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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 21 de junio de 2009 397922 deberá ser publicitada utilizando los mismos medios de comunicación inicialmente previstos. d. Presentadas las propuestas por los interesados, el Comité contará con un plazo de treinta (30) días naturales para su evaluación. Una vez seleccionada una propuesta, el Comité procederá a someterla a consideración del Consejo Directivo, de ser el caso, éste declara su interés y se procederá con la publicación del mismo. De no aprobarse ninguna propuesta, corresponderá al Comité efectuar la devolución de la documentación presentada, sin que los postores tengan derecho a solicitar reembolso alguno por los gastos efectuados. e. Una vez declarado el interés en la ejecución de un proyecto de iniciativa privada, el Comité deberá publicar dicha Declaratoria de Interés otorgando un plazo de noventa (90) días para que los terceros expresen su interés. f. Si se presentasen otros interesados, se les deberá hacer entrega de lo siguiente: * Bases del Concurso incluido el proyecto de Contrato de Promoción. * Proyecto de iniciativa privada seleccionado. g. El Comité deberá seguir el procedimiento de Concurso de Proyectos Integrales para elegir a la persona jurídica que ejecutará el proyecto. h. De no existir terceros interesados, corresponderá iniciar la negociación entre ESSALUD y el proponente cuyo proyecto de iniciativa privada fue seleccionado y previa adjudicación directa aprobada por Consejo Directivo, se procederá a defi nir los puntos pendientes referidos únicamente a aspectos no sustanciales del mismo o de los parámetros fi jados por ESSALUD en los documentos del proceso, para posteriormente proceder a suscribir el Contrato, en los plazos establecidos en el numeral 19.2 del artículo 19° del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1012. i. De haber terceros interesados en el proyecto, se realizará la presentación de propuestas en acto público en la fecha indicada por el Comité en las Bases. En el plazo de 30 días naturales siguientes, el Comité evaluará las propuestas presentadas, debiendo en la fecha prevista realizar el acto público de otorgamiento de la buena pro. Artículo 20º.- Para la presente sección es de aplicación supletoria las normas contenidas en la sección primera del presente capítulo. CAPÍTULO CUARTO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA ESPECIAL Artículo 21º.- La convocatoria a Licitación Pública Especial deberá ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y en otro diario de amplia circulación del lugar donde se efectúe la convocatoria, por dos (02) días consecutivos, al menos con treinta (30) días de anticipación a la fecha de presentación de propuestas, y en la página web de la entidad, mientras dure el proceso de promoción. Cuando se trate de una Licitación Pública Especial Internacional, la convocatoria podrá publicarse en los diarios de los países en los cuales, a juicio del Comité, existan eventualmente interesados en el proceso de promoción. Artículo 22º.- La convocatoria indicará: a) ESSALUD como organismo promotor. b) La descripción de la obra o del servicio. c) El lugar, la oportunidad y el precio al que pueden ser adquiridas las bases. d) El plazo para la presentación de las propuestas, el cual no podrá ser menor a treinta (30) días naturales, contados a partir de la fecha en que se realizó la segunda publicación de la convocatoria, plazo que podrá ser prorrogado a consideración del Comité. e) El lugar, la fecha y hora del Acto de Recepción de Propuestas; y, f) El lugar y la fecha límite para la presentación y absolución de consultas de los postores. Artículo 23º.- Las bases de la Licitación Pública Especial contendrán los aspectos que a continuación se indican: a) Calendario proceso de promoción. b) Las condiciones contractuales, técnicas y económicas. c) La especifi cación de la obra y los servicios, con los requerimientos técnicos mínimos. para su diseño y ejecución, o ejecución y explotación, según corresponda. d) La ubicación geográfi ca y el área de infl uencia de la obra. e) Los antecedentes que deben acompañar los postores en sus propuestas. f) La fecha límite para la presentación de las propuestas. g) Los plazos para que los postores efectúen consultas o soliciten aclaraciones sobre las bases. h) El sistema de evaluación para determinar la propuesta más conveniente, en base a criterios objetivos. i) La necesidad de presentar un estudio de impacto ambiental que la obra pudiera ocasionar, cuando corresponda de acuerdo a la legislación vigente. j) Proyecto de contrato. k) El régimen de garantías. l) El monto de los gastos incurridos en la elaboración de la iniciativa, de ser el caso. m) El plazo máximo de ejecución de la obra y/o servicio; y, n) Las estipulaciones relativas a los plazos de inicio y término de la obra y el cronograma general de su ejecución y explotación del proyecto. Las bases y su modificatoria mediante circular, de ser el caso, deberán estar publicadas en la página web de la entidad. Artículo 24º.- Las consultas o aclaraciones que sobre las bases formulen los postores deberán ser absueltas en forma escrita por el Comité y puestas a disposición de todos los postores a más tardar quince (15) días calendarios anteriores a la fecha del acto de recepción de las propuestas. La absolución de consultas o aclaraciones será publicada en la página web de la entidad dentro de las 24 horas de emitida. Las respuestas a las consultas formuladas también forman parte de las Bases. Artículo 25º.- Excepcionalmente, el Comité podrá postergar la fecha del Acto de Recepción de Propuestas indicado en la convocatoria. En este caso, el aviso de nueva fecha se realizará por los mismos medios utilizados para la convocatoria. Artículo 26º.- En el lugar, día y hora fi jado en la convocatoria se realizará el Acto de Recepción de Propuestas ante Notario Público quien certifi cará la documentación presentada y dará fe del acto. Artículo 27º.- El Órgano de Control Interno de ESSALUD podrá acreditar a un representante para asistir al Acto de Recepción de Propuestas. Artículo 28º.- Las propuestas se presentarán a la mano, en sobres cerrados y serán leídas públicamente. A la hora indicada en la convocatoria, se abrirá el primer sobre. Sin embargo, en las bases podrá señalarse un plazo de tolerancia, el que no podrá exceder de media hora. A partir de ese momento no se recibirá propuesta alguna. El Comité rechazará en el acto las propuestas con enmendaduras, borraduras o correcciones, así como aquellas que no incluyan todos los requisitos exigidos por las Bases. Artículo 29º.- Terminado el Acto de Recepción de Propuestas se levantará un acta que será fi rmada por todos los miembros del Comité, el Notario Público y el representante del Órgano de Control Interno, de haberlo solicitado; así como los asistentes que deseen hacerlo. Artículo 30º.- En el acta constará: a) El lugar, día y hora de la realización del acto. b) El número y los nombres de las personas que presentaron propuestas. c) Los nombres de las personas que participan del acto.