Norma Legal Oficial del día 05 de noviembre del año 2009 (05/11/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 5 de noviembre de 2009

Integral Nacional para el Bienestar familiar - INABIF del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 418517-1

PRODUCE
Modifican resoluciones mediante las cuales se otorgo permiso de pesca para operar embarcacion pesquera de MORDAZA a personas naturales
RESOLUCION DIRECTORAL N° 820-2009-PRODUCE/DGEPP 21 de octubre de 2009 Visto los escritos con Registro N° 00071528 de fechas 10, 25 de septiembre, 6 y 15 de octubre de 2009, presentados por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y su conyuge MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE SANTISTEBAN. CONSIDERANDO : Que, los Articulos 43º y 44º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, establecen que para la operacion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional, las personas naturales y juridicas requeriran del permiso de pesca correspondiente, el mismo que es un derecho especifico que el Ministerio de la Produccion otorga a plazo determinado para el desarrollo de las actividades pesqueras a nivel nacional; Que, el Articulo 12º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PE, establece que en el caso de recursos hidrobiologicos que se encuentren plenamente explotados, el Ministerio de Pesqueria (actualmente Ministerio de la Produccion) no autorizara incrementos de flota ni otorgara permisos de pesca que concedan acceso a esas pesquerias, bajo responsabilidad, salvo que se sustituya igual capacidad de bodega de la flota existente en la pesqueria de los mismos recursos hidrobiologicos; Que, el Articulo 9º del Reglamento de la Ley Nº 26920 para la operacion de embarcaciones pesqueras de MORDAZA con capacidad de bodega de hasta 110 m3 aprobado por Decreto Supremo Nº 003-98-PE, sustituido por el Articulo 1º del Decreto Supremo N° 004-2007PRODUCE, publicado el 21 de febrero de 2007, establece que, la sustitucion de embarcaciones pesqueras a que se refiere el articulo 24º de la Ley General de Pesca y los articulos 12º y 18º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, sera autorizada a las embarcaciones comprendidas en el presente regimen juridico, siempre que se sustituyan por otras de MORDAZA, cuya capacidad de bodega estara sujeta al volumen de bodega a sustituir; Que, el numeral 37.2 del Reglamento de la Ley General de Pesca senala que el tramite para el otorgamiento de la autorizacion de incremento de flota es independiente del permiso de pesca. Sin embargo, dicho permiso debera solicitarse dentro de un plazo de un (01) ano contado a partir de la acreditacion del termino de construccion o de la adquisicion de la embarcacion pesquera. Vencido dicho plazo sin iniciar el procedimiento de permiso de pesca respectivo, la autorizacion de incremento de flota caduca de pleno derecho. Mediante Resolucion Directoral se declara la caducidad de la autorizacion de incremento de flota otorgada; Que, los Articulos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 0012002-PRODUCE de fecha 5 de septiembre del 2002, establecen que los recursos sardina (Sardinops sagax sagax), jurel (Trachurus picturatus murphy) y caballa (Scomber japonicus peruanus), seran destinados al

consumo humano directo y que los armadores de las embarcaciones pesqueras con permiso de pesca indistintamente para los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo y/o indirecto, solo podran desarrollar actividades extractivas de los recursos en mencion, en el MORDAZA del Regimen de Abastecimiento Permanente de la Industria Conservera, Congeladora y de Curados aprobado por Resolucion Ministerial Nº 150-2001-PE, debiendo adecuarse a las disposiciones contenidas en la citada Resolucion; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 017-99CTAR-LL/DIREPE, de fecha 3 de marzo de 1999, se otorgo permiso de pesca al armador pesquero MORDAZA MORDAZA MORDAZA para operar su embarcacion pesquera de bandera nacional denominada "JUAN HUMBERTO" de matricula Nº PL-1777-CM y 33.0 m3 de capacidad de bodega, para la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina para el consumo humano directo e indirecto, utilizando MORDAZA con hielo y redes de cerco con longitud minima de abertura de malla de ½" (13 mm) y 1 ½ " (38 mm), respectivamente, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (05) millas costeras; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 045-98CTAR-LL/DIREPE, del 28 de septiembre de 1998, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado, al armador pesquero MORDAZA DE LA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para operar la embarcacion MORDAZA GRAU de matricula PO-10379-CM de 33.0 m3 de capacidad de bodega, para la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina para consumo humano directo e indirecto, utilizando MORDAZA con hielo y redes de cerco de ½ pulgada (13 mm) y 1 ½ pulgadas (38 mm) de abertura de malla, segun corresponda, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (05) millas costeras; Que, a traves de la Resolucion Directoral Nº 711-2008PRODUCE/DGEPP, del 18 de noviembre del 2008, se modifico el Articulo 1º de la Resolucion Directoral Nº 04598-CTAR-LL/ DIREPE, que otorgo permiso de pesca al senor MORDAZA DE LA MORDAZA MORDAZA MORDAZA para operar la embarcacion MORDAZA GRAU de matricula PO-10379-CM y 33.0 m3 de capacidad de bodega, en el extremo referido a la matricula actual Nº PL-10379-CM; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 277-2009PRODUCE/DGEPP, de fecha 15 de MORDAZA del 2009, se aprobo a favor del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el cambio de titular del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA denominada MORDAZA GRAU con matricula Nº PL-10379-CM y 33.0 m3 de capacidad de bodega, en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado su permiso de pesca mediante Resolucion Directoral Nº 045-98-CTAR-LL/ DIREPE, modificada por Resolucion Directoral Nº 7112008-PRODUCE/DGEPP, condicionandose la eficacia de dicho derecho administrativo al resultado del MORDAZA judicial correspondiente, de acuerdo a lo establecido por el tercer parrafo del Articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 487-2009PRODUCE/DGEPP del 2 de MORDAZA de 2009, se aprobo a favor del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y su conyuge MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, el cambio de titular del permiso de pesca de las embarcaciones pesqueras "JUAN HUMBERTO" de matricula Nº PL-1777-CM y 33.0 m3 y MORDAZA GRAU de matricula Nº PL-10379-CM y 33.0 m3 de capacidad de bodega. Asimismo se otorgo autorizacion de incremento de flota para ampliar la capacidad de bodega de la embarcacion MORDAZA GRAU de matricula Nº PL-10379-CM, de 33.0 m3 a 66.0 m3, via aplicacion de la embarcacion "JUAN HUMBERTO" de matricula Nº PL-1777-CM y dedicarla a la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina, para destinarlos al consumo humano directo e indirecto, utilizando MORDAZA con hielo como medio de preservacion y redes de cerco con tamano minimo de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm) y 1 ½ pulgadas (38 mm), respectivamente, segun corresponda, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (05) millas marinas adyacentes a la costa; Que, mediante los escritos del visto, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y su conyuge MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, como consecuencia de la autorizacion de incremento de flota otorgada por Resolucion Directoral Nº 487-

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