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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 26 de noviembre de 2009 406632 en el numeral 1) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 2015-2009-TC-S3 de 16.09.2009, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 9. MINING OF SOUTH S.A.C., Mediante Resolución Nº 2262-2009-TC-S3 de 21.10.2009, se declaró infundado el recurso de reconsideración presentado por la indicada empresa contra la Resolución Nº 2017-2009-TC-S3 de 16.09.2009, que la sanciona con siete (07) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 10. COOPSOL DE LA AMAZONIA SERVICIOS EMPRESARIALES S.A., Mediante Resolución Nº 2263- 2009-TC-S4 de 21.10.2009, se declaró infundado el recurso de reconsideración presentado por la indicada empresa contra la Resolución Nº 2025-2009-TC-S4 de 17.09.2009, que la sanciona con nueve (09) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 11. JOSÉ LUIS BENDAYÁN MIGUEL, Mediante Resolución Nº 2268-2009-TC-S1 de 22.10.2009, se declaró infundado el recurso de reconsideración presentado por la indicada persona contra la Resolución Nº 2026-2009-TC- S1 de 18.09.2009, que la sanciona con nueve (09) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por no suscribir injustifi cadamente el contrato, causal tipifi cada en el literal a) del numeral 51.1 del artículo 237º de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF. 12. DEIVI COMP S.A.C., Mediante Resolución Nº 2269-2009-TC-S1 de 22.10.2009, se declaró infundado el recurso de reconsideración presentado por la indicada empresa contra la Resolución Nº 2050-2009-TC-S1 de 24.09.2009, que la sanciona con ocho (08) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 13. UNIVERSAL TRADING DEL PERU S.A., Mediante Resolución Nº 2353-2009-TC-S4 de 30.10.2009, se declaró infundado el recurso de reconsideración presentado por la indicada empresa contra la Resolución Nº 2055-2009-TC- S4 de 25.09.2009, que la sanciona con once (11) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 14. ROSALES VALENCIA BLANCA MIRTHA, Mediante Resolución Nº 2191-2009-TC-S4 de 14.10.2009, se declaró infundado el recurso de reconsideración presentado por la indicada persona contra la Resolución Nº 2064-2009-TC-S4 de 28.09.2009, que la sanciona con catorce (14) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolución del contrato por causal atribuible a su parte, infracción tipifi cada en el numeral 2) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004- PCM. 15. BIOQUIMICA PERUANA E.I.R.L., Mediante Resolución Nº 2300-2009-TC-S3 de 29.10.2009, se declaró infundado el recurso de reconsideración presentado por la indicada empresa contra la Resolución Nº 2074-2009-TC- S3 de 29.09.2009, que la sanciona con once (11) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 16. VALVULAS Y CONEXIONES DEL PACIFICO S.A., Mediante Resolución Nº 2256-2009-TC-S1 de 20.10.2009, se declaró infundado el recurso de reconsideración presentado por la indicada empresa contra la Resolución Nº 2084-2009-TC-S1 de 29.09.2009, que la sanciona con nueve (09) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 17. G.J. REPCOM S.A.C., Mediante Resolución Nº 2374-2009-TC-S4 de 03.11.2009, se declaró infundado el recurso de reconsideración presentado por la indicada empresa contra la Resolución Nº 2088-2009-TC-S4 de 30.09.2009, que la sanciona con nueve (09) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 18. SCAMARONE MOY DANIEL ALFONSO, Inhabilitación por doce (12) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 1), literal i) del artículo 237º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008- EF, según Resolución Nº 2089-2009-TC-S4 de 30.09.2009, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 19. PC-SOLUTIO’S E.I.R.L., Inhabilitación por once (11) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o información inexacta durante su trámite de inscripción como Proveedor de Bienes y Servicios ante el Registro Nacional de Proveedores, causal tipifi cada en el numeral 10) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 2090-2009-TC-S4 de 30.09.2009, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 20. ANDA CONTRATISTAS E.I.R.L., Inhabilitación por nueve (09) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 2094-2009-TC-S4 de 30.09.2009, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 21. CHECYA TTITO PEDRO, Inhabilitación por doce (12) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolución del contrato por causal atribuible a su parte, infracción tipifi cada en el numeral 2) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084- 2004-PCM, según Resolución Nº 2098-2009-TC-S4 de 30.09.2009, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 22. COMERCIALIZADORA Y DISTRIBUIDORA DE MAQUINARIAS PERU S.A.C. – CODIMAQ PERU S.A.C., Inhabilitación por doce (12) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolución del contrato por causal atribuible a su parte, infracción tipifi cada en el literal b) del artículo 51º de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017, según Resolución Nº 2099-2009-TC-S4 de 30.09.2009, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 23. IMJOSA S.A.C., Inhabilitación por diez (10) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 2100-2009-TC- S4 de 30.09.2009, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 24. SEÑALETICA DIGITAL DISEÑO INTEGRAL S.A.C., Inhabilitación por doce (12) meses en su derecho