Norma Legal Oficial del día 01 de octubre del año 2009 (01/10/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano MORDAZA, jueves 1 de octubre de 2009

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

403629

ORGANOS AUTONOMOS ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES
Declaran que diversas unidades academicas programadas por las facultades y Escuela de Posgrado de la Universidad Nacional Mayor de San MORDAZA han sido organizadas de acuerdo a su Estatuto
COMISION DE COORDINACION INTERUNIVERSITARIA RESOLUCION Nº 985-2009-ANR MORDAZA, 3 de septiembre de 2009 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: El Oficio Nº 02190-SG-2009 de fecha 15 de MORDAZA de 2009, de la Universidad Nacional Mayor de San MORDAZA, el Informe Nº 070-2009-DGDAC de fecha 27 de agosto de 2009, el Memorando Nº 728-2009-SE de fecha 13 de agosto de 2009, y; CONSIDERANDO: Que, en el MORDAZA de las atribuciones previstas por el inciso e) del articulo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733, precisa que la creacion de carreras, programas academicos y de MORDAZA especialidad acordados por una Universidad, requieren de la coordinacion previa e indispensable con la Asamblea Nacional de Rectores; Que, teniendo en cuenta los alcances del considerando anterior, el Secretario General de la Universidad Nacional Mayor de San MORDAZA, con oficio de vistos, hace llegar la documentacion correspondiente a la creacion y organizacion de las Carreras Profesionales en sus Facultades respectivas; y los Programas de Maestria y MORDAZA Especializacion que ofrece la Escuela de Posgrado; Que, de acuerdo a lo previsto por el articulo 15º del Estatuto de fecha 22 de septiembre de 1984, la Escuela de Posgrado de la Universidad Nacional Mayor de San MORDAZA, es la unidad academica encargada de planificar, organizar y dirigir los estudios de MORDAZA especializacion, maestria y doctorado; Que, habiendose examinado la documentacion que contiene las resoluciones de creacion y organizacion de las nuevas carreras profesionales; maestrias y MORDAZA especializacion, con la descripcion y MORDAZA de implementacion de la respectiva infraestructura, del personal docente, asi como de los curriculos de estudios que comprende la organizacion academica de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos; se desprende que cumplen con los requisitos academicos necesarios para su funcionamiento; Que, mediante Informe de Vistos de fecha 27 de agosto de 2009, la Direccion General de Desarrollo Academico (e), de acuerdo a los considerandos precedentes, propone expedir la correspondiente resolucion; Que, mediante memorando de vistos, el Secretario Ejecutivo dispone la elaboracion de una resolucion, por la que se declare que las carreras profesionales en sus Facultades respectivas; Maestrias y Segundas Especialidades de las Unidades de Posgrado de la Universidad Nacional Mayor de San MORDAZA, se han organizado de acuerdo a su Estatuto de fecha 22 de septiembre de 1984; Estando a la autorizacion de la Alta Direccion; En uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud de la Ley Universitaria Nº 23733 y del Reglamento General de la Comision de Coordinacion Interuniversitaria;

Articulo 1º.- Declarar que las siguientes unidades academicas programadas por las facultades y Escuela de Posgrado de la Universidad Nacional Mayor de San MORDAZA, han sido organizadas de acuerdo a su Estatuto de fecha 22 de septiembre de 1984, como sigue: * Facultad de Educacion - Licenciatura en Educacion para Profesores de Lenguas Extranjeras sin titulo pedagogico, especialidades de Ingles-Castellano, y Frances-Castellano; * Facultad de Farmacia y Bioquimica - Escuela Academico Profesional de Toxicologia - Escuela Academico Profesional de Ciencia de los Alimentos - Maestria en Quimica Clinica; * Facultad de Ingenieria de Sistemas e Informatica - Escuela Academico Profesional de Ingenieria de Software; * Facultad de Ingenieria Industrial - Escuela Academico Profesional de Ingenieria Textil y Confecciones; * Facultad de Medicina Veterinaria - Maestria en Ciencia Animal con mencion en Produccion y Reproduccion Animal; * Facultad de Psicologia - MORDAZA Especialidad Profesional en Estrategias de Evaluacion e Intervencion en Dificultades de Lenguaje Infantil, y - MORDAZA Especialidad Profesional en Intervencion Temprana en Ninos con y sin Necesidades Educativas Especiales. Articulo 2º.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina Web de la Asamblea Nacional de Rectores Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector de la Universidad MORDAZA MORDAZA y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 403491-1

CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA
Cancelan titulo de Vocal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA - Pasco y expiden titulo de Jueza Superior de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA
RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 576-2009-CNM MORDAZA, 18 de setiembre de 2009

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