Norma Legal Oficial del día 08 de mayo del año 2009 (08/05/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano MORDAZA, viernes 8 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

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Articulo Tercero.- DISPONER que el Consejo Regional de Seguridad Vial de la Region Tacna presente anualmente Plan de Trabajo y Memoria de Gestion al Consejo Regional de Tacna. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional y Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y Direccion Regional Sectorial de Transportes y Comunicaciones de Tacna, para que en coordinacion con los demas entes regionales, implementen la presente Ordenanza Regional. Articulo Quinto.- PUBLICAR y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el diario oficial "El Peruano" y en el MORDAZA electronico de la Institucion, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 42 de la Ley Organica de Gobiernos Regionales. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgacion. En la MORDAZA de Tacna, al dia cuatro de MORDAZA del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional de Tacna POR TANTO: Mando se registre, notifique, difunda y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, al dia cuatro de MORDAZA del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional de Tacna

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GOBIERNO REGIONAL DE SAN MORDAZA
Aprueban Cuadro para la Asignacion de Personal de la Direccion Regional de Agricultura de San MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 009-2009-GRSM/CR
Moyobamba, 26 de marzo del 2009 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA, de conformidad con lo previsto en los Articulos 197º y 198º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley de la Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion, Ley Nº 27680; Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27783; Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modificatorias por Ley Nº 27902 y Ley Nº 28013; Reglamento Interno del Consejo Regional de San MORDAZA y demas normas complementarias, y; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 2º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por las Leyes Nº 27902 y 28013, las cuales disponen que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de derechos publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, constituye para su Administracion economica y Financiera, un Pliego Presupuestal; Que, el Articulo 1º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, establece que la presente Ley regula la estructura y organizacion del Estado en forma democratica, descentralizada y desconcentrada, correspondiente al Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales. Asimismo define las normas que regula la descentralizacion administrativa, economica, productiva, financiera, tributaria y fiscal; Que, mediante Oficio Nº 026-2009-GRSM/DRASAM, del 9 de enero del 2009, el Director Regional de Agricultura, remite al Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, el CAP de dicha Direccion Regional para su aprobacion;

Que, mediante Nota Informativa Nº 003-2009-GRSM/ GRPP-AT/SGR, de fecha 13 de enero del 2009, la Sub Gerencia de Racionalizacion, luego de la revision y analisis de la documentacion respectiva, emite opinion favorable para la aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal (CAP), reformulado, de esta Direccion Regional, al haber sido elaborado conforme a lo previsto por el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM que aprueba los Lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal (CAP), remitiendo al Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, quien tambien emite opinion favorable para su aprobacion; Que, con Informe Legal Nº 028-2009-GRSM/ORAL, de fecha 15 de enero del 2009, la Oficina Regional de Asesoria Legal opina favorable la aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) de la Direccion Regional Agraria de San Martin; Que, conforme a lo previsto en el Articulo 2º del Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, el Cuadro para Asignacion de Personal, contiene la correcta definicion de los cargos y plazas organicas que se preven como necesarias para el normal funcionamiento de la Entidad a partir de la Estructura Organica aprobada en su Reglamento de Organizacion y funciones; Que, en aplicacion al Articulo 15º del Decreto Supremo en referencia, el Cuadro para Asignacion de Personal (CAP), es aprobado mediante Ordenanza Regional y contando con la opinion favorable de la Sub Gerencia de Racionalizacion y del Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial. Que, el Consejo Regional tiene las atribuciones de normar la organizacion del Gobierno Regional a traves de las Ordenanzas Regionales, en concordancia con el Articulo 15º inciso a) de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales; en la que faculta aprobar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de su competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, de conformidad con lo establecido en el Articulo 39º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nº 27902 y 28013, los acuerdos del Consejo Regional expresan la decision de este organo sobre asuntos institucionales; Que, de conformidad con las facultades conferidas por la Constitucion Politica del Estado, Ley Organica de Gobiernos Regionales y Reglamento Interno del Consejo Regional. El Consejo Regional de San MORDAZA, en Sesion Ordinaria de fecha 13 de marzo del 2009, desarrollada en el Auditorio del Gobierno Regional de San MORDAZA Moyobamba, y estando a las atribuciones conferidas por el Articulo 28º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, aprobo por unanimidad, la siguiente:

ORDENANZA REGIONAL:
Articulo Primero.- APROBAR el Cuadro para la Asignacion de Personal (CAP) de la Direccion Regional de Agricultura de San MORDAZA, cuyo anexo en fojas siete (07) forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional, anexo que se publicara en la pagina Web del Gobierno Regional de San Martin. Articulo Segundo.- AUTORIZAR, a la Secretaria del Consejo Regional de San MORDAZA, realizar los tramites respectivos para la publicacion de la presente Ordenanza Regional, en el diario de mayor circulacion de la Region San MORDAZA y en el Diario Oficial El Peruano, asi mismo disponer su inclusion en el MORDAZA electronico del Gobierno Regional de San MORDAZA, previa promulgacion del Presidente Regional del Gobierno Regional de San Martin. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional de San MORDAZA Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de San MORDAZA para su promulgacion. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de San MORDAZA a los MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional Gobierno Regional de San MORDAZA

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