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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 20 de junio de 2009 397872 de Acciones Rápidas”, aprobado por Resolución de Contraloría General de la República Nº 131-2004-CG, fundamentalmente en cuanto al debido proceso; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 04 de diciembre de 2008, se solicitó a la Contraloría General de la República precisar la naturaleza y alcances de la Directiva Nº 011-2004-CG/GDPC, a fi n de coadyuvar con las acciones de control a que se refi ere y para cautelar la observancia del marco normativo constitucional y legal relativo al debido proceso; Que, mediante Ofi cios Nºs. 845-2008-CG/VC y 1658- 2009-CG/VC de fechas 05 de enero y 15 de mayo de 2009, la Contraloría General de la República, ratifi ca los alcances de su Directiva Nº 011-2004-CG/DPC, en los cuales se reconoce no haber incluido principios de control; Que, por lo expuesto anteriormente, mediante Ofi cio Nº 2291-2009-MP-FN-SEGFIN de fecha 27 de febrero de 2009, se expidió un instructivo dirigido a la Fiscalía Superior Coordinadora de la Fiscalías Provinciales Especializadas en Control Gubernamental, defi niéndose los alcances de toda acción de control para no atentar contra su naturaleza y el derecho establecido, conforme a lo dispuesto por el Artículo 11º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, precisándose que el Ministerio Público como titular de la acción penal es quien conduce la investigación del delito y sus fi scales son independientes en el ejercicio de sus funciones y no forman parte de las etapas que le corresponde al control gubernamental, conforme a lo dispuesto por el Artículo 11º del Decreto Legislativo Nº 052 - Ley Orgánica del Ministerio Público; Que, resulta necesario contar con un instructivo que regule la actuación de las Fiscalías Especializadas en Control Gubernamental, ante hechos que por contener indicios razonables de comisión de delito ameriten una intervención fi scal adecuada y oportuna, teniendo en cuenta el debido proceso; a fi n de consolidar la autonomía conferida constitucionalmente al Ministerio Público; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052 - Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DEROGAR la Directiva Nº 003- 2008-MP-FN “Disposiciones referidas a la función de las Fiscalías Provinciales Especializadas en Control Gubernamental”, y su modifi catoria. Artículo Segundo.- RATIFICAR en todos sus extremos la vigencia del instructivo cursado a la señora Fiscal Coordinadora de la Fiscalías Provinciales Especializadas en Control Gubernamental, mediante Ofi cio Nº 2291- 2009-MP-FN-SEGFIN de fecha 27 de febrero de 2009. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Contraloría General de la República, los Presidentes de la Junta de Fiscales Superiores a nivel nacional, Fiscal Coordinadora de las Fiscalías Especializadas en Control Gubernamental, Gerencia General y Gerencia Central de Tecnologías de la Información, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLADYS MARGOT ECHAIZ RAMOS Fiscal de la Nación 363488-1 Autorizan viaje de fiscal a Italia para participar en la Tercera Reunión de Expertos para la Elaboración de Compendio de Casos de Terrorismo RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 827-2009- MP-FN Lima, 19 de junio de 2009 VISTO Y CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Nº 046-2009-MP-FN-JFS, de 18 de junio de 2009, la Junta de Fiscales Supremos acordó autorizar el viaje de la señora Fiscal de la Nación, para que participe en la “Tercera Reunión de Expertos para la Elaboración del Compendio de Casos de Terrorismo”, la misma que se realizará a partir del 25 de junio de 2009, en la ciudad de Roma, Italia, en mérito a la invitación cursada por la Jefa de la Subdivisión de Prevención del Terrorismo de la División para los Asuntos de los Tratados de la Ofi cina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito. Que por escrito de 29 de mayo de 2009, se hizo extensiva la invitación al doctor Víctor Manuel Cubas Villanueva, Fiscal Superior Titular de la Primera Fiscalía Superior Penal Nacional, Coordinador de la Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales, para que asista a la reunión citada en el párrafo anterior, la misma que tiene como objetivo revisar y discutir el borrador del “Compendio” preparado y compilado por la Subdivisión de Prevención de Terrorismo, sobre la base de los casos y contribuciones recibidos por los expertos, así como el intercambio de ideas discutidas en las reuniones anteriores. Que, por ello, atendiendo a la relevancia del evento antes referido, constituye interés del Ministerio Público del Perú contribuir a la consecución del objetivo de dicha reunión; en ese sentido, resulta conveniente autorizar el viaje del doctor Víctor Manuel Cubas Villanueva, cuyos gastos de hospedaje y alimentación serán asumidos por los organizadores. Que para los casos de ausencia del Fiscal en mención, es necesario disponer la encargatura de su Despacho; así como de la Coordinación de la Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales. Contando con la visación de la Gerencia General, Ofi cina de Asesoría Jurídica, Gerencias Centrales de Finanzas y Logística; y, De conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las Normas Reglamentarias sobre Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, y estando a las atribuciones conferidas por el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del Doctor Víctor Manuel Cubas Villanueva, Fiscal Superior Titular de la Primera Fiscalía Superior Penal Nacional, a fi n que participe en el evento mencionado en la parte considerativa de la presente Resolución, los días del 21 al 30 de junio de 2009, otorgándosele licencia con goce de haber los días que correspondan. Artículo Segundo.- Encargar el Despacho de la Primera Fiscalía Superior Penal Nacional, a la doctora Marjorie Nancy Silva Velasco, Fiscal Adjunta Superior Titular de la referida Fiscalía, mientras dure la ausencia del titular. Artículo Tercero.- Encargar la Coordinación de la Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales, a la doctora Luz del Carmen Ibáñez Carranza, Fiscal Superior Titular de la Segunda Fiscalía Superior Penal Nacional, durante la ausencia del Coordinador. Artículo Cuarto.- Los gastos que se detallan a continuación serán asumidos por el Ministerio Publico: Dra. Gladys Margot Echaiz Ramos: Seguro de viaje Impuesto aéreo Gastos de Instalación y Traslado $ 60.00 $ 31.00 $ 260.00 Dr. Víctor Manuel Cubas Villanueva: Pasajes aéreos Seguro de Viaje Impuesto aéreo Gastos de Instalación y Traslado $ 1365.00 $ 60.00 $ 31.00 $ 260.00 Descargado desde www.elperuano.com.pe