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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 25 de noviembre de 2009 406512 Que, el Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, en su artículo 14 establece que los inspectores debidamente identifi cados a que se refi ere la Ley, son competentes según su especialidad, para verifi car las capacidades exigidas a los titulares de las autorizaciones para realizar actividades de aeronáutica civil; Que, la seguridad y efi ciencia de las operaciones aéreas, se verifi ca, entre otras formas, a través de inspecciones técnicas a las estaciones de los explotadores aéreos ubicadas en el extranjero; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje de los Inspectores de la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil designados mediante el Informe Nº 409-2009-MTC/12.04 para que, en cumplimiento de las funciones que les asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, puedan realizar las inspecciones técnicas de vigilancia a que se contraen las Órdenes de Inspección Nos. 2403, 2404, 2405, 2406, 2407 y 2408-2009-MTC/12.04; Que, los gastos por concepto de viáticos y Tarifa Unifi cada de Uso de Aeropuerto, serán con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el 23 de octubre de 2009, la Ofi cina de Finanzas de la Ofi cina General de Administración emitió la Certifi cación del Crédito Presupuestario Nº 11271-2009, de conformidad con lo establecido en el artículo 77 de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; De conformidad con la Ley Nº 29289, la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar los viajes de inspecciones técnicas de vigilancia de los señores Victor Augusto Fajardo Cámero, Félix Alberto Alvarez Zevallos, Patricia Victoria Mc Callum Luján, Lino Roberto Molina Valencia y Salvador Olivares Mongrut, Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que se efectuarán desde el 25 de noviembre al 01 de diciembre de 2009, de acuerdo con el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, sustentado en los Informes Nº 705-2009- MTC/12.04, y Nº 409-2009-MTC/12.04. Artículo 2°.- Los gastos que demanden los viajes autorizados precedentemente, serán con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo con el anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 3°.- Dentro de los siete (07) días calendario de su retorno al país, los mencionados inspectores deberán presentar a la Presidencia de la República, a través de la Secretaría del Consejo de Ministros, un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante los viajes autorizados. Artículo 4°.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los inspectores mencionados en el artículo 1 de la presente Resolución Suprema, deberán presentar dentro de los quince (15) días calendarios siguientes de efectuado el viaje, un informe detallado al Despacho Ministerial, con copia a la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema no otorgará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones RELACION DE VIAJES POR PLAN DE VIGILANCIA INTERNACIONAL DE INSPECTORES DE LA DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL - EN CUMPLIMIENTO DE LAS RESPONSABILIDADES ASIGNADAS A LA DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL - LEY N° 27261. COMPRENDIDOS LOS DIAS DEL 25 DE NOVIEMBRE AL 01 DE DICIEMBRE DE 2009 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 409-2009-MTC/12.04 Y Nº 705-2009-MTC/12.04. ORDEN INSPECCION Nº INICIO FIN VIATICOS (US$) TUUA (US$) SOLICITANTE INSPECTOR CIUDAD PAIS DETALLE 2403-2009-MTC/12.04 25-Nov 29-Nov US$ 960.00 US$ 31.00 MTC Fajardo Cámero, Victor Augusto Punta Cana República Dominicana Inspección técnica de estación de las empresas Lan Perú S.A. y Taca Perú, por plan de vigilancia anual de operaciones aéreas internacionales 2404-2009-MTC/12.04 26-Nov 29-Nov US$ 800.00 US$ 31.00 MTC Alvarez Zevallos, Félix Alberto Sao Paulo Brasil Inspección técnica de estación de las empresas Lan Perú S.A. y Taca Perú, por plan de vigilancia anual de operaciones aéreas internacionales 2405-2009-MTC/12.04 25-Nov 30-Nov US$ 1,100.00 US$ 31.00 MTC Mc Callum Luján, Patricia Victoria México D.F. México Inspección técnica de estación de la empresa Lan Perú S.A., por plan de vigilancia anual de operaciones aéreas internacionales 2406-2009-MTC/12.04 26-Nov 28-Nov US$ 600.00 US$ 31.00 MTC Molina Valencia, Lino Roberto Guayaquil Ecuador Inspección técnica de estación de la empresa Lan Perú S.A. y Taca Perú, por plan de vigilancia anual de operaciones aéreas internacionales 2407-2009-MTC/12.04 28-Nov 01-Dic US$ 800.00 US$ 31.00 MTC Olivares Mongrut, Salvador Medellín Colombia Inspección técnica de estación de la empresa Lan Perú S.A, por plan de vigilancia anual de operaciones aéreas internacionales 2408-2009-MTC/12.04 29-Nov 01-Dic US$ 400.00 US$ 31.00 MTC Molina Valencia, Lino Roberto Montevideo Uruguay Inspección técnica de estación de la empresa Lan Perú, por plan de vigilancia anual de operaciones aéreas internacionales 427320-7