Norma Legal Oficial del día 29 de marzo del año 2009 (29/03/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 29 de marzo de 2009

NORMAS LEGALES

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MORDAZA de cinco (5) dias habiles para su cumplimiento, prorrogables por igual termino. 3.- El solicitante que no MORDAZA cumplido con presentar al Comite de Evaluacion el/los documento(s) requerido(s) y/o lo habria hecho defectuosamente se procedera a rechazar el pedido efectuado; sin perjuicio, de caer la misma en abandono. 6.- Si la solicitud es calificada positivamente, como asi tambien se comprueba la viabilidad del proyecto propuesto, el Comite de Evaluacion declarara apto al solicitante para la adjudicacion del predio devolviendo el expediente a la Jefatura del Proyecto Piloto MORDAZA Pachacutec, a afectos que solicite a la Direccion Nacional de Construccion la tasacion correspondiente. Peticion que se efectuara de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 5º del presente Reglamento. 7.- Una vez admitida la solicitud de venta directa con el precio a valor comercial, el Comite procedera a publicar en el Diario Oficial el Peruano y en otro de mayor circulacion de la Region, asi como en la pagina web de la Entidad, a fin que cualquier interesado, dentro del plazo de 10 dias de publicado, pueda intervenir mejorando el valor de venta y adjudicando una carta fianza de fiel cumplimiento de oferta por el 10% (diez por ciento) del valor de la misma. 8.- Evaluada la oferta, esta se comunicara a la persona natural o juridica que inicio el tramite de venta, a efectos que pueda igualar o mejorar la propuesta, lo que de ocurrir concluiria la compraventa. En caso de que el primer solicitante no iguale o mejore la propuesta, la venta se efectuara a favor del que mejoro la oferta. 9.- Se dispondra la elaboracion de la minuta correspondiente, entregandosela al adjudicatario para su elevacion a Escritura Publica. 10.- El adjudicatario proporcionara al Gobierno Regional del Callao una MORDAZA simple de la Escritura Publica de adjudicacion en venta directa con la MORDAZA de inscripcion en los Registros Publicos. 11.- Recibida la MORDAZA de la Escritura Publica, se procedera a comunicar a la Oficina de Gestion Patrimonial para el descargo del predio adjudicado del margesi de propiedades del Gobierno Regional del Callao. Articulo 27º.- Del Costo de la Adjudicacion Los costos de tasacion, notariales, y los de la inscripcion de los instrumento publicos de traslacion de dominio en el Registro de Predios; asi como cuanto se produzca durante la transaccion, o los que en el futuro se creen, seran asumidos por los adjudicatarios de los lotes. CAPITULO II DE LOS ACTOS DE DISPOSICION A TITULO GRATUITO Articulo 28º.- De la Adjudicacion a Titulo Gratuito de Lotes Destinados a Otros Usos Los lotes destinados a otros usos podran ser adjudicados a titulo gratuito a favor de las personas juridicas senaladas en el articulo 8º de la Ley Nº 29151. Para tal efecto, los interesados deberan presentar una solicitud dirigida a la Jefatura del Proyecto Piloto MORDAZA Pachacutec, sustentando su pedido, como tambien la finalidad a la cual se va a destinar el lote respectivo. Asimismo, debera estar acompanada de los requisitos establecidos en el articulo 15º del presente Reglamento, adecuando los documentos que presenten, si fuera el caso, al cumplimiento de los fines de los requisitos. Articulo 29º.- De los Criterios de Evaluacion El Comite de Evaluacion tendra en cuenta como criterios para declarar apto para la adjudicacion de un lote destinado a otros usos: la cantidad de beneficiarios, la necesidad de implementar el proyecto en la MORDAZA de influencia, y la capacidad que demuestra la persona juridica para cumplir con los fines de su proyecto, entre otros aspectos. Articulo 30º.- Del Instrumento Publico para su Inscripcion En caso de que el Comite, luego de la calificacion de los documentos presentados por la entidad interesada para el cumplimiento de los requisitos correspondientes para la adjudicacion de un predio destinado a otros usos, se pronuncie por la procedencia de la solicitud dispondra la elaboracion de la minuta correspondiente, la que se

entregara al adjudicatario para su elevacion a escritura publica. TITULO IV DE LOS ACTOS DE ADMINISTRACION Y GESTION Articulo 31º.- De la Transferencia de Aportes Reglamentarios Los lotes destinados a educacion (centros educativos), salud (centros de rehabilitacion, postas medicas, centros de salud, etc.), y recreacion publica (parques, losas deportivas, plazas, jardines y areas de esparcimiento publico), que forman parte de los aportes reglamentarios, seran transferidos en propiedad por el Gobierno Regional del Callao a las entidades a las que correspondan. Para el efecto, la Jefatura suscribira los documentos publicos idoneos de traslacion de dominio. Asimismo, los aportes destinados a Parques Zonales en el Proyecto Piloto MORDAZA Pachacutec, seran transferidos a favor de la Municipalidad Provincial del Callao, siguiendo los mismos lineamientos del parrafo anterior, segun corresponda. Articulo 32º.- Del Comodato de Lotes Destinados a Servicios Comunales a las Organizaciones Sociales de Base y Otros. Los lotes destinados a servicios comunales seran otorgados en comodato a favor de Guarderias Infantiles, Local Cultural, Centro Cultural, Biblioteca, Salon Comunal, Local Comunal, PRONOEI, u otros de uso o denominacion similar; asimismo, Comedores Populares Autogestionarios, Clubes de Madres, Cocinas Familiares, Centros familiares, Centros Materno-Infantiles, Comites de Vaso de Leche y todas aquellas organizaciones que tengan por finalidad desarrollar actividades de apoyo alimentario, educativo o recreacional a favor la poblacion. Las mismas que se encuentren comprendidas bajo la denominacion de Organizaciones Sociales de Bases de cada Sector que conforman el Proyecto Piloto MORDAZA Pachacutec. El comodato tendra un plazo de duracion de tres anos, susceptible de renovacion por un periodo similar. Para tal efecto cada organizacion debera cumplir con presentar los siguientes documentos: a) MORDAZA legalizada de la documentacion relativa a su personeria legal b) MORDAZA literal que contemple las facultades expresas del apoderado para suscribir este MORDAZA de contrato. c) La descripcion y sustentacion del proyecto a implementar en dicho lote. Articulo 33º.- De las Servidumbres En caso de necesidad comprobada, o de ser requerido por las empresas prestadoras de servicios de saneamiento, de areas destinadas a vias o circulacion, la Jefatura establecera servidumbres en beneficio de tales personas juridicas por hasta el plazo MORDAZA que senal el Codigo Civil para tal fin. Para tal efecto, el Jefe del Proyecto Piloto MORDAZA Pachacutec, suscribira los documentos publicos idoneos que MORDAZA pertinentes, siendo oponible a terceros desde su inscripcion en el Registro de Predios. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- De la Facultad del Comite para Valorar Documentos El Comite de Evaluacion podra valorar en los procedimientos de adjudicacion a titulo oneroso, los instrumentos otorgados por el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, o por otras dependencias del Gobierno Regional del Callao, a favor de los administrados del Proyecto Piloto MORDAZA Pachacutec mediante los cuales se reconoce un derecho o se les otorga una calidad. En tal sentido, en merito a ellos se podra decidir la modalidad en la que se tramitara el pedido de adjudicacion. Segunda.- De los Primeros Integrantes del Comite de Evaluacion A la entrada en vigencia del presente Reglamento, tendra competencia en los procedimientos de adjudicacion a los que hace referencia el articulo 1º,

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