Norma Legal Oficial del día 29 de marzo del año 2009 (29/03/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 29 de marzo de 2009

NORMAS LEGALES

393441

de la propiedad de dichos terrenos a fin de promover la inversion y reactivacion del MORDAZA Industrial de MORDAZA como MORDAZA de desarrollo regional. Que, para tal efecto y de conformidad a lo establecido en la normatividad vigente, se hace necesario aprobar la modificatoria propuesta a fin darle celeridad y eficacia a los procedimientos para la venta de los terrenos del MORDAZA Industrial destinados a uso industrial. Estando a lo acordado por el Directorio de Gerentes Regionales y, en ejercicio de las atribuciones que confiere la Ley N° 27867 -Ley de Gobiernos Regionales. DECRETA: Articulo 1° Modificar el Reglamento para la Venta de Lotes de Terreno del MORDAZA Industrial de MORDAZA, destinados a uso industrial, aprobado por Decreto Regional N° 007-2008-GRLL-PRE cuya version final del texto, modificado forma parte del presente decreto regional. Articulo 2° Autorizar al Proyecto Especial MORDAZA Industrial, organo desconcentrado del Gobierno Regional de La MORDAZA, para que promueva la venta de los terrenos y tramite los procedimientos de conformidad con el MORDAZA texto del reglamento. Articulo 3°. El presente decreto regional sera publicado en el Diario Oficial El Peruano y difundido a traves del MORDAZA electronico del Gobierno Regional La Libertad. Dado en MORDAZA, en la sede central del Gobierno Regional La MORDAZA a los dieciseis dias del mes de febrero del ano dos mil nueve. MORDAZA H. MURGIA ZANNIER Presidente Regional REGLAMENTO PARA LA VENTA DE LOTES DE TERRENO DEL MORDAZA INDUSTRIAL DE MORDAZA DESTINADOS A USO INDUSTRIAL Articulo 1º. OBJETO El presente reglamento tiene por objeto regular el procedimiento para la venta de lotes de terreno destinados a uso industrial del MORDAZA Industrial de MORDAZA, propiedad del Gobierno Regional de la Libertad. Articulo 2º. FINALIDAD El presente reglamento tiene por finalidad agilizar la formacion de transferencia de la propiedad de lotes de terreno del MORDAZA Industrial de MORDAZA, destinados a uso industrial, como mecanismo de promocion de la inversion privada y reactivacion del MORDAZA Industrial en la Region La MORDAZA como MORDAZA de desarrollo regional. Articulo 3º. BASE LEGAL · Constitucion Politica del Peru. · Ley Nº 27680 ­ Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion. · Ley Nº 27783 ­ Ley de Bases de Descentralizacion. · Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales. · Ley Nº 29151 ­ Ley General del Sistema Nacional de Bienes. · D. S. Nº 007-2008-VIVIENDA "Reglamento de la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes. · Resolucion Ministerial Nº 010-2007-VIVIENDA, articulo 1º, senala que la Direccion Nacional de Construccion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, sera el organo responsable de llevar a cabo las tasaciones de inmuebles que le soliciten las entidades y empresas publicas. · D. S. Nº 025-2006-VIVIENDA, que dispone la fusion de CONATA el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento. · Ordenanza Regional Nº 023-2008-GRLL/CR, que aprueba el Reglamento de organizacion y Funciones del Gobierno Regional La Libertad. Articulo 4º. ALCANCE Las disposiciones del presente reglamento son de alcance regional y, de acuerdo a su objeto, son de observancia y cumplimiento obligatorio por la Administracion del P. E. MORDAZA Industrial de MORDAZA,

por los Organos de Gobierno y de Administracion del Gobierno Regional de La MORDAZA y por los administrados que tengan interes en la compraventa de terrenos del MORDAZA Industrial de Trujillo. Articulo 5º. DISPOSICIONES RESPECTO A LA VENTA GENERALES

5.1. La potestad de impulsar el tramite de lotes de terreno del MORDAZA Industrial de MORDAZA corresponde al Gobierno Regional La MORDAZA en su condicion de propietario y sera ejecutada por la Administracion del P. E. MORDAZA Industrial de MORDAZA, organo desconcentrado del Gobierno Regional, quien para ese fin, actuara como Oficina de Adjudicaciones. 5.2. La venta de los lotes de terreno tendra lugar mediante los procedimientos de subasta publica y de ventas directa, segun el caso, de conformidad con las normas de la Ley Nº 29151, su Reglamento aprobado por D. S. 007-2008-VIVIENDA y demas disposiciones legales pertinentes. 5.3. La venta de lotes sera aprobada, sin excepciones, por el Consejo Regional, con arreglo a la normatividad legal vigente. 5.4. El Gobierno Regional La MORDAZA a traves de la Presidencia Regional se encuentra facultado para reservar la disposicion de uno o mas lotes de terreno para uso o finalidad especifica, de conformidad con la Ley Nº 29151 ­ Ley General del Sistema Nacional de Bienes y su Reglamento aprobado por D. S. Nº 007-2008-VIVIENDA. 5.5. La venta de los referidos lotes de terreno se realizara a precio comercial, cuya valuacion o tasacion comercial sera efectuada por el organismo publico oficial y/o por un perito tasador autorizado oficialmente como tal. 5.6. Sera objeto de venta los lotes de terreno destinados a uso industrial, debidamente saneados e inscritos en los Registros Publicos. 5.7. No obstante lo dispuesto en el numeral que antecede, la existencia previa de procesos judiciales, cargas o gravamenes, sobre los inmuebles materia de transferencia, no limita la posibilidad de disposicion del bien, siempre que tales circunstancias MORDAZA puestas en conocimientos del comprador y se consignen en el acuerdo autoritativo, en la minuta y escritura publica de compraventa. Esta normativa comprende expresamente los denominados bienes sujetos a litigio a los que se refiere el Articulo 1409º del Codigo Civil. 5.8. En todos los casos de venta se remitira informe a la SBN con un testimonio de la escritura publica con su respectiva inscripcion registral, para bienes que a traves de la Jefatura del Sistema de Informacion Nacional de Bienes de Propiedad Estatal SINABIP proceda a cancelar el asiento correspondiente. 5.9. No seran objeto de venta, en ningun caso, los terrenos que se encuentren en zonas de alto riesgo debidamente establecidas por el Sistema Nacional de Defensa Civil. 5.10 Estan prohibidos de adquirir los lotes de terreno a que se refiere el presente reglamento, las autoridades y trabajadores del Gobierno Regional de La MORDAZA, sea en forma directa, indirecta o por interposita persona, asi como sus parientes hasta el MORDAZA grado de consanguinidad, MORDAZA de afinidad o por matrimonio, bajo sancion de nulidad y demas penalidades que la ley establece. Articulo 6º. PROCEDIMIENTO PARA LA VENTA POR SUBASTA PUBLICA 6.1 Disposiciones Especificas: 6.1.1 La venta por subasta publica estara a cargo de la Direccion Ejecutiva del P. E. MORDAZA Industrial de MORDAZA, quien promovera e iniciara los actos ejecutivos para el MORDAZA de venta, de acuerdo a las normas del presente reglamento y la respectiva normatividad legal vigente. 6.1.2 Seran objeto de venta, mediante subasta publica, los lotes de terreno que se encuentren de libre disponibilidad, sin ocupacion alguna, debidamente saneados e independizados. 6.1.3 La venta por subasta publica de lotes de terreno sera autorizada mediante Acuerdo del Consejo Regional. 6.1.4 Los gastos que irrogue el procedimiento de venta por subasta publica seran de cargo del Gobierno Regional de la Libertad.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.