TEXTO PAGINA: 66
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 26 de noviembre de 2009 406628 CONSIDERANDO: Que, el artículo 16º de la Ley de Radio y Televisión – Ley Nº 28278, concordado con el artículo 40º de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, dispone que las autorizaciones del servicio de radiodifusión se otorgan mediante concurso público cuando la cantidad de frecuencias o canales disponibles en una banda y localidad es menor al número de solicitudes admitidas; Que, mediante Informe Nº 2679-2009-MTC/28 se da cuenta que para el servicio de radiodifusión por televisión en VHF en la localidad de HUANCANÉ del departamento de Puno, el número de solicitudes admitidas es superior al de frecuencias disponibles, razón por la cual las respectivas autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusión deberán otorgarse por concurso público; Que, el artículo 41º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, establece que confi gurada la situación prevista en el artículo 40º del mismo cuerpo legal, se expedirá la resolución directoral señalando que las autorizaciones de la respectiva banda de frecuencias y localidad serán otorgadas por concurso público; De conformidad con lo dispuesto por la Ley de Radio y Televisión – Ley Nº 28278, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021- 2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo Único.- Declarar que las autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión por televisión en VHF en la localidad de HUANCANÉ del departamento de Puno, serán otorgadas mediante concurso público. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL CIPRIANO PIRGO Director General de Autorizaciones en Telecomunicaciones 427019-1 ORGANISMOS EJECUTORES INSTITUTO PERUANO DEL DEPORTE Aceptan renuncia de Director de la Unidad de Finanzas de la Oficina General de Administración del IPD RESOLUCION Nº 472-2009-P/IPD Lima, 2 de noviembre del 2009 VISTA: La carta de renuncia irrevocable presentada por el Sr. Hugo Labán Elera al cargo de Jefe de la Unidad de Finanzas de la Ofi cina General de Administración; y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 066-2007-P/IPD de fecha 31 de Enero de 2007, precisada mediante Resolución Nº 659-2009-P/IPD de fecha 30 de Noviembre de 2007, se designa al CPC HUGO LABAN ELERA, en el cargo de Director de Sistema Administrativo I, Nivel Remunerativo F-3, Jefe de la Unidad de Finanzas de la Ofi cina General de Administración del Instituto Peruano del Deporte, como funcionario de confi anza al amparo del Artículo 12º del Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Que, mediante documento de visto, el citado funcionario presenta su renuncia con carácter de irrevocable, por lo que es pertinente expedir el acto administrativo que corresponde; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594 que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionaros Públicos, concordante con el Artículo 77º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa, y en uso de la facultades conferidas por la Ley Nº 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte; y, Con las visaciones de la Ofi cina General de Administración, la Ofi cina de Asesoría Jurídica y Secretaría General; SE RESUELVE : Artículo 1º.- Aceptar, a partir del 30 de Octubre de 2009, la renuncia formulada por el CPC HUGO LABAN ELERA, en el cargo de Director de Sistema Administrativo I, Nivel Remunerativo F-3, Jefe de la Unidad de Finanzas de la Oficina General de Administración del Instituto Peruano del Deporte, funcionario de confianza al amparo del Artículo 12º del Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM. Artículo 2º.- Notifi car la presente Resolución a los órganos estructurados del Instituto Peruano del Deporte y al interesado. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARTURO WOODMAN POLLITT Presidente 427477-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Declaran la baja de oficio de persona natural en el Registro de Entidades Empleadoras y en el Registro de Asegurados Titulares y Derechohabientes ante ESSALUD RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA N° 1140240000055/SUNAT Tacna, 2 de noviembre del 2009 VISTO: el resultado de la verifi cación en los sistemas informáticos de SUNAT sobre las aportaciones al Seguro Social de Salud - ESSALUD - Ley 26790; efectuada por la contribuyente CHOQUEHUANCA ARUCUTIPA ALICIA, identifi cada con RUC Nº 10004742031, con domicilio fi scal en AHM Villa Cristo Rey Mz. 17 Lt. 26 del distrito, provincia y departamento de Tacna. CONSIDERANDO: Que conforme a lo establecido en el artículo 5° de la Ley General de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria – SUNAT, aprobada por el Decreto Legislativo N° 501, modifi cado por el artículo 1° de la Ley N° 27334, la SUNAT ejerce las funciones de administración de las aportaciones al Seguro Social de Salud - ESSALUD; Que, mediante los incisos a), b) y c) del artículo 4° del reglamento de la Ley N° 27334, aprobado por el Decreto Supremo N° 039-2001-EF, la SUNAT proporcionará al ESSALUD: a) El Registro de Entidades Empleadoras: contribuyentes y/o responsables de las Aportaciones a la Seguridad Social; b) El Registro de Asegurados Titulares y Derechohabientes ante el ESSALUD; Que, asimismo el primer párrafo del artículo 5° y del artículo 12° del Decreto Supremo N° 039-2001-EF, establecieron que la administración de las Aportaciones