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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE MAYO DEL AÑO 2009 (06/05/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 26

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 6 de mayo de 2009 395488 DE LA MADRE, MÁS PREMIOS A TU PUNTUALIDAD TRIBUTARIA”, para los contribuyentes del distrito de Comas, a realizarse el día sábado 30 de mayo de 2009 a partir de las 15:00 horas, en la explanada del Centro Cívico Municipal, ubicado en la Urb. Santa Luzmila del distrito de Comas. Artículo Segundo.- AUTORIZAR para el sorteo descrito en el primer artículo el otorgamiento de los siguientes premios: 1er al 10avo premio: 01 canasta de víveres (1 por cada premiado) 11avo al 18avo premio: 01 olla arrocera (1 por cada premiado) 19avo al 26avo premio: 01 licuadora (1 por cada premiado) 27avo al 41avo premio: 01 plancha eléctrica (1 por cada premiado) 42avo al 56avo premio: 01 tostadora (1 por cada premiado) Artículo Tercero.- PRECISAR que los premios a que se contrae el segundo artículo, excepto las canastas de víveres, son aquellos que no fueron recogidos por el sorteo del 30 de diciembre de 2008 y que ahora forman parte del patrimonio de esta entidad. Asimismo, para los contribuyentes asistentes al sorteo público, se entregarán 5 canastas de víveres y 20 premios sorpresas (los premios sorpresas, son los saldos que quedaron de una compra mayor que efectuó la Municipalidad de Comas el año 2008). Artículo Cuarto.- Determinar que son contribuyentes hábiles para participar en el sorteo público, descrito precedentemente, todos los contribuyentes activos del Impuesto Predial y Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines del distrito de Comas, conforme al siguiente detalle: a) Los contribuyentes que al 30 de abril de 2009, estén al día en el pago de sus tributos: Impuesto Predial y Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines tienen derecho a 02 cupones. b) Los contribuyentes que entre el 01 al 30 de mayo de 2009 estén al día en el pago de sus tributos: Impuesto Predial y Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines tienen derecho a 01 cupón. (Las personas que cancelen sus deudas el 30.05.2009 solo ingresarán al sorteo quienes lo efectúen hasta las 12 horas). Artículo Quinto.- Excepcionalmente, para el sorteo descrito en el primer artículo, también se harán acreedores de cupones los contribuyentes que optaron por fraccionar sus deudas en los casos siguientes: a) Los contribuyentes del 01 al 30 de abril de 2009, cancelen por adelantado la totalidad de sus cuotas fraccionadas de Impuesto Predial y/o Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines tienen derecho a 2 cupones. b) Los contribuyentes que al 30 de mayo de 2009, estén al día en el pago de sus cuotas fraccionadas de impuesto predial y/o arbitrios de limpieza pública, parques y jardines tienen derecho a 1 cupón. Artículo Sexto.- AUTORIZAR la realización de un sorteo público denominado “EN ESTAS FIESTAS PATRIAS PAGANDO PUNTUALMENTE TUS TRIBUTOS, ENFRENTA LA CRISIS Y PON TU NEGOCIO PROPIO” para los contribuyentes del distrito de Comas, a realizarse el día viernes 31 de julio de 2009, a partir de las 15:00 horas, en la explanada del Centro Cívico Municipal, ubicado en la Urb. Santa Luzmila del distrito de Comas. Artículo Sétimo.- AUTORIZAR para el sorteo descrito en el sexto artículo el otorgamiento de los siguientes premios: 1er premio mayor: 01 cocina industrial y 01 congelador, para restaurante. 2do premio: 01 horno para panadería, 3er premio: 01 horno para pollería 4to premio: 01 máquina industrial para confecciones Artículo Octavo.- Determinar que son contribuyentes hábiles para participar en el sorteo público, descrito en el Sexto Artículo, todos los contribuyentes activos del Impuesto Predial y Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines del distrito de Comas, conforme al siguiente detalle: a) Los contribuyentes que al 31 de marzo de 2009, están al día en el pago de sus tributos: Impuesto Predial y Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines tienen derecho a 10 cupones. b) Los contribuyentes que entre el 01 de abril de 2009 al 30 de junio de 2009 estén al día en el pago de sus tributos: Impuesto Predial y Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines tienen derecho a 04 cupones. c) Los contribuyentes que entre del 01 al 31 de julio de 2009 estén al día en el pago de sus tributos: Impuesto Predial y Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines tienen derecho a 02 cupones (las personas que cancelen sus deudas el 31.07.2009 solo ingresarán al sorteo quienes lo efectúen hasta las 12 horas). Artículo Noveno.- Excepcionalmente, para el sorteo descrito en el sexto artículo, también se harán acreedores de cupones los contribuyentes que optaron por fraccionar sus deudas en los casos siguientes: a) Los contribuyentes que al 30 de junio de 2009, cancelen por adelantado la totalidad de sus cuotas fraccionadas de Impuesto Predial y/o Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines tienen derecho a 2 cupones. b) Los contribuyentes que al 31 de julio de 2009, estén al día en el pago de sus cuotas fraccionadas de Impuesto Predial y/o Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines tienen derecho a 1 cupón (Las personas que cancelen sus deudas el 31.07.2009 solo ingresarán al sorteo quienes lo efectúen hasta las 12 horas). Artículo Décimo.- AUTORIZAR al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, apruebe las Bases de los sorteos descritos en el primer y sexto artículo del presente. Artículo Décimo Primero.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria, la organización de los sorteos precedentemente descritos, a la Subgerencia de Informática y Estadística la realización de los procesos informáticos e identifi cación de los contribuyentes y a la Unidad de Comunicación Municipal la difusión de los sorteos públicos acotados. Artículo Décimo Segundo.- AUTORIZAR a la Gerencia de Administración y Finanzas, efectuar gastos fi nancieros, por ambos sorteos, hasta por un monto de S/. 50,000.00 nuevos soles, para adquisición de los premios, campaña de difusión, gastos notariales, ministeriales, alquiler de ánforas, regalos sorpresas a los asistentes, movilidad, refrigerios y otros del caso. Artículo Décimo Tercero.- AUTORIZAR a la Gerencia de Administración y Finanzas y a la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto ejecución de las acciones administrativas y presupuestarias que correspondan, para cumplir con lo dispuesto en esta Ordenanza. Artículo Décimo Cuarto.- DISPENSAR de la lectura y aprobación del Acta para su inmediata publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MIGUEL ÁNGEL SALDAÑA REÁTEGUI Alcalde 343734-1 MUNICIPALIDAD DE LURIN Autorizan la celebración del Primer Matrimonio Civil Comunitario 2009 ORDENANZA MUNICIPAL N° 193/ML Lurín, 16 de abril del 2009 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURÍN