Norma Legal Oficial del día 20 de junio del año 2009 (20/06/2009)


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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, sabado 20 de junio de 2009

Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diecinueve dias del mes de junio del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA OYAGUE Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 363499-12

los Grupos Familiares Postulantes, que forman parte integrante de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA OYAGUE Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento REGLAMENTO OPERATIVO DEL PROGRAMA MI LOTE TITULO I GENERALIDADES Articulo 1º.- Objeto El presente Reglamento Operativo tiene por objeto establecer los procedimientos que se deben cumplir para el desarrollo del Programa Mi Lote, desde la identificacion del terreno, elaboracion del expediente tecnico de habilitacion MORDAZA y ejecucion de las obras, hasta la seleccion de beneficiarios y adjudicacion de los lotes. Articulo 2º.- Terminos y Definiciones 2.1. Terminos: a. BANMAT.- Banco de Materiales S.A.C. b. COFOPRI.- Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal. c. Comision.- Comision de Coordinacion para facilitar la construccion de viviendas, a fin de promover el acceso de la poblacion a la propiedad privada, constituida por Decreto Supremo Nº 010-2002-MTC. d. FMV.- Fondo MIVIVIENDA S.A. e. GF.- Grupo Familiar f. GFA.- Grupo Familiar Adjudicatario del Programa Mi Lote. g. GFC.- Grupo Familiar Calificado del Programa Mi Lote. h. PML.- Programa Mi Lote i. Proyecto.- Proyecto de Habilitacion MORDAZA del PML j. RNE.- Reglamento Nacional de Edificaciones k. SBN.- Superintendencia Nacional de Bienes Estatales. l. SINABIP.- Sistema de Informacion Nacional de Bienes Estatales ll. SUNARP.- Superintendencia Nacional de los Registros Publicos. m. VIVIENDA.- Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento. n. VMVU.- Viceministerio de Vivienda y Urbanismo 2.2 Definiciones: Para los efectos del presente Reglamento, se entendera como: a. Centro Autorizado.- Local para la inscripcion de los postulantes, autorizado por el PML, que cuenta con infraestructura adecuada y personal capacitado por el Programa, con el fin de brindar asesoria gratuita a los GF que lo requieran. b. Diagnostico Fisico Legal.- Conjunto de acciones que realiza el PML que permiten identificar las condiciones fisicas y legales del terreno a intervenir. c. Esquema de la Habilitacion Urbana.- Es el prediseno de la habilitacion MORDAZA que elabora el PML, sobre el terreno identificado por la Comision y, es aprobado por el Programa para el posterior desarrollo del proyecto. Contiene de manera general las caracteristicas urbanisticas que debera considerarse para el desarrollo del proyecto, incluyendo el numero de lotes, areas, los aportes y de ser el caso el equipamiento, en los niveles de atencion que se requiere para la poblacion beneficiaria. d. Jefe de Familia.- Es la persona mayor de dieciocho (18) anos que integra un Grupo Familiar y lo representa. e. Registro.- Base de datos organizada a cargo del PML, que contiene la informacion de los Grupos Familiares en sus tres (03) etapas: Postulacion, Calificacion y Adjudicacion.

Aprueban Reglamento Operativo del Programa Mi Lote
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 180-2009-VIVIENDA MORDAZA, 19 de junio de 2009 CONSIDERANDO: Que, el literal a) del articulo 4° de la Ley Nº 27792, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, establece que es funcion de Ministerio disenar, normar y ejecutar la politica nacional y acciones del Sector en materia de vivienda, urbanismo, construccion y saneamiento; Que, mediante Decreto Supremo Nº 010-2002-MTC, se constituye la Comision de Coordinacion con la finalidad de promover el acceso de la poblacion a la propiedad privada destinada a la vivienda, la cual tendra a su cargo las acciones descritas en el articulo 1° del mencionado Decreto Supremo; Que, por Decreto Supremo Nº 003-2009-VIVIENDA, se crea el Programa "Mi Lote", dependiente del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, con la finalidad de desarrollar acciones de habilitaciones urbanas en predios de propiedad del Estado, con el proposito de contribuir a la atencion de los requerimientos habitacionales de la poblacion de los sectores socio economicos menos favorecidos, con la dotacion de predios urbanos saneados fisica y legalmente para fines de vivienda, los mismos que seran adjudicados a titulo oneroso; Que, de acuerdo con la Primera Disposicion Complementaria Final del Decreto Supremo a que se refiere el considerando anterior, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, aprobara mediante Resolucion Ministerial las normas complementarias para la mejor aplicacion del Programa; Que, en atencion a la propuesta del Director Ejecutivo (e) del Programa Mi Lote y de la Direccion Nacional de Vivienda del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo, a que se refieren el Informe Nº 006-2009/VIVIENDA/VMVUPML y el Informe Nº 109-2009/VIVIENDA/VMVU-DNV, resulta conveniente aprobar el Reglamento Operativo del Programa Mi Lote, en el MORDAZA de lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 003-2009-VIVIENDA; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27792, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento y el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA modificado por el Decreto Supremo Nº 045-2006-VIVIENDA; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobacion del Reglamento Operativo del Programa Mi Lote Apruebese el Reglamento Operativo del Programa Mi Lote, el cual consta de dos (02) Titulos y veintisiete (27) articulos, que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Formularios y Anexo Apruebense los Formularios de Postulacion y Adjudicacion, asi como tambien el Anexo I, referido al sistema de puntaje a utilizarse en la calificacion de

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