Norma Legal Oficial del día 29 de marzo del año 2009 (29/03/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 29 de marzo de 2009

edificaciones que son aprobados por el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica. s) Tasacion Comercial.- Cuando los valores usados en la valuacion corresponden a la dinamica del libre mercado. t) Viabilidad del Proyecto de Inversion.Caracteristica del Proyecto de Inversion (Perfil) que se determina al momento de la evaluacion del mismo. Incide en la proyeccion y la comprobacion de una rentabilidad a generarse que exceda a la inversion a efectuarse, en por lo menos treinta por ciento. u) MORDAZA de Influencia.- Radio MORDAZA donde se ejecutaran los proyectos y programas de extension social, la cual es justificada en el proyecto de inversion de un postulante a un lote destinado a Otros Usos. Articulo 3º.- De los Usos Genericos de los Lotes Que, de acuerdo al plano trazado y lotizacion inscrito en el Registro de Predios se dispondra de los usos genericos de los lotes destinados a comercio, industria, equipamiento MORDAZA vendible, servicios comunales, otros usos, aportes reglamentarios y demas usos contenidos en el plano de trazado y lotizacion registrado. Pudiendo llevar a cabo las modificaciones que MORDAZA convenientes. Articulo 4º.- Modalidades de Transferencia de Lotes Las transferencias reguladas por el Reglamento podran efectuarse a titulo oneroso o a titulo gratuito. La venta a titulo oneroso, se realizara bajo la modalidad de adjudicacion por subasta publica y, excepcionalmente, en venta directa; para el MORDAZA caso, y las que corresponde a los aportes reglamentarios, las adjudicaciones se realizaran conforme a lo establecido en el Capitulo II del Titulo III y el Titulo IV del Reglamento. Articulo 5º.- De la Tasacion Los predios MORDAZA de su transferencia en propiedad deberan ser tasados, aplicando el criterio de valorizacion comercial en el caso adjudicacion de lotes destinados para comercio e industria; siendo que para la adjudicacion de lotes destinados a equipamiento MORDAZA vendible y otros usos, se aplicaran la valorizacion reglamentaria. Las tasaciones seran efectuadas por la Direccion Nacional de Construccion, y los gastos que se originen como consecuencia de MORDAZA seran asumidos por el participante declarado como apto para la adjudicacion. Articulo 6º.- Naturaleza de los Procedimientos Las disposiciones contenidas en este Reglamento se rigen por las reglas dispuestas para el procedimiento administrativo de evaluacion previa sujeto a silencio administrativo negativo. Asimismo, para todo lo que estuviera establecido en el Reglamento se aplicara supletoriamente las normas contenidas en la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. TITULO II DEL COMITE DE EVALUACION Articulo 7º.- Del Comite de Evaluacion El Comite de Evaluacion es el organo colegiado encargado de evaluar el fondo, y tambien la forma, de las solicitudes presentadas en los procedimientos de adjudicacion a titulo oneroso o gratuito de acuerdo a lo establecido en los Capitulos correspondientes del Reglamento, de sus acompanados, como del perfil del proyecto de inversion, verificando el estricto cumplimiento de los requisitos y disposiciones establecidas en el presente reglamento. Las decisiones que adopte este colegiado seran de caracter inapelable. Su competencia se extendera a los procedimientos contenidos en el Titulo III del Reglamento. Siendo que para el caso de la transferencia de predios a los que se refiere los articulos 33º y 34º del Reglamento, la competencia y el tramite de adjudicacion se regiran por las disposiciones del titulo correspondiente. Articulo 8º.- Conformacion del Comite de Evaluacion El Gerente General Regional nombrara a los integrantes del Comite de Evaluacion, de acuerdo a la siguiente conformacion: un integrante de la Gerencia de Asesoria Juridica, un integrante de la Gerencia de

Administracion y, por el Jefe del Proyecto Piloto MORDAZA Pachacutec, quien lo presidira. El Comite de Evaluacion podra invitar a representantes de otros Sectores Publicos, o profesionales del mismo Gobierno Regional, a fin de que presten asesoramiento en materias de su competencia, en caso que los proyectos de inversion versen sobre aspectos complejos y que esten relacionados con los lotes objeto de adjudicacion. La labor que desarrollen estos invitados sera ad honorem. Articulo 9º.- Atribuciones del Comite de Evaluacion El Comite de Evaluacion tendra a su cargo el planeamiento, administracion, gestion, coordinacion, desarrollo, ejecucion y control del procedimiento integral de adjudicacion de los lotes regulados en el presente Reglamento, teniendo ademas las atribuciones siguientes: a) Recopilar y administrar toda la informacion administrativa, documental y tecnica, relacionada con los lotes que seran materia de adjudicacion. b) Aprobar la adjudicacion, ordenando la confeccion de los documentos publicos de transferencia y recomendando su posterior inscripcion. c) Efectuar, de ser el caso, inspecciones tecnicas de los lotes objeto de adjudicacion en base al Reglamento para verificar el destino y uso final de los mismos. d) El Comite de Evaluacion podra requerir la Informacion que estime necesaria a las areas correspondientes del Gobierno Regional del Callao, para el mejor desempeno de sus funciones. e) Calificar las solicitudes de adjudicacion, en merito de lo cual podra, observarlas, rechazarlas o declarando su abandono, de ser el caso. f) Pronunciarse por la viabilidad del proyecto de inversion propuesto por los postulantes de los predios correspondientes. Verificando en los mismos una rentabilidad superior al 30% por ciento de lo invertido, en un plazo de cinco anos, medidos desde la implementacion del proyecto. Articulo 10º.- Quorum y Acuerdos Para registrar los actos del Comite de Evaluacion se contara con un libro de actas, legalizado notarialmente, el mismo que podra ser llevado en hojas sueltas. Uno de los miembros del Comite actuara en cada sesion como secretario de dicho colegiado, de lo contrario, podran pedir apoyo, para tal fin, de un abogado propuesto por la Jefatura. El quorum para la instalacion y funcionamiento del Comite de Evaluacion se producira con la asistencia del integro de sus miembros o de dos de los mismos. En el supuesto de estar completo el Colegiado los acuerdos seran tomados por unanimidad o por mayoria simple; mientras que en el caso de no estar completo el Comite, los acuerdos se adoptaran unicamente por unanimidad. La fundamentacion del MORDAZA o votos discordantes se MORDAZA constar en acta. El Comite de Evaluacion es MORDAZA en sus decisiones, las cuales no requieren ratificacion alguna y son inimpugnables. TITULO III DE LOS ACTOS DE DISPOSICION DE LOTES Articulo 11º.- De la Transferencia a Titulo Oneroso Las adjudicaciones a titulo oneroso se realizaran mediante Subasta Publica, sujetandose su tramitacion a lo establecido en el Titulo III Sub Capitulo II del Capitulo I del presente Reglamento. Excepcionalmente, la transferencia podra efectuarse bajo la modalidad de adjudicacion directa, de acuerdo a lo establecido en el Art. 77º del D.S. Nº 007-2008-VIVIENDA. Los lotes destinados a comercio o industria del Proyecto Piloto MORDAZA Pachacutec, podran ser transferidos a titulo oneroso a favor de personas naturales o juridicas. Los predios destinados a equipamiento MORDAZA vendible podran ser transferidos a titulo oneroso unicamente a favor de personas juridicas. Articulo 12º.- De la Transferencia a Titulo Gratuito Los lotes destinados a otros usos del Proyecto Piloto MORDAZA Pachacutec, seran transferidos de conformidad

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