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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 29 de marzo de 2009 393435 Que, en relación a la adquisición de bienes en general, asociada al proceso de gestión de contrataciones y adquisiciones, se determinó que los “largos procesos de adquisición” estarían obstaculizando la fl uidez de la atención asistencial, por lo que habría conllevado la adopción de estrategias de aceleración de las adquisiciones mediante la fragmentación de los requerimientos, poniéndose de manifi esto una alta discrecionalidad para las adquisiciones e imposibilidad de saber si existe un interés corrupto en la compra. Que, en relación a los últimos dos problemas priorizados relativos al proceso de gestión de la atención de los pacientes, se resaltó que: i) el problema de cobros indebidos tendría como particular afectado a la población benefi ciaria del SIS debido a los escasos y mínimos niveles de control en los servicios de atención de los asegurados, así como por la desinformación que éstos tienen acerca de qué servicios son gratuitos, lo que permitiría que en algunos casos, el personal de los establecimientos de salud se benefi cie económicamente a expensas de los asegurados por cobros adicionales injustifi cados; y, ii) el problema de administración de medicamentos se debería principalmente a la falta sistemática de mecanismos institucionales de control para impedir la sustracción por personas que frecuentan los ambientes de hospedaje y atención de los pacientes en los establecimientos de salud, por lo que no se cuenta con pruebas para sancionar a los responsables. Que, en atención a esta problemática y en función a las medidas y acciones desarrolladas por el Consejo Regional de Salud en el Plan Regional Anticorrupción de la Gestión en Salud, se ha propuesto la aprobación de una norma regional que establezca las disposiciones a seguir para el combate a la corrupción en el sector salud. De conformidad con la Constitución Política del Perú de 1993, y en uso de las facultades y atribuciones conferidas por el Artículo 37° y Artículo 38° de la Ley Orgánica de Gobierno Regionales, Ley N° 27867, modifi cadas mediante Ley N° 27902 y Ley N° 28968. Ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional: Capítulo I. Disposiciones Generales Artículo 1.- Objeto La presente Ordenanza Regional tiene por objeto aprobar el Plan Regional Anticorrupción de la Gestión en el Sector Salud para eliminar progresivamente las prácticas proclives a la corrupción en la gestión en salud conforme a las prioridades regionales. Según el anexo 2 que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo 2.- Ámbito de aplicación Es de aplicación en todas las entidades y órganos del sector de salud que pertenece al Gobierno Regional La Libertad. Artículo 3.- Finalidad La fi nalidad es plantear acciones para mejorar las condiciones de los procesos de gestión y atención, asociados a los problemas priorizados en el sector salud, a efecto de evitar actos de corrupción. Artículo 4.- Defi nición Para efectos de la presente Ordenanza Regional se entiende por corrupción el uso indebido del poder público y/o sus recursos en benefi cio de intereses particulares. Artículo 5.- Alcances Las acciones de la presente Ordenanza Regional se plantean para evitar que se cometan actos de corrupción, están dirigidas a lograr mejoras signifi cativas en tres importantes ámbitos de la gestión pública: • La transparencia y rendición de cuentas • El control y sanción • La participación y vigilancia ciudadana Capítulo II. De los Objetivos Regionales Anticorrupción de la Gestión en Salud Artículo 6.- De los objetivos Son objetivos del Gobierno Regional La Libertad para la lucha anticorrupción de la Gestión en salud, los siguientes: 1. La gestión pública de los recursos humanos en salud garantiza la transparencia e igualdad de oportunidades en los procesos de selección y contratación de personal, así como el estricto cumplimiento de los horarios de trabajo del personal de la Gerencia de Salud La Libertad y de todos sus establecimientos. 2. Los procesos de adquisiciones y contrataciones son transparentes y cuentan con el control y vigilancia de los ciudadanos. 3. La gestión de la atención de los pacientes en todos los establecimientos de salud del Gobierno Regional garantiza la protección contra cobros indebidos y la sustracción o pérdida de sus medicamentos e insumos médicos. Artículo 7.- De las prioridades regionales y los procesos de gestión implicados Los objetivos anteriormente señalados en el Artículo 6º están asociados al diagnóstico y priorización de cinco problemas específi cos de corrupción en el sector salud, los mismos que guardan relación directa con tres procesos fundamentales de la gestión pública regional en salud, sobre los que se establecen disposiciones para su solución en la presente ordenanza. PROBLEMAS PROCESOS 1. Selección y contratación inadecuada de personal Gestión institucional de recursos humanos 2. Uso indebido e incumplimiento de horarios 3. Adquisición y administración de bienes y servicios en general Gestión de contrataciones y adquisiciones 4. Cobros indebidos en establecimientos de salud. Gestión de la atención de los pacientes 5. Sustracción y pérdidas de medicamentos e insumos médicos en la hospitalización Capítulo III. De las metas y disposiciones para combatir la corrupción en salud Artículo 8.- Metas Regionales Anticorrupción de la Gestión en Salud. Se establece que, en el período 2009-2010, las metas regionales son las siguientes: En el proceso gestión institucional de recursos humanos: a) 100% de procesos de selección y contratación de personal, que realizan todas las unidades ejecutoras de salud, incluida la contratación bajo la modalidad de contrato administrativo de servicio, son difundidos en la Página Web del Gobierno Regional y/o de la Gerencia de Salud, por lo menos con 15 días de anticipación. b) 100% de concursos de selección aplican criterios de evaluación para los puestos según necesidad de servicios por términos de referencia o perfi l ocupacional, incluida la modalidad de contrato administrativo de servicios. c) 0% de establecimientos de salud se encuentran con personal asistencial injustifi cadamente incompleto por incumplimiento de su programación de la atención. d) 100% de establecimientos de salud publican en un lugar visible de la localidad y del establecimiento la programación mensual del horario de atención del personal de salud para la consulta externa a los usuarios de los servicios. En el proceso contratación y adquisiciones: e) No más del 10% del presupuesto en adquisiciones y contrataciones se ejecuta a través de procesos de menor cuantía. En el proceso atención de los pacientes: f) 0% de hogares reportan pagos por la consulta médica al niño afi liado al SIS. g) No más del 5% de quejas que son reportadas por los benefi ciarios afi liados al SIS, corresponden a denuncias