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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 20 de junio de 2009 397859 Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y demás disposiciones legales vigentes; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, tomándolos por ciertos, verifi cando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicación del Artículo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, “la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modifi car, suspender y revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo”, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; el Reglamento vigente; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la Compañía CARLOS PALACIN FERNANDEZ E.I.R.L. - TRAVEL AIR, la Modifi cación de su Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo No Regular Nacional de pasajeros y carga, a fi n de incrementar material aeronáutico y bases de operación a los ya autorizados a través de la Resolución Directoral Nº 018- 2006-MTC/12 del 8 de febrero del 2006, de acuerdo al siguiente detalle: MATERIAL AERONÁUTICO: (además de los autorizados) - Cessna 152 - Cessna 162 - Cessna 206 - Cessna 207 - Cessna 310 - Twin Otter - Piper PA-28 - Fokker MK 50 BASE DE OPERACIÓN: (además de las ya autorizadas) - Aeropuerto de Pisco - Aeródromo de Las Dunas Artículo 2º.- Los demás términos de la Resolución Directoral Nº 018-2006-MTC/12 del 8 de febrero del 2006 continúan vigentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ERNESTO LOPEZ MAREOVICH Director General de Aeronáutica Civil 350478-1 Renuevan permiso de operación de aviación comercial otorgado a Air Comet S.A. RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 087-2009-MTC/12 Lima, 24 de abril del 2009 Vista la solicitud de AIR COMET S.A., sobre Renovación de Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 053-2005- MTC/12 del 15 de abril del 2005, modifi cada mediante Resolución Directoral Nº 067-2006-MTC/12 del 04 de mayo del 2006 y Resolución Directoral Nº 077-2007-MTC/12 del 11 de abril del 2007, se otorgó a AIR COMET S.A., Permiso de Operación para prestar Servicio de Transporte Aéreo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo, por el plazo de cuatro (04) años, hasta el 30 de abril del 2009; Que, con Documento de Registro Nº 2009-005464 del 17 de febrero del 2009, AIR COMET S.A., solicitó la Renovación de su Permiso de Operación, en las mismas condiciones; Que, según los términos del Memorando Nº 211-2009- MTC/12; Memorando Nº 018-2009-MTC/12.PIO, Memorando Nº 755-2009-MTC/12.04 e Informe Nº 035-2009-MTC/12.07. LIC, emitidos por las áreas competentes de la Dirección General de Aeronáutica Civil; se considera pertinente atender lo solicitado al haber cumplido la recurrente con lo establecido en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil, su Reglamento; y, demás disposiciones legales vigentes; Que, la Autoridad Aeronáutica Civil española, ha designado a AIR COMET S.A. para operar el Servicio de Transporte Aéreo Comercial Regular Internacional de pasajeros, carga y correo; Que, según lo establecido en el Artículo 176º del Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, procede otorgar la Renovación del permiso de operación cuando la empresa acredite que mantiene las capacidades necesarias para la realización de sus operaciones y que fueron sustento para el otorgamiento del permiso que solicita renovar; Que, asimismo, en aplicación del Artículo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, “la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modifi car, suspender o revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo”, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, tomándolos por ciertos, verifi cando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a AIR COMET S.A. - de conformidad a lo estipulado en el “Acta Final de la Reunión de Consulta de Autoridades Aeronáuticas del Reino de España y la República del Perú” suscrita con fecha 06 de abril del 2005, aprobada por Resolución Ministerial Nº 309- 2005-MTC/02 - la Renovación de Permiso de Operación por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del 01 de mayo del 2009, día siguiente al vencimiento de la Resolución Directoral Nº 053-2005-MTC/12, modifi cada mediante Resolución Directoral Nº 067-2006-MTC/12 y Resolución Directoral Nº 077-2007-MTC/12, sujeto a las siguientes características: NATURALEZA DEL SERVICIO: - Aviación Comercial: Servicio de Transporte Aéreo Regular de pasajeros, carga y correo. ÁMBITO DEL SERVICIO: - Internacional. RUTA, FRECUENCIAS Y DERECHOS AEROCOMERCIALES: CON DERECHOS DE TRÁFICO DE TERCERA Y CUARTA LIBERTAD DEL AIRE: - MADRID – LIMA y VV., hasta siete (07) frecuencias semanales. MATERIAL AERONÁUTICO: - BOEING 747 - AIRBUS A-310 - AIRBUS A-330 - AIRBUS A-340 Descargado desde www.elperuano.com.pe