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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2009 (08/11/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 48

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 8 de noviembre de 2009 405854 Jorge Alfredo Solís Espinoza por encontrarse conformando Sala, por unanimidad, RESUELVE: Artículo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en el Centro Poblado Manuel Mesones Muro, distrito de Imaza, provincia de Bagua, departamento y Distrito Judicial de Amazonas, con competencia además en los caseríos Nueva Chota, Villa Rica, Nuevo Horizonte, La Unión, Mi Perú, Kusu Grande, Samaria, y las Comunidades Nativas Asunat, Kusu Chico, Chinín, Uyentsa y La Curva. Artículo Segundo.- Los límites geográfi cos del mencionado órgano jurisdiccional son los que aparecen descritos en el informe de la Gerencia General del Poder Judicial, que en documento anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Tercero.- Transcríbase la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Ofi cina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Amazonas y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. ANTONIO PAJARES PAREDES FLAMINIO VIGO SALDAÑA DARIO PALACIOS DEXTRE HUGO SALAS ORTIZ 419114-14 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 296-2009-CE-PJ Lima, 4 de setiembre de 2009 VISTOS: El Ofi cio N° 083-2009-P-CED-CSJPI/PJ, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Piura, y el Informe N° 080-2009-SEP-GP-GG-PJ, remitido por la Gerencia General del Poder Judicial, y; CONSIDERANDO: Primero: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Piura remite a este Órgano de Gobierno propuesta de creación de un Juzgado de Paz en la Comunidad Campesina Arrendamientos, distrito de Lagunas, provincia de Ayabaca, a solicitud de las autoridades de la referida localidad; Segundo: La solicitud se sustenta en tener población aproximada de 841 habitantes, conjuntamente con los caseríos de Arrendamientos, Huacas Alto, Alizos de Ramos, Cruz Huacas, Rinconada de Arrendamiento, Tapul y Alto Rinconada; así como en la necesidad de contar con una autoridad judicial que resuelva los confl ictos que se presentan de naturaleza civil, penal, de familia y laboral, y asuntos de carácter notarial; Tercero: Que, el Juzgado de Paz de Primera y Segunda Nominación más cercano al que acuden los pobladores se ubica en la localidad de Lagunas, a una distancia de 18 kilómetros, empleando un tiempo aproximado de dos horas en trasladarse a dicha localidad; asimismo, se encuentra a 73 kilómetros de la sede de los Juzgados Penal y Mixto de la ciudad de Ayabaca; y, a 175 kilómetros de la sede de la Sala Descentralizada de Sullana; y a 206 kilómetros de la Corte Superior de Justicia; Cuarto: Que, el Informe N° 080-2009-SEP-GP-GG- PJ remitido por la Gerencia General del Poder Judicial, concluye en la factibilidad de la creación de un Juzgado de Paz en la Comunidad Campesina de Arrendamientos, distrito de Lagunas, provincia de Ayabaca, departamento y Distrito Judicial de Piura; detallándose también sus límites geográfi cos; Quinto: Que, por el número de habitantes de los caseríos a los que benefi ciaría el Juzgado de Paz; teniendo en cuenta las difi cultades de acceso al Juzgado de Paz más cercano y siendo objetivo principal de este Poder del Estado administrar justicia en forma rápida y efi caz, resulta procedente la petición que se formula; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, con arreglo a lo establecido en el artículo 82°, numeral 24, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión ordinaria de la fecha, de conformidad con el informe de fojas treinta a treinta y dos, sin la intervención de los señores doctor Javier Villa Stein por encontrarse de licencia y Jorge Alfredo Solís Espinoza por encontrarse conformando Sala, por unanimidad, RESUELVE: Artículo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en la Comunidad Campesina Arrendamientos, distrito de Lagunas, provincia de Ayabaca, departamento y Distrito Judicial de Piura, con competencia además en los caseríos Huacas Alto, Alizos de Ramos, Cruz Huacas, Rinconada de Arrendamiento, Tapul y Alto Rinconada. Artículo Segundo.- Los límites geográfi cos del Juzgado de Paz señalado precedentemente son los que aparecen descritos en el informe de la Gerencia General del Poder Judicial, que en documento anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Tercero.- Transcríbase la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Ofi cina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Piura y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. ANTONIO PAJARES PAREDES FLAMINIO VIGO SALDAÑA DARIO PALACIOS DEXTRE HUGO SALAS ORTIZ 419114-15 ORGANOS AUTONOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA Autorizan viaje de funcionario a Brasil para participar en la XIV Reunión Anual de la Red de Investigadores de Bancos Centrales del Continente Americano RESOLUCION DE DIRECTORIO N° 060-2009-BCRP Lima, 6 de noviembre 2009 CONSIDERANDO: Que, se ha recibido invitación del Centro de Estudios Monetarios Latinoamericanos (CEMLA) para participar en la XIV Reunión Anual de la Red de Investigadores de Bancos Centrales del Continente Americano que, con la colaboración del Banco Central do Brasil, se realizará en Salvador, Bahía, Brasil, entre el 11 y el 13 de noviembre; Que, es política del Banco Central de Reserva del Perú mantener actualizados a sus funcionarios en aspectos fundamentales relacionados con la fi nalidad y funciones del Banco Central; Que, el funcionario a participar presentará el trabajo seleccionado por el comité Directivo de la Red: “Política Monetaria del Banco Central de Reserva del Perú durante la crisis global 2007-2009”; Que, para el cumplimiento del anterior considerando, la Gerencia Central de Estudios Económicos tiene entre sus objetivos proveer al Directorio, al Presidente y al Gerente General, los estudios e informaciones necesarias para que las políticas del Banco y su entorno macroeconómico permitan la consecución de la estabilidad monetaria; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N°27619 y el Decreto Supremo N°047-2002-PCM, y estando a lo acordado en el Directorio en sus sesiones del 1 octubre y 5 de noviembre de 2009;