Norma Legal Oficial del día 15 de mayo del año 2009 (15/05/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 15 de MORDAZA de 2009

aprobados en el mes de MORDAZA 2009, de acuerdo a la relacion adjunta que es parte integrante de la presente resolucion y para los efectos a que se contraen los articulos 124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM. Registrese y publiquese. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Director Regional de Energia y Minas 347335-1

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Encargan a la Gerencia Regional de Desarrollo Social la implementacion de la politica regional que aborda el trabajo infantil en la Educacion Inclusiva a nivel de la region MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 012-2009-GR.LAMB./CR Chiclayo, 22 de MORDAZA de 2009 LA PRESIDENTA DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA en su Sesion Ordinaria de fecha 15 de MORDAZA de 2009, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 191º de la Ley de Reforma Constitucional Nº 27860 en concordancia con el Articulo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, estos emanan de la voluntad popular, teniendo por finalidad esencial fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo y garantizando el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo; Que, asimismo, la Constitucion Politica del Peru en su Articulo 1º senala que la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y el Estado; y en su Articulo 2°, que toda persona tiene derecho a la igualdad ante la ley y que nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religion, opinion, condicion economica o de cualquiera otra indole; derechos que al ser afectados vulnera la dignidad de la persona humana, porque se constituyen en actos de discriminacion; Que, dentro del contexto senalado en los considerandos que anteceden, los principios rectores de las politicas y la gestion regional del gobierno regional son inclusion y equidad, tal como lo senalan los numerales 4) y 7) del Articulo 8º de la Ley Nº 27867; por lo que, en concordancia con los incisos b) y c) del Articulo 8º de la Ley Nº 2804, Ley General de Educacion, el Gobierno Regional de MORDAZA debe garantizar a todos y todas, iguales oportunidades de acceso, permanencia y trato en un sistema educativo de calidad, incorporando a las personas con discapacidad, grupos sociales excluidos, marginados y vulnerables, especialmente en el ambito rural, sin distincion de etnia, religion, sexo u otra causa de discriminacion, contribuyendo asi a la eliminacion de la pobreza , la exclusion y las desigualdades; Que, igualmente, el Articulo 17º y los incisos b) y g) de la Ley Nº 28044, disponen entre otros aspectos, que el Estado debe tomar medidas que fortalezcan a segmentos sociales que estan en situacion de abandono o de riesgo para atenderlos preferentemente, adecuando la prestacion de servicios educativos a las necesidades

de las poblaciones, con especial enfasis en el apoyo a los menores que trabajan; Que, es necesario remarcar que en el ano 2003, mediante Decreto Supremo Nº 026-2003-ED, se declara la periodo 2003 - 2012 como la "Decada de la Educacion Inclusiva"; iniciativa que surge en la perspectiva de promover condiciones de equidad y justicia en la sociedad peruana, comprometiendo al Estado llevar a cabo planes pilotos, programas, proyectos y convenios que garanticen la ejecucion de acciones para implementar la educacion inclusiva en las instituciones educativas, mediante un trabajo coordinado con los diferentes sectores del Estado y la sociedad civil; Que, en el mismo extremo que nos ocupa, el Proyecto Educativo Regional de MORDAZA, en la medida 25 de la politica 07 del Objetivo Nº 2: "Equidad Educativa" , contempla la implementacion de estrategias de atencion a grupos en riesgo de exclusion; estableciendo asimismo, en su politica Nº 10, la promocion de una educacion en enfoque de equidad de genero que erradique estereotipos y practicas discriminatorias; Que, la Direccion Regional de Educacion asumiendo su rol creo el Servicio de Apoyo y Asesoramiento a las Necesidades Educativas Especiales (SAANEE), que es un equipo formado por especialistas en educacion especial , el cual asesora a las Instituciones Educativas para incluir a ninos y ninas con necesidades educativas especiales en la Educacion Basica Regular. Que, a mayor abundamiento, en la linea de la educacion inclusiva y amparada en normativas nacionales y regionales, la Organizacion No Gubernamental "Centro de Estudios Sociales y Publicaciones ­ CESIP", cuyo accionar en el MORDAZA educativo en esta region es de mas de ocho anos, en virtud a una propuesta educativa de educacion inclusiva, denominada "Escuela, Participacion Ciudadana y Trabajo Infantil", financiado por Save The Children, aplicada en siete instituciones educativas de la region, cinco en Chiclayo y dos en Ferrenafe, considera tambien al trabajo infantil como un motivo de inclusion educativa; porque el trabajo infantil vulnera totalmente los derechos de los ninos, ninas y sus consecuencias son muy lamentables y teniendo conocimiento de que en nuestra region existen mas de 60,000 ninos(as) afectados con esta problematica social que impide o limita la asistencia regular a clases y el buen rendimiento escolar, no solo por el tiempo invertido por ninos, ninas y adolescentes en trabajar, sino tambien por su perfil emocional, que le resta posibilidades de realizar tareas y estudiar, es por estas razones que se le considera al trabajo infantil un motivo de inclusion educativa. Lo que significa que el abordaje del trabajo infantil en la educacion inclusiva es un indicador de avance en cuanto a equidad. Que, de otro lado, revisada y analizada la normatividad vigente sobre la materia y, teniendo en cuenta la parte pertinente del Proyecto Educativo Regional de MORDAZA, el Gerente Regional de Desarrollo Social, a traves de su informe tecnico, adjunto al Oficio Nº 053GDS-G.R.L-09, hace suya la propuesta y los logros obtenidos por el Centro de Estudios y Publicaciones CESIP, recomendando al Consejo Regional que es necesario implementar una MORDAZA que incluya el abordaje del trabajo infantil en educacion inclusiva a nivel de la region Lambayeque; Por lo que estando a lo dispuesto por el Articulo 38° de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional del departamento de MORDAZA ha emitido la siguiente; ORDENANZA REGIONAL: Articulo Primero.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social la implementacion de la politica regional que aborda el trabajo infantil en la Educacion Inclusiva a nivel de la region Lambayeque. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Direccion Regional de Educacion que las instituciones educativas en todas sus modalidades incluyan en sus instrumentos de gestion (Proyecto Educativo Institucional, Proyecto Curricular de Centro y Plan Anual de Trabajo) las politicas de educacion inclusiva con enfasis en Trabajo Infantil. Articulo Tercero.- ENCARGUESE a la Direccion Regional de Educacion de MORDAZA, la obligatoria implementacion, seguimiento y evaluacion de una Propuesta Pedagogica que contribuya a la inclusion de

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