Norma Legal Oficial del día 05 de noviembre del año 2009 (05/11/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 5 de noviembre de 2009

con subsanar la observacion anotada en el Oficio Nº 5655-2009-PRODUCE/DGEPP-Dchi, dentro del plazo establecido del mismo, a pesar de encontrarse debidamente notificada; en tal sentido, los administrados no cumplen con los requisitos del Procedimiento N° 7 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE, por lo que deviene en declarar inadmisible el cambio de titularidad del permiso de pesca solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, segun Informe Nº 1154-2009PRODUCE/DGEPP-Dchi (Complementario) y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y sus modificatorias, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el literal d) del Articulo 53° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Declarar INADMISIBLE el procedimiento de cambio de titular del Permiso de Pesca para operar la embarcacion pesquera "CARMEN ROSA" de matricula CO-17432-CM, presentada por los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2°.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es : www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 417802-2

Aprueban cambio de titular de permiso de pesca para operar embarcacion pesquera a favor de la empresa Inversiones Apostol MORDAZA E.I.R.L.
RESOLUCION DIRECTORAL N° 823-2009-PRODUCE/DGEPP 21 de octubre de 2009 Visto: El escrito con Registro Nº 00065025-2009 de fechas 17 de agosto del 2009, presentado por la empresa INVERSIONES APOSTOL MORDAZA E.I.R.L. CONSIDERANDO: Que, el articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0122001-PE, modificado por el Decreto Supremo Nº 0152007-PRODUCE (referente a la transferencia del permiso de pesca), establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion pesquera a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca, conlleva la transferencia de dicho permiso de pesca en los mismos terminos y condiciones en que se otorgaron. Solo realiza actividad

extractiva el titular del permiso de pesca. Asimismo no procede la autorizacion de cambio de titular del permiso de pesca, en caso de verificarse que los transferentes de la embarcacion pesquera cuenten con sanciones de multa que no han sido cumplidas, impuestas mediante actos administrativos firmes o que hayan agotado la via administrativa o confirmadas con sentencia judiciales que hayan adquirido la calidad de cosa juzgada; Que, el articulo 9º del Decreto Supremo Nº 003-98-PE, sustituido por el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 0042007-PRODUCE, establece que la transferencia del permiso de pesca de embarcaciones bajo el regimen de la Ley Nº 26920, se efectuara conforme a las disposiciones contenidas en el articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca; Que, mediante la Resolucion Directoral Nº 0492003-GOB.REG.PIURA.-PIURA /DIREPE-DR, de fecha 13 de febrero del 2003, se otorgo permiso de pesca a los armadores MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA y ELIBORIO MORDAZA MORDAZA, para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA de nombre "MARIA CANDELARIA", de matricula Nº PL-2731-CM, de arqueo neto 7.97 y de 34.55 m3 de capacidad de bodega, en la extraccion del recurso hidrobiologico anchoveta con destino para el consumo humano directo e indirecto, y los recursos sardina, jurel y caballa con destino para el consumo humano directo, utilizando redes de cerco con longitud minima de malla de abertura de malla de ½ y 1 ½ pulgadas (13 mm) y ( 38 mm), segun corresponda, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (05) millas marinas adyacentes a la costa para el caso de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina y fuera de las diez (10) millas marinas adyacentes a la costa para el caso de los recursos jurel y caballa; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 494-2007PRODUCE/DGEPP, de fecha 12 de noviembre del 2007, se caduco los permisos de pesca de diversas embarcaciones pesqueras unicamente en el extremo referido a la extraccion de los recursos jurel y caballa para consumo humano directo e indirecto, considerandose en el Anexo que forma parte de la citada resolucion y en el Regimen de la Ley Nº 26920, a la embarcacion pesquera "MARIA CANDELARIA" de matricula Nº PL-2731-CM; Que, actualmente la embarcacion pesquera "MARIA CANDELARIA" de matricula Nº PL-2731-CM, se encuentra en el MORDAZA Institucional vigente con los recursos anchoveta para consumo humano directo e indirecto y sardina para consumo Humano Directo; Que, el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 001-2002PRODUCE, de fecha 5 de septiembre del 2002, establece, que los recursos sardina (Sardinops sagax sagax); jurel (Trachurus picturatus murphy) y caballa (Scomber japonicus peruanus) seran destinados al consumo humano directo; Que, a traves del escrito del visto, la empresa INVERSIONES APOSTOL MORDAZA E.I.R.L., solicita el cambio de titular del permiso de pesca, para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA "MARIA CANDELARIA" de matricula Nº PL-2731-CM, en virtud al Certificado Compendioso de Dominio de fecha 30 de MORDAZA del 2009 expedido por la SUNARP- MORDAZA Registral Nº II-Sede Chiclayo, el cual consigna el dominio de la citada embarcacion a nombre de la mencionada empresa, y el Certificado de Matricula Nº DI-02010322-11-02 de fecha 29 de MORDAZA del 2009 expedido por la Capitania del Puerto de Pimentel; Que, de la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente, se determina que la administrada, ha cumplido con presentar todos los requisitos establecidos en el Procedimiento Nº 7 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 0082009-PRODUCE y demas normas modificatorias, por lo que resulta procedente atender lo solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante el Informe Nº 9812009-PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977-Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, la Ley Nº 26920 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 00398-PE y demas normas modificatorias, asi como el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de

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