Norma Legal Oficial del día 27 de mayo del año 2009 (27/05/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA, miercoles 27 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

396507

Que, de conformidad con la Ley Nº 27791, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre; y, el Decreto Supremo Nº 0172009-MTC, Reglamento Nacional de Administracion de Transporte; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la Directiva Nº 007-2009MTC/15 "Directiva que establece medidas complementarias para el control y monitoreo de unidades vehiculares a traves de dispositivos de ubicacion de conexion inalambrica". Articulo Segundo.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Tercero.- Deroguese a partir de la fecha de entrada en vigencia de la presente Resolucion Directoral, la Resolucion Directoral Nº 4199-2008-MTC/15 y la Resolucion Directoral Nº 8444-2008-MTC/15. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion General de Transporte Terrestre

3.1.8 Equipos con bateria de respaldo recargable. 3.1.9 Equipos que cuenten con garantia y soporte tecnico local. 3.1.10 Equipos con la capacidad de almacenamiento de DATA fuera de zonas de cobertura de comunicacion. 3.1.11 Deben contar con puertos digitales y/o analogos. 3.1.12 Homologados por la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones. 3.2 Funcionalidades de los kits vehiculares: 3.2.1 Minimo de doce (12) MORDAZA GPS y que brinden la ubicacion del vehiculo con un margen de error de distancia de aproximadamente cinco (5) metros, y en caso el vehiculo no se encuentre en movimiento, hasta quince (15) metros. 3.2.2 Permita realizar el monitoreo en cualquier momento del recorrido del vehiculo, sin tomar puntos permanentes o de referencia para la verificacion. 3.2.3 Verifique si el vehiculo esta en movimiento o se encuentra estacionado, pudiendo establecer el tiempo desde que se produzca la paralizacion hasta el momento en que se realizo el monitoreo. 3.2.4 Permita verificar la velocidad del vehiculo que se encuentra en movimiento, al momento del monitoreo. 3.2.5 Debe permitir el monitoreo por parte del MTC y otras entidades encargadas de velar por la seguridad de las personas. DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS Primera.- El transportista debe comunicar a la Direccion General de Transporte Terrestre el cambio del prestador del servicio de ubicacion a traves de dispositivos de ubicacion de conexion inalambrica, en un plazo MORDAZA de dos (02) dias computados a partir de la fecha en que se realizo el cambio. Segunda.- El transportista debera acreditar que cuenta con el dispositivo de conexion inalambrica, presentando a la Direccion General de Transporte Terrestre MORDAZA del contrato vigente con la empresa prestadora del servicio, donde se debe identificar la placa de los vehiculos a los que se les ha instalando este dispositivo. Tercera.- El transportista debera solicitar a su prestador del servicio que al inicio de la prestacion haga llegar al Centro de Control y Monitoreo del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la informacion en tiempo real, a traves del formato y protocolo de comunicacion que el referido centro le proporcione. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion General de Transporte Terrestre

DIRECTIVA Nº 007-2009-MTC/15 ESTABLECE MEDIDAS COMPLEMENTARIAS PARA EL CONTROL Y MONITOREO DE UNIDADES VEHICULARES A TRAVES DE DISPOSITIVOS DE UBICACION DE CONEXION INALAMBRICA 1. OBJETIVO La presente Directiva tiene como objeto establecer las caracteristicas y funcionalidades del control y monitoreo permanente en ruta de unidades vehiculares destinadas al servicio de transporte interprovincial regular de personas, a traves de dispositivos de ubicacion de conexion inalambrica. 2. BASE LEGAL o Ley General del Transporte y MORDAZA Terrestre, Ley Nº 27181 o Reglamento Nacional de Administracion de Transporte, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2009-MTC. o Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Ley Nº 27791. o Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC. 3. CARACTERISTICAS Y FUNCIONALIDADES DE LOS DISPOSITIVOS DE UBICACION DE CONEXION INALAMBRICA Los dispositivos de ubicacion de conexion inalambrica tendran las siguientes caracteristicas y funcionalidades: 3.1 Caracteristicas tecnicas de los kits vehiculares: 3.1.1 Equipos con tecnologia GPS, GSM/GPRS (Cuatro Bandas 850/900/1800/1900 Mhz), Duales (GSM/GPRS/ SATELITAL) u otros que realicen la transmision de modo inalambrico que posean frecuencia y tecnologia autorizada por el MTC. 3.1.2 Equipos con la capacidad de notificar eventos de exceso de velocidad, ocurrencia de asaltos (boton de panico), zonas no permitidas y de forma opcional que permitan el escalamiento para implementar otro MORDAZA de eventos como por ejemplo: control de ignicion, sensor de movimiento, geo-referenciacion, etc. 3.1.3 Equipos con la capacidad de enviar reportes en formatos binarios y ASCII. 3.1.4 Equipos que utilicen los protocolos AT, TAIP, TSIP, NMEA, SIRF, TCP/IP, UDP u otros que proporcionen bidireccionalidad de la comunicacion. 3.1.5 Equipos programables por conector externo y/o en forma remota. 3.1.6 Equipos con capacidad de operar dentro de los rangos de temperatura de -40 C a + 70 C. 3.1.7 Equipos alimentados por: 12 Voltios DC, o 24 Voltios DC.

352012-1

ORGANISMOS EJECUTORES INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion de suministro de combustible para grupos electrogenos y unidades moviles de la Oficina Regional MORDAZA del INPE
RESOLUCION PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 352-2009-INPE/P
MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2009 VISTO, el Oficio Nº 633-2009-INPE/18.04 de la Oficina Regional MORDAZA, recibido por la Oficina de Asesoria Juridica el 25 de MORDAZA de 2009, al que se adjunta el Informe Tecnico Nº 016-2009-INPE/18.04.EL de fecha 21 de MORDAZA de 2009,

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