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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE MARZO DEL AÑO 2009 (14/03/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 34

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 14 de marzo de 2009 392372 de fabricante o representante autorizado y que el equipo no ha sufrido modifi cación de las características técnicas con las cuales fue homologado, cumpliendo lo exigido por el artículo 12º del Decreto Supremo Nº 007-2002-MTC; De conformidad con la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones Nº 27791, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, Decreto Supremo Nº 047- 2001-MTC, Decreto Supremo Nº 007-2002-MTC y Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444; SE RESUELVE: Artículo 1º.- APROBAR la renovación de la vigencia de homologación del equipo: Analizador de Gases, Marca ALFATEST, Modelo DISCOVERY G4 con Código de Homologación G(R)-011-2007-DGASA-MTC, a favor de la empresa IGARDI HERRAMIENTAS S.A. Esta aprobación tendrá una vigencia de dos (02) años, contados a partir de la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 2º.- MANTENGASE, a favor de la empresa IGARDI HERRAMIENTAS S.A., la vigencia del Certifi cado Nº 021, considerando como Código de Homologación el indicado en el artículo 1º de la presente Resolución, el mismo que tendrá una vigencia por un período de dos (02) años contados a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución. Artículo 3º.- PUBLICAR en el Diario Ofi cial El Peruano la presente Resolución Directoral, cuyo costo, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 007-2002-MTC, deberá correr por cuenta de la empresa IGARDI HERRAMIENTAS S.A. Artículo 4º.- El uso de los equipos homologados para el control ofi cial de los límites máximos permisibles, requerirá de la previa autorización de uso, emitida por esta Dirección General, de conformidad con los artículos 15º y siguientes del Decreto Supremo Nº 007-2002-MTC. Artículo 5º.- El titular está obligado a comunicar los cambios o modifi caciones que puedan sufrir los presentes modelos de equipos en su conformación o funcionamiento, así como en la información presentada para esta aprobación, pudiendo ser revocada conforme a Ley. Comuníquese, regístrese y publíquese. PAOLA NACCARATO DE DEL MASTRO Directora General Dirección General de Asuntos Socio Ambientales 318673-1 VIVIENDA Aprueban transferencia financiera a favor de la Municipalidad Provincial de Huánuco para financiar la continuación de proyecto de inversión RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 114-2009-VIVIENDA Lima, 12 de marzo de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 919-2008- VIVIENDA de fecha 13 de diciembre de 2008, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Ingresos y Gastos correspondiente al año fi scal 2009 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a nivel de Unidad Ejecutora, Función, Programa, Subprograma, Actividad, Proyecto, Fuente de Financiamiento, Categoría y Grupo Genérico del Gasto; Que, el literal a) del artículo 4 de la Ley Nº 27792 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que es función del Ministerio ejercer competencias compartidas con los Gobiernos Regionales y Locales en materia de urbanismo, desarrollo urbano y saneamiento conforme a Ley; Que, el literal l) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, modifi cado por Decreto Supremo Nº 045-2006-VIVIENDA, establece que es función general del Ministerio, el generar condiciones para el acceso a los servicios de saneamiento en niveles adecuados de calidad y sostenibilidad en su prestación, en especial de los sectores de menores recursos económicos; Que, conforme al literal h) del numeral 75.4 de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, se aprueban por Resolución Ministerial del titular del Pliego Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, las transferencias fi nancieras para actividades y proyectos de inversión de saneamiento, vivienda y urbanismo, incluyendo las que se realicen a las Empresas Prestadoras de Servicio de Saneamiento Municipales - EPS, SENCICO, SEDAPAL y BANMAT; Que, con fecha 25 de julio de 2007 se suscribió el Convenio Específi co entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y la Municipalidad Provincial de Huánuco del Departamento de Huánuco (en adelante el Convenio Específi co), con el objeto de fi nanciar la ejecución del Proyecto denominado ”CONSTRUCCION DEL SISTEMA DE DRENAJE DE LA CIUDAD DE HUANUCO”, con Código SNIP Nº 13182; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 370-2007- VIVIENDA, de fecha 25 de julio de 2007, se aprobó la transferencia fi nanciera a favor de la Municipalidad Provincial de Huánuco del Departamento de Huánuco hasta por la suma de S/. 3 523 107,00 (Tres Millones Quinientos Veintitrés Mil Ciento Siete y 00/100 Nuevos Soles), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, de los cuales sólo se desembolsó durante el ejercicio presupuestario 2007, la suma de S/. 140 000,00 (Ciento Cuarenta Mil y 00/100 Nuevos Soles) para fi nanciar la ejecución del Proyecto “CONSTRUCCION DEL SISTEMA DE DRENAJE DE LA CIUDAD DE HUANUCO”, con Código SNIP Nº 13182, comprendido en el Convenio Específi co; Que, con fecha 18 de marzo de 2008, se suscribió la Addenda al mencionado Convenio Específi co, por la cual se acordó ampliar el monto de fi nanciamiento del Proyecto denominado “CONSTRUCCION DEL SISTEMA DE DRENAJE DE LA CIUDAD DE HUANUCO”, con Código SNIP Nº 13182, hasta por el monto de S/. 9 264 137,00 (Nueve Millones Doscientos Sesenta y Cuatro Mil Ciento Treinta y Siete y 00/100 Nuevos Soles); Que, mediante Resolución Ministerial Nº 205-2008- VIVIENDA, de fecha 03 de junio de 2008, se aprobó la transferencia fi nanciera a favor de la Municipalidad Provincial de Huánuco, del Departamento de Huánuco, hasta por la suma de S/. 9 264 137,00 (Nueve Millones Doscientos Sesenta y Cuatro Mil Ciento Treinta y Siete y 00/100 Nuevos Soles), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, de los cuales se desembolsó durante el ejercicio presupuestario 2008, la suma de S/. 9 264 137,00 (Nueve Millones Doscientos Sesenta y Cuatro Mil Ciento Treinta y Siete y 00/100 Nuevos Soles); Que, con fecha 25 de julio de 2008, se suscribió la Segunda Addenda al Convenio Específi co, por la cual se acordó ampliar el monto de fi nanciamiento del Proyecto denominado “CONSTRUCCION DEL SISTEMA DE DRENAJE DE LA CIUDAD DE HUANUCO”, con Código SNIP Nº 13182, hasta por el monto de S/. 17 448 713,00 (Diecisiete Millones Cuatrocientos Cuarenta y Ocho Mil Setecientos Trece y 00/100 Nuevos Soles); Que, mediante Resolución Ministerial Nº 453-2008- VIVIENDA, de fecha 06 de agosto de 2008, se aprobó la transferencia fi nanciera a favor de la Municipalidad Provincial de Huánuco del Departamento de Huánuco hasta por la suma de S/. 17 448 713,00 (Diecisiete Millones Cuatrocientos Cuarenta y Ocho Mil Setecientos Trece y 00/100 Nuevos Soles), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, de los cuales se desembolsó durante el ejercicio presupuestario 2008, la suma de S/. 15 448 713,00 (Quince Millones Cuatrocientos Cuarenta y Ocho Mil Setecientos Trece y 00/100 Nuevos Soles); Que, mediante Informe Técnico Nº 026-2009/ VIVIENDA/VMCS/ PAPT-DE, de fecha 06 de febrero de 2009, la Dirección Ejecutiva del Programa Agua Para Todos, informa que de las transferencias fi nancieras aprobadas por la Resolución Ministerial Nº 370-2007- VIVIENDA y las Resoluciones Ministeriales Nos. 205 y 453-2008-VIVIENDA, a favor de la Municipalidad Provincial de Huánuco del Departamento de Huánuco, para el fi nanciamiento de la ejecución del proyecto denominado “CONSTRUCCION DEL SISTEMA DE DRENAJE DE LA CIUDAD DE HUANUCO”, con Código SNIP Nº 13182, se desembolsó dentro de los ejercicios presupuestarios 2007 y 2008 la suma de S/. 140 000,00, (Ciento Cuarenta Mil