Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2009 (26/11/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 74

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 26 de noviembre de 2009 406636 de 15.10.2009, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 72.GUILLEN AQUINO JUAN ANGEL, Inhabilitación por doce (12) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por participar en el proceso de selección, sin contar con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores, infracción tipifi cada en el numeral 5) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 2198-2009-TC-S1 de 15.10.2009, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 73. KOLPACK S.A.C., Inhabilitación por diez (10) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o información inexacta durante su trámite de inscripción como Ejecutor de Obras ante el Registro Nacional de Proveedores, causal tipifi cada en el numeral 10) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 2199-2009-TC-S1 de 15.10.2009, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 74. BASURTO IMPORTADORA COMERCIAL S.A.C., Inhabilitación por catorce (14) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolución del contrato por causal atribuible a su parte, infracción tipifi cada en el numeral 51.1 literal b) y numeral 1) literal b) del artículo 237º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017 y Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, respectivamente, según Resolución Nº 2200-2009-TC-S1 de 15.10.2009, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 75. 2GT HEALTH DISTRIBUTORS INTERNATIONAL S.A.C., Inhabilitación por doce (12) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 2203-2009-TC- S4 de 15.10.2009, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 76. CENTRO PAPELERO DE NORTE S.A., Inhabilitación por doce (12) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolución del contrato por causal atribuible a su parte, infracción tipifi cada en el numeral 2) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 2204-2009-TC-S4 de 15.10.2009, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 77. CORREA Y SAAVEDRA S.A.C., Inhabilitación por once (11) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 2209-2009-TC-S4 de 16.10.2009, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 78. SIAMCO CONTRATISTAS GENERALES S.R.L., Inhabilitación por diez (10) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 2212-2009-TC- S4 de 16.10.2009, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 79. ELECTRONICA MAFE S.A.C., Inhabilitación por once (11) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 2214-2009-TC-S4 de 16.10.2009, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 80. ZABARBURU DAZA DIOMIRA, Inhabilitación por seis (06) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por participar en el proceso de selección, sin contar con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores, infracción tipifi cada en el numeral 5) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 2217-2009-TC-S3 de 16.10.2009, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 81. PAPAFFAVA FERNANDEZ PERCY GUSTAVO, Mediante Resolución Nº 2382-2009-TC-S3 de 05.11.2009, se declaró infundado el recurso de reconsideración presentado por la indicada persona contra la Resolución Nº 2218-2009-TC-S3 de 16.10.2009, que la sanciona con catorce (14) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolución del contrato por causal atribuible a su parte, infracción tipifi cada en el numeral 2) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004- PCM. 82. GEOSINTETICOS E INSTALACIONES S.A.C., Inhabilitación por nueve (09) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 2220-2009-TC- S3 de 16.10.2009, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 83. MICROEMPRESA DE SERVICIOS MULTIPLES CADILLO ASOCIADOS S.A.C., Inhabilitación por diez (10) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 2223-2009-TC-S3 de 16.10.2009, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 84. ELECMEDIC S.A.C., Inhabilitación por nueve (09) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 2225-2009-TC-S4 de 16.10.2009, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 85. MACHUCA CHOCANO DAVID GREGORIO, Inhabilitación por seis (06) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por no suscribir injustifi cadamente el contrato, infracción tipifi cada en el numeral 1) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084- 2004-PCM, según Resolución Nº 2226-2009-TC-S4 de 16.10.2009, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 86. LIMAMED S.A.C., Mediante Resolución Nº 2423- 2009-TC-S3 de 10.11.2009, se declaró infundado el recurso de reconsideración presentado por la indicada empresa contra la Resolución Nº 2228-2009-TC-S3 de 16.10.2009, que la sanciona con seis (06) meses de inhabilitación en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 87. E Y R S.A. CONTRATISTAS GENERALES, Mediante Resolución Nº 2440-2009-TC-S3 de 11.11.2009, se declaró fundado en parte el recurso de reconsideración presentado por la indicada empresa contra la Resolución