Norma Legal Oficial del día 25 de noviembre del año 2009 (25/11/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, miercoles 25 de noviembre de 2009

NORMAS LEGALES

406515

Que, de acuerdo al Informe Nº 1198-2009-MTC/15.03 de la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, se advierte que la documentacion presentada mediante partes diarios N°s 086337, 121971, 130287 y los expedientes Nºs 2009-022325, 2009-023627, 2009-024301, 2009-024807 y 2009-024808, cumplen con lo establecido en el numeral 5.2 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, aprobada por Resolucion Directoral Nº 3990-2005-MTC/15 y sus modificatorias, por lo que procede emitir el acto administrativo autorizando al TOURING Y AUTOMOVIL CLUB DEL PERU, como Entidad Certificadora de Conversiones a GNV para realizar la inspeccion fisica del vehiculo convertido al uso de Gas Natural Vehicular-GNV y del vehiculo originalmente disenado para combustion de GNV (vehiculo dedicado, bi-combustible o dual), asi como la inspeccion inicial del taller que pretenda ser acreditado por la DGTT como Taller de Conversion Autorizado y la inspeccion anual del Taller de Conversion Autorizado, con el proposito de asegurar que estos cumplan con las exigencias tecnicas establecidas en el Reglamento Nacional de Vehiculos, normas conexas y complementarias, asi como en la normativa vigente en materia de Limites Maximos Permisibles; De conformidad con la Ley Nº 29370; la Ley Nº 27181; la Ley Nº 28839; Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y sus modificatorias; Directiva Nº 001-2005-MTC/15 aprobada por Resolucion Directoral Nº 3990-2005-MTC/15 y sus modificatorias, que establece el Regimen de Autorizacion y Funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones a GNV y de los Talleres de Conversion a GNV; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar por el plazo de dos (02) anos, a contarse desde el dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion, al TOURING Y AUTOMOVIL CLUB DEL PERU, como Entidad Certificadora de Conversiones a GNV y realizar la inspeccion fisica del vehiculo convertido al uso de Gas Natural Vehicular-GNV y del vehiculo originalmente disenado para combustion de GNV (vehiculo dedicado, bi-combustible o dual), asi como la inspeccion inicial del taller que pretenda ser acreditado por la Direccion General de Transporte Terrestre, como Taller de Conversion Autorizado y la inspeccion anual del Taller de Conversion Autorizado, con el proposito de asegurar que estos cumplan con las exigencias tecnicas establecidas en el Reglamento Nacional de Vehiculos, normas conexas y complementarias, asi como en la normativa vigente en materia de Limites Maximos Permisibles. Articulo 2º.- Corresponde a la entidad autorizada, bajo responsabilidad, renovar oportunamente la Carta Fianza presentada a efectos de respaldar las obligaciones contenidas en la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, aprobada por Resolucion Directoral Nº 3990-2005-MTC/15, durante la vigencia de la autorizacion. Articulo 3º.- Corresponde a la entidad autorizada, bajo responsabilidad, renovar oportunamente la poliza de seguro de responsabilidad civil profesional contratada, MORDAZA del vencimiento de la misma, a efectos que dicha poliza respalde las obligaciones contenidas en la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, aprobada por Resolucion Directoral Nº 3990-2005-MTC/15, durante todo el plazo de la autorizacion, debiendo precisarse en la poliza de renovacion que esta cubre las actividades que son materia de la presente autorizacion. En caso que la entidad autorizada no cumpla con presentar la renovacion o contratacion de una nueva poliza al vencimiento del plazo senalado, se procedera conforme a lo establecido en el numeral 5.8.1 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, aprobada por Resolucion Directoral Nº 3990-2005-MTC/15, referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo 4º.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion General de Transporte Terrestre 426774-1

VIVIENDA
Designan representantes del Ministerio ante Comision Interinstitucional constituida mediante la Ley Nº 29293
RESOLUCION MINISTERIAL N° 310-2009-VIVIENDA MORDAZA, 23 de noviembre del 2009. CONSIDERANDO: Que, a traves del numeral 1 del articulo 2 de la Ley N° 29293, Ley que declara de necesidad publica e interes nacional la implementacion de medidas para lograr el desarrollo MORDAZA sostenible concertado y la reubicacion de la MORDAZA de Cerro de Pasco, se constituyo una Comision Interinstitucional con el objetivo de implementar medidas para reducir el impacto ambiental y proteger la salud de la poblacion, asi como definir el MORDAZA de reubicacion de la MORDAZA de Cerro de Pasco y alcanzar su desarrollo MORDAZA sostenible; Que, el numeral 2 del citado articulo 2 de la Ley N° 29293, modificado por el articulo 5 del Decreto de Urgencia N° 103-2009, dispone que la Comision Interinstitucional estara integrada por un representante, entre otros, del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 27792, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo Nº 045-2006-VIVIENDA; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar como representantes del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, ante la Comision Interinstitucional constituida por la Ley N° 29293, Ley que declara de necesidad publica e interes nacional la implementacion de medidas para lograr el desarrollo MORDAZA sostenible concertado y la reubicacion de la MORDAZA de Cerro de Pasco, a las siguientes personas: Titular : Arq. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alterno : Arq. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Torres. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 426718-1

ORGANISMOS EJECUTORES INSTITUTO NACIONAL DE SALUD
Declaran implementada y establecen precisiones a la metodologia para la determinacion de particulas subvisibles a que se refiere la R.M. Nº 641-2008/ MINSA, y aprueban Guia Tecnica "Evaluacion de Caracteres Fisicos en Inyectables"
RESOLUCION JEFATURAL N° 406-2009-J-OPE/INS MORDAZA, 17 de noviembre del 2009.

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