Norma Legal Oficial del día 07 de mayo del año 2009 (07/05/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano MORDAZA, jueves 7 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

395559

· Que las unicas excepciones al acceso a la informacion que posee la PNP son las previstas en los articulos 15º, 16º y 17º del Texto Unico ordenado (TUO) de la Ley Nº 27806, es decir, la informacion clasificada como secreta, reservada o confidencial. Se debe tener en cuenta que dichas excepciones se aplican de manera restrictiva, conforme a la reiterada jurisprudencia del Tribunal Constitucional. Articulo Undecimo.- RECOMENDAR al Consejo Supremo de Justicia Militar y a la Justicia Militar en general: · Archivar y remitir a los Tribunales Administrativo Disciplinarios de la PNP, de ser el caso, todos aquellos procesos en tramite en los que se estuviera juzgando conductas tipificadas como faltas administrativas por cuanto, conforme a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, las faltas administrativas tienen un contenido distinto al de los delitos de funcion. Articulo Duodecimo.- ENCARGAR el seguimiento de las recomendaciones contenidas en el presente Informe Defensorial a la Adjuntia en Asuntos Constitucionales de la Defensoria del Pueblo. Articulo Decimotercero.- INCLUIR la presente Resolucion Defensorial en el Informe Anual de la Defensoria del Pueblo al Congreso de la Republica, de conformidad con el articulo 27º de la Ley Nº 26520, Ley Organica de la Defensoria del Pueblo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Defensora del Pueblo 345149-1

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Dejan sin efecto la R.J. Nº 187-2009JNAC/RENIEC
RESOLUCION JEFATURAL Nº 235-2009-JNAC-RENIEC MORDAZA, 4 de MORDAZA de 2009 VISTOS: Los Oficios Nº 000950-2009/GOR/RENIEC (12MAR2009) y Nº 001554-2009/GOR/RENIEC (23ABR2009), emitidos por la Gerencia de Operaciones Registrales y el Informe Nº 000502-2009-GAJ/RENIEC (27ABR2009), emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil es un organismo constitucionalmente MORDAZA encargado, de manera exclusiva y excluyente, de organizar y actualizar el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, asi como de inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que, el inciso c) del articulo 7º de la Ley Nº 26497, Ley Organica del Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, tiene como una de sus funciones emitir las constancias de inscripcion correspondientes de la informacion contenida en el Registro del Estado Civil y en el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 872-2004JEF/RENIEC (30DIC2004), se aprobaron los formatos de Certificado de Inscripcion, Certificado de Nombres Iguales y Certificado de Direccion Domiciliaria del Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales; Que, mediante la Resolucion Jefatural Nº 187-2009JNAC/RENIEC (07ABR2009), se modifico el Articulo Primero de la Resolucion Jefatural Nº 872-2004-JEF/RENIEC

(30DIC2004), en el extremo del Certificado de Inscripcion, en cuanto a suprimir las impresiones dactilares y la informacion correspondiente a estatura, grado de instruccion y documento de sustento del titular inscrito en el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales; Que, la emision de la Resolucion Jefatural Nº 1872009-JNAC/RENIEC (07ABR2009), se sustento en la propuesta hecha por la Gerencia de Informatica mediante el Oficio Nº 000196-2009/GI/RENIEC (20FEB2009) y la opinion favorable de la Gerencia de Operaciones Registrales manifestada en su Oficio Nº 000950-2009/ GOR/RENIEC (12MAR2009); Que, mediante Oficio Nº 001554-2009/GOR/RENIEC (23ABR2009) la Gerencia de Operaciones Registrales informo que a partir de la emision del MORDAZA formato de Certificado de Inscripcion, diversas Entidades Publicas en virtud al convenio suscrito con el RENIEC, viene solicitando se emita el Certificado de Inscripcion, conteniendo las imagenes de las impresiones dactilares, asi como la informacion correspondiente a estatura, grado de instruccion y documento de sustento del titular de la inscripcion, a efectos de realizar la comprobacion de la identidad de las personas solicitadas; Que, mediante el Informe Nº 000502-2009-GAJ/ RENIEC (27ABR2009), concluye que de acuerdo a lo informado por la Gerencia de Operaciones Registrales y lo solicitado por diversas Entidades Publicas que mantienen convenio con el RENIEC, se hace necesario reconsiderar lo resuelto en la Resolucion Jefatural Nº 187-2009JNAC/RENIEC (07ABR2009) y restablecer el formato de Certificado de Inscripcion aprobado mediante Resolucion Jefatural Nº 872-2004-JEF/RENIEC (30DIC2004); Estando a las facultades conferidas por la Ley Nº 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, al Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Resolucion Jefatural Nº 894-2008-JNAC/RENIEC (30DIC2008), asi como su modificatoria, la Resolucion Jefatural Nº 031-2009-JNAC/RENIEC (15ENE2009), el Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Resolucion Jefatural Nº 114-2006-JEF/RENIEC (28FEB2006) y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dejar sin efecto la Resolucion Jefatural Nº 187-2009-JNAC/RENIEC (07ABR2009), que modifico el Articulo Primero de la Resolucion Jefatural Nº 872-2004-JEF/RENIEC (30DIC2004) en el extremo del Certificado de Inscripcion. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Operaciones Registrales y la Gerencia de Informatica la implementacion de las acciones necesarias para el cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 345152-1

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan inscripcion de persona natural en el Registro del Sistema de Seguros
RESOLUCION SBS Nº 2883-2009 MORDAZA, 21 de MORDAZA de 2009 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA para que se le autorice la inscripcion en el Registro

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