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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE FEBRERO DEL AÑO 2009 (27/02/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 47

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 27 de febrero de 2009 391541 Derecho Público con autonomía política, económica y administrativa teniendo por misión organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, comparativas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales para la contribución al desarrollo integral y sostenible de la región, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificación administrativa; Que, el Consejo Regional tiene las atribuciones de normar la Organización del Gobierno Regional a través de las Ordenanzas Regionales, en concordancia con el artículo 15º inciso a) de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, en la que faculta aprobar o derogar las normas que regulen, reglamenten los asuntos y materias de su competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización en su capítulo IV de Participación Ciudadana, artículo 17º numeral 17.1 y 17.2 establece que los Gobiernos Regionales y Locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo y presupuesto, y en la gestión pública; Que, la Ley Nº 28056 - Ley Marco del Presupuesto Participativo en su capítulo I Disposiciones Complementarias, artículo 1º establece que el Proceso del Presupuesto Participativo es un mecanismo de asignación equitativa, racional, efi ciente, efi caz y transparente de los recursos públicos, que fortalece las relaciones Estado - Sociedad Civil. Para ello los Gobiernos Regionales y Locales promueven el desarrollo de mecanismos y estrategias de participación en la programación de sus presupuestos, así como en la vigilancia y fi scalización de la gestión de los recursos públicos; Que, la Ley Nº 29298 - Ley que Modifi ca la Ley Marco del Presupuesto Participativo, en su modifi catoria al artículo 4º, constituye como instancias de participación al Consejo de Coordinación Regional, Consejo de Coordinación Local Provincial y Consejo de Coordinación Local Distrital, estableciendo que cada instancia formula su presupuesto participativo respetando el marco de competencias establecido en la Constitución Política del Perú y en las correspondientes leyes orgánicas; para tal efecto se considera criterios de alcance, cobertura de población, así como montos de ejecución o envergadura; y en su modifi catoria al artículo 6º desarrolla las fases del proceso, señalando que la adecuación de fases y actividades que se requieran para el mejor cumplimiento del proceso, considerando la realidad territorial, serán reguladas por ordenanza; Que, en el Comunicado Nº 026-2008-EF/76.0, se recomienda a los titulares del pliego de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, iniciar el proceso del presupuesto participativo correspondiente al año 2010, a partir del mes de enero del año 2009, a fi n que los acuerdos de priorización de proyectos culminen a más tardar en el mes de junio y éstos sean recogidos en el anteproyecto de presupuesto que alcanza el pliego a la Dirección Nacional de Presupuesto Público; Que, el artículo 38º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; En uso de las atribuciones conferidas en la Constitución Política del Estado, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, sus modifi catorias y al Reglamento Interno del Consejo Regional; ORDENA: Artículo Primero.- DISPONER el inicio del Proceso de Planeamiento del Desarrollo y del Presupuesto Participativo del Departamento de Huancavelica, para el Año Fiscal 2010; conforme a la presente ordenanza, su reglamento y a la normatividad vigente. Artículo Segundo.- APROBAR el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo 2010 del Gobierno Regional de Huancavelica, que consta de dos (02) Capítulos, ocho (08) Artículos y cuatro (04) Disposiciones Complementarias y Finales, el mismo que se adjunta y forma parte de la presente Norma Regional. Artículo Tercero.- DERÓGUESE o déjese sin efecto, las normas o actos administrativos que se opongan a la presente Ordenanza Regional. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Huancavelica para su promulgación. En Huancavelica, a los once días del mes de febrero del dos mil nueve. ABEL YANCE ORTIZ Consejero Delegado POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Huancavelica, a los 11 días del mes de febrero del año dos mil nueve. L. FEDERICO SALAS GUEVARA SCHULTZ Presidente Regional 317049-1 GOBIERNO REGIONAL DE MADRE DE DIOS Aprueban Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Madre de Dios ORDENANZA REGIONAL Nº 031 - 2008-GRMDD/CR EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE MADRE DE DIOS POR CUANTO El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, en Sesión Ordinaria llevada a cabo el 18 y 19 de noviembre del año 2008, aprobó la siguiente Ordenanza Regional. CONSIDERANDO: Que, el artículo 191 de la Constitución Política del Perú, señala que: “Los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”. Que, el Texto Único de Procedimientos Administrativos, es un documento de gestión que uniforma, reduce, simplifi ca y unifi ca la información relativa al trámite de la solicitud que el administrado presenta a la entidad en el ejercicio de su derecho de petición; siendo de carácter descriptivo e informativo, orientador de los agentes económicos y administrados en general, sobre los procedimientos y servicios administrativos que presten los diferentes órganos de la entidad. Que, la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Madre de Dios, ha cumplido con remitir su Texto Único de Procedimientos Administrativos al Gobierno Regional de Madre de Dios, para su respectivo trámite de aprobación. Que, mediante Informe Nº 063-2008-GOREMAD/ GRPPYAT-SGDIEI, la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional e Informática, emite opinión técnica favorable para su aprobación, el mismo que hace suyo la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial a través del Memorando Nº 304-A-2008-GREMAD/GRPPYAT. Que, mediante Opinión Legal Nº 042-A-2008- GOREMAD/OAJ, la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica, emite opinión favorable para la aprobación del presente documento de gestión y remite al Consejo Regional para los fi nes pertinentes. Que, mediante Dictamen Nº 001-A-2008-GOREMAD/ CEMHTCVYC, la Comisión Ordinaria de Energía, Minas, Hidrocarburos, Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción del Consejo Regional, emite opinión favorable para la correspondiente aprobación.