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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2009 (26/11/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 73

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 26 de noviembre de 2009 406635 56. ARCUPIZA E.I.R.L., Mediante Resolución Nº 2391-2009-TC-S1 de 05.11.2009, se declaró infundado el recurso de reconsideración presentado por la indicada empresa contra la Resolución Nº 2166-2009-TC-S1 de 05.10.2009, que la sanciona con doce (12) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por participar en el proceso de selección, sin contar con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores, infracción tipifi cada en el numeral 1.e) del artículo 237º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008- EF. 57. METRO SECURITY AND SERVICES S.R.L., Mediante Resolución Nº 2415-2009-TC-S1 de 09.09.2009, se declaró infundado el recurso de reconsideración presentado por la indicada empresa contra la Resolución Nº 2167-2009-TC-S1 de 05.10.2009, que la sanciona con doce (12) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 58. DECOSER PUBLICITARIOS S.A.C., Inhabilitación por dieciséis (16) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por no mantener su oferta hasta la suscripción del contrato, infracción tipifi cada en el numeral 1) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084- 2004-PCM, según Resolución Nº 2169-2009-TC-S1 de 05.10.2009, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 59. MULTISERVICIOS LARREA Y RIOJAS S.A.C. – MULTISERVICIOS L Y R S.A.C., Mediante Resolución Nº 2392-2009-TC-S3 de 05.11.2009, se declaró infundado el recurso de reconsideración presentado por la indicada empresa contra la Resolución Nº 2170-2009-TC-S3 de 06.10.2009, que la sanciona con nueve (09) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 60. REGCORP S.A., Mediante Resolución Nº 2427- 2009-TC-S3 de 10.11.2009, se declaró infundado el recurso de reconsideración presentado por la indicada empresa contra la Resolución Nº 2172-2009-TC-S3 de 07.10.2009, que la sanciona con diez (10) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 61. WINSER CONTRATISTAS E.I.R.L., Inhabilitación por diez (10) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 2173-2009-TC-S3 de 07.10.2009, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 62. AGV PROYECTOS SATELITES PROTECCION Y ALIMENTACION ELECTRICA S.A.C. - AGV PROSAT S.A.C., Inhabilitación por doce (12) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 2174-2009-TC- S4 de 12.10.2009, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 63. WINSER CONTRATISTAS E.I.R.L., Inhabilitación por once (11) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 2175-2009-TC-S4 de 12.10.2009, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 64. BORRERO ROJAS ILDE FRANCESCA, Inhabilitación por diez (10) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el inciso f) del artículo 205º de Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, según Resolución Nº 2178-2009-TC-S4 de 12.10.2009, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 65. SERTEROS S.R.L., Inhabilitación por catorce (14) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolución del contrato por causal atribuible a su parte, infracción tipifi cada en el numeral 2) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 2180-2009-TC-S1 de 12.10.2009, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 66. PROXIMED S.A.C., Mediante Resolución Nº 2383- 2009-TC-S3 de 05.11.2009, se declaró fundado en parte el recurso de reconsideración presentado por la indicada empresa contra la Resolución Nº 2181-2009-TC-S3 de 12.10.2009, reformando el período de sanción de nueve (09) a cinco (05) meses de inhabilitación en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 67. ASOCIACION CORPORACION DEL AGRO LAMBAYEQUE, Inhabilitación defi nitiva en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber incurrido en el artículo 303º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 2184-2009-TC-S3 de 13.10.2009, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notificada la indicada resolución. 68. SUPPLY CHAIN MANAGEMENT S.A.C., Inhabilitación por quince (15) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por no suscribir injustifi cadamente el contrato, infracción tipifi cada en el numeral 1) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084- 2004-PCM, según Resolución Nº 2187-2009-TC-S3 de 13.10.2009, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 69. CAYCO MARQUEZ EFRAIN WALTER, Inhabilitación por catorce (14) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por participar en el proceso de selección, sin contar con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores, infracción tipifi cada en el numeral 5) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 2194-2009-TC- S3 de 14.10.2009, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 70. BIOQUIMICA PERUANA E.I.R.L., Mediante Resolución Nº 2425-2009-TC-S3 de 10.11.2009, se declaró infundado el recurso de reconsideración presentado por la indicada empresa contra la Resolución Nº 2195-2009-TC- S3 de 14.10.2009, que la sanciona con once (11) meses de inhabilitación en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 71. ANGULOS RANURADOS ABBA S.A.C., Inhabilitación por catorce (14) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por no suscribir injustifi cadamente el contrato, infracción tipifi cada en el numeral 1) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084- 2004-PCM, según Resolución Nº 2197-2009-TC-S1