Norma Legal Oficial del día 27 de mayo del año 2009 (27/05/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, miercoles 27 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

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inciso m) del articulo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619, que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, su modificatoria la Ley Nº 28807, que establece que los viajes oficiales al exterior de servidores y funcionarios publicos se realicen en clase economica, su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y el numeral 9.3 del articulo 9º de la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje, en comision de servicios, del Ministro en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Anderson MORDAZA, Director General de la Comunidad Sudamericana y de la Comunidad MORDAZA, de la Subsecretaria de Asuntos Economicos, a la MORDAZA de MORDAZA de MORDAZA, Republica de MORDAZA, del 28 al 29 de MORDAZA de 2009, a fin que integre la delegacion peruana que participara en la XVII Reunion del Consejo de Delegadas y Delegados. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion, seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 19437: Integracion Politica y Negociaciones EconomicoComerciales Internacionales, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) dias al termino del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
Viaticos Numero Total Tarifa Pasajes por dia de viaticos aeropuerto US$ US$ dias US$ US$ 799.83 200.00 2+1 600.00 31.00

Nombres y Apellidos MORDAZA MORDAZA MORDAZA Anderson MORDAZA

Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes al termino de la referida comision, el mencionado funcionario diplomatico debera presentar ante el senor Ministro de Relaciones Exteriores, un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores

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TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Criterios para la Participacion de los Postores en los Concursos Publicos para la Asignacion de Frecuencias de las Bandas 2 668 - 2 692 MHz y 2 668 - 2 690 MHz (Resolucion Ministerial Nº 660-2007-MTC/03) y asignacion de 25 MHz de la Banda C de 1 900 MHz (Resolucion Ministerial Nº 405-2008MTC/03)
DECRETO SUPREMO Nº 020-2009-MTC
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el articulo 6 del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, establece que el Estado fomenta la libre competencia en la prestacion de los servicios de telecomunicaciones, regula el MORDAZA de forma que se asegure el normal desenvolvimiento, se controle los efectos

de situaciones de monopolio y se evite practicas y acuerdos restrictivos derivados de la posicion dominante de una empresa o empresas en el mercado; Que, por Decreto Supremo Nº 003-2007-MTC se incorporo a los "Lineamientos de Politica de Apertura del MORDAZA de Telecomunicaciones del Peru", aprobados por el Decreto Supremo Nº 020-98-TCC, el Titulo I "Lineamientos para Desarrollar y Consolidar la Competencia y la Expansion de los Servicios Publicos de Telecomunicaciones en el Peru"; estableciendose como politica de Estado, la promocion y consolidacion de la competencia en la prestacion de estos servicios; Que, asimismo, el numeral 2 del articulo 11 de los referidos Lineamientos, establece que siendo el espectro radioelectrico un recurso escaso y dada la importancia que tiene para el desarrollo de la competencia en los servicios de telecomunicaciones, se debe priorizar los concursos publicos de espectro que permitan promover la competencia y la expansion de los servicios en las bandas identificadas para servicios publicos de telecomunicaciones, de acuerdo con lo dispuesto en el Plan Nacional de Atribucion de Frecuencias; Que, en este contexto, mediante Resolucion Ministerial Nº 660-2007-MTC/03, se encargo a la Agencia de Promocion de la Inversion Privada ­ PROINVERSION, la conduccion del Concurso Publico de Ofertas y el otorgamiento de la Buena Pro para la asignacion de la Banda 2 668 ­ 2 692 MHz en la provincia de MORDAZA, la Provincia Constitucional del Callao, la provincia de MORDAZA y el departamento de MORDAZA, y la Banda de 2 668 ­ 2 690 MHz en el resto del territorio nacional, y de ser el caso, se le otorgara concesion para prestar servicios publicos de telecomunicaciones; Que, de otro lado, por Resolucion Ministerial Nº 405-2008-MTC/03 se encargo a PROINVERSION, la conduccion del Concurso Publico de Ofertas para seleccionar al operador al que se le asignara 25 MHz de la banda C de 1 900 MHz a nivel nacional, y de ser el caso, se le otorgara concesion para prestar servicios publicos de telecomunicaciones; Que, en relacion al concurso publico para la asignacion de las bandas referidas en la Resolucion Ministerial Nº 6602007-MTC/03, resulta necesario limitar la participacion en el acotado concurso publico, de los actuales operadores de servicios publicos de telefonia fija, telefonia movil, servicios de comunicaciones personales, troncalizado, sistema de distribucion multicanal multipunto (MMDS) y/ o portador local que cuenten con asignacion de espectro radioelectrico que incluya a la provincia de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao, debido al grado de concentracion en la estructura del MORDAZA de los servicios publicos de telecomunicaciones de telefonia fija y acceso a Internet y a las asignaciones de espectro radioelectrico realizadas a la fecha, a los operadores que brindan estos servicios; a fin de evitar el acaparamiento de este recurso escaso y coadyuvar al logro de las politicas de Estado de promocion de la competencia en la prestacion de los servicios de telecomunicaciones, previstas en el MORDAZA legal vigente; Que, respecto al concurso publico para la asignacion de las bandas referidas en la Resolucion Ministerial Nº 4052008-MTC/03, con el objetivo de promover el ingreso de un MORDAZA operador movil en este segmento de MORDAZA, que consolide la competencia en beneficio de los usuarios, resulta necesario limitar la participacion de los actuales operadores de servicios publicos de telefonia movil, servicios de comunicaciones personales y troncalizado, en el referido proceso; Que, en base a las consideraciones MORDAZA expuestas y tomando en cuenta las recomendaciones y conclusiones presentadas en los Informes elaborados por la Consultora Pricewaterhouse Coopers S.C.R.L. y la Consultora Latin Pacific Capital S.A. contratadas por PROINVERSION para brindar asesoria en los referidos concursos publicos; la Direccion General de Regulacion y Asuntos Internacionales de Comunicaciones, mediante Informe Nº 138-2009-MTC/26, propone la aprobacion de restricciones a la participacion de operadores de servicios publicos de telecomunicaciones en los citados procesos; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru; la Ley Nº 27791, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; el Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0202007-MTC y el Decreto Supremo Nº 003-2007-MTC; que incorpora el Titulo I "Lineamientos para Desarrollar y Consolidar la Competencia y la Expansion de los Servicios

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