Norma Legal Oficial del día 25 de noviembre del año 2009 (25/11/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, miercoles 25 de noviembre de 2009

NORMAS LEGALES

406519

· Carta Fianza Nº 010111094092 por el importe de S/. 49 962,10 (Cuarenta y nueve mil novecientos sesenta y dos con 10/100 Nuevos Soles) que garantiza el item 6 (Camion cisterna de 4 000 gls). 5. A traves de las Cartas Nº 007, 008, 009, 010, 011 y 012-2009-GRU-P-PECFBPDE/DAE del 30 de marzo de 2009, la Entidad devolvio al Consorcio Amazonico las cartas fianzas, a fin que regularice su MORDAZA, toda vez que estas contenian errores en su emision de digitacion. 6. En respuesta, con Carta Nº 65-2009/EQUIPMUND, el Consorcio Amazonico procedio a su subsanacion el mismo dia (30 de marzo de 2009). 7. El 30 de marzo de 2009, la Entidad y el Consorcio Amazonico suscribieron los siguientes contratos: · Contrato de "Adquisicion de maquinarias pesadas" Licitacion Publica Nº 001-2008-GRU-P-PECFB-DE-CE (item Nº 01 ­ Tractor sobre orugas), por la suma de S/. 1 173 144,00 (Un millon ciento setenta y tres mil ciento cuarenta y cuatro con 00/100 Nuevos Soles). · Contrato de "Adquisicion de maquinarias pesadas" Licitacion Publica Nº 001-2008-GRU-P-PECFB-DECE (item Nº 02 ­ Cargador frontal sobre ruedas), por la suma de S/. 767 382,00 (Setecientos sesenta y siete mil trescientos ochenta y dos con 00/100 Nuevos Soles). · Contrato de "Adquisicion de maquinarias pesadas" Licitacion Publica Nº 001-2008-GRU-P-PECFB-DE-CE (item Nº 03 ­ Motoniveladora articulada), por la suma de S/. 823 043,00 (Ochocientos veintitres mil cuarenta y tres con 00/100 Nuevos Soles). · Contrato de "Adquisicion de maquinarias pesadas" Licitacion Publica Nº 001-2008-GRU-P-PECFB-DE-CE (item Nº 04 ­ Rodillo compactador liso), por la suma de S/.873 600,00 (Ochocientos sesenta y tres mil seiscientos con 00/100 Nuevos Soles). · Contrato de "Adquisicion de maquinarias pesadas" Licitacion Publica Nº 001-2008-GRU-P-PECFB-DE-CE (item Nº 05 ­ Camion Volquete de 15 m3), por la suma de S/. 1 606 185,00 (Un millon seiscientos seis mil ciento ochenta y cinco con 00/100 Nuevos Soles). · Contrato de "Adquisicion de maquinarias pesadas" Licitacion Publica Nº 001-2008-GRU-P-PECFB-DE-CE (item Nº 06 ­ Camion cisterna de 4 000 gls), por la suma de S/. 499 621,00 (Cuatrocientos noventa y nueve mil seiscientos veintiuno con 00/100 Nuevos Soles). 8. Siendo que el 31 de marzo de 2009 se realizo la entrega y recepcion de las maquinarias, con Carta Nº 82-2009/EQUIPMUND, presentada en la misma fecha, el Consorcio Amazonico solicito a la Entidad que le devuelva las fianzas entregadas en garantia de fiel cumplimiento por los items 2, 4, 5 y 6 del MORDAZA de seleccion. 9. El 24 de MORDAZA de 2009, por medio de la Carta Nº 832009/EQUIPMUND, el Consorcio Amazonico requirio a la Entidad la devolucion de la carta fianza correspondiente al item 3 del MORDAZA de seleccion. 10. A traves del Oficio Nº 010-2009-GRU-CRU-CD/ CI del 02 de MORDAZA de 2009, la Entidad cito al Director Ejecutivo del Proyecto Carretera MORDAZA Basadre para que concurra el 06 de MORDAZA a las instalaciones del Consejo Regional a fin que absuelva interrogantes planteadas por los miembros de Comision Investigadora del MORDAZA de seleccion. 11. Por Oficio Nº 195-2009-GRU-P-PECFB-DE del 06 de MORDAZA de 2009, el Director Ejecutivo del Proyecto Carretera MORDAZA Basadre solicito al Presidente de la Comision Investigadora del MORDAZA de seleccion que se le expida copias fedateadas de la documentacion que clarifica que las cartas fianzas del Consorcio Amazonico son falsas, de acuerdo a lo informado en la reunion sostenida el 06 de MORDAZA de 2009. 12. En atencion a ello, mediante Oficio Nº 012-2009GRU-CRU-CD/CI del 07 de MORDAZA de 2009, el Presidente de la Comision Investigadora de la Entidad remitio al Director Ejecutivo del Proyecto Carretera MORDAZA Basadre la siguiente documentacion: · MORDAZA certificada del Oficio Nº 003-2009-GRU-CRUCD/CI, remitido por la Comision Investigadora solicitando informacion al banco Scotiabank.

· MORDAZA certificada de la Carta Nº 251-2009SCOTIABANK-SUC/PUC remitida por el banco Scotiabank a la Comision Investigadora. En dicha misiva, la citada entidad bancaria informo que la Carta Fianza Nº 010111032 es correcta en monto y firmas; no obstante, las demas fianzas cuestionadas son falsas. 13. Mediante Oficio Nº 200-2009-GRU-P-PECFB-DE, recibido por este Tribunal el 13 de MORDAZA de 2009, el Director Ejecutivo del Proyecto Especial Carretera MORDAZA Basadre remitio MORDAZA de la denuncia penal formulada el 08 de MORDAZA de 2009 contra los representantes legales y socios de las empresas integrantes del Consorcio Amazonico ante la Primera Fiscalia Provincial Mixta de Yarinacocha por la comision del delito contra la fe publica, en la modalidad de falsificacion y adulteracion de documentos, al haber presentado seis garantias de fiel cumplimiento falsas. Como sustento de sus imputaciones, acompano MORDAZA del Contrato de Consorcio suscrito por las mencionadas empresas, los documentos cuestionados, la Carta Nº 251-2009-SCOTIABANK-SUC/PUC remitida por el banco Scotiabank a la Comision Investigadora, y la denuncia penal a la que hizo referencia en su denuncia. 14. Por decreto del 17 de MORDAZA de 2009, el Tribunal inicio procedimiento administrativo sancionador a las empresas Inversiones e Importaciones MORDAZA S.A.C. y Equipamiento Municipal del Peru S.A.C., integrantes del Consorcio Amazonico, por supuesta responsabilidad en la MORDAZA de las Cartas Fianzas Nº 010111032000, 010111088 000, 010111094 000, 010111099 000, 010111099 000 y 010111094 092, todas de fecha 27.03.2009; documentos supuestamente falsos presentados en el MORDAZA de la Licitacion Publica Nº 00012008-GRU-P-PECFB-DE-CE Primera Convocatoria, y emplazo a los consorciados para que formulen sus descargos en el plazo de diez (10) dias habiles, bajo apercibimiento de resolver el procedimiento con la documentacion obrante en el expediente. 15. A traves del Oficio Nº 242-2009-GRU-P-PECFBDE del 13 de agosto de 2009, la Entidad reitero su comunicacion a efectos que se imponga sancion administrativa a los miembros del Consorcio Amazonico. 16. Mediante Oficio Nº 040-2009-GRU-CRU-CD/CI, recibido por este Tribunal el 21 de agosto de 2009, el Presidente de la Comision de Investigacion del Consejo Regional de Ucayali reitero la denuncia formulada en contra de las empresas que conformaron el Consorcio Amazonico. 17. El 11 de setiembre de 2009, la empresa Equipamiento Municipal del Peru S.A.C. se apersono a la instancia y formulo sus descargos en los terminos siguientes: i. Por Carta del 30 de marzo de 2009, el Consorcio presento los documentos solicitados para la firma del contrato, entre ellos, las garantias de fiel cumplimiento. Las mencionadas fianzas garantizaban a Equipamiento Municipal del Peru S.A.C. y estaban dirigidas al Gobierno Regional Ucayali mas no al Proyecto Especial Carretera MORDAZA Basadre, ya que este no se encontraba registrado ante la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria (SUNAT); asimismo, la Carta Fianza Nº 010111032 (item 1) era del 10% del monto contractual, es decir, por S/. 117 314,40 (Ciento diecisiete mil trescientos catorce con 40/100 Nuevos Soles), mientras que las demas cartas de credito fueron emitidas erradamente por el 1% del valor del contrato. ii. Atendiendo a la comunicacion verbal de la Entidad, el 03 de MORDAZA de 2009, mediante Carta Nº 245-2009/ EQUIPMUND que adjunta, solicito al banco Scotiabank la modificacion de dicha carta fianza, a fin que se rectifique el nombre de la Entidad. Las demas cartas fianzas no fueron objeto de modificacion; motivo por el cual Equipamiento Municipal del Peru S.A.C. desconoce si fueron cambiadas o adulteradas, pues de ser asi, no hubiera remitido la Carta Nº 245-2009/EQUIPMUND, toda vez que segun el documento adjuntado por la Entidad (Carta Nº 65-2009EQUIPMUND), esta tiene como fecha 30 de marzo de 2009.

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