”.