Norma Legal Oficial del día 01 de octubre del año 2009 (01/10/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano MORDAZA, jueves 1 de octubre de 2009

NORMAS LEGALES

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Indice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional correspondiente al mes de setiembre de 2009
RESOLUCION JEFATURAL Nº 267-2009-INEI MORDAZA, 30 de setiembre del 2009. CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica INEI, elabora el Indice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional, adoptando como periodo Base: Ano 1994 = 100,00 a partir del mes de enero de 1999; Que, es necesario disponer la publicacion de la Variacion Mensual y Acumulada del Indice de Precios al Por Mayor a Nivel Nacional del mes de setiembre del 2009, y del Boletin Mensual de Indicadores de Precios de la Economia, que contiene la informacion oficial del Indice de Precios al Por Mayor; En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 6º del Decreto Legislativo Nº 604, "Ley de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica". SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Indice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional con la Base: Ano 1994= 100,00, correspondiente al mes de setiembre del 2009, asi como su variacion mensual y acumulada.
ANO/MES 2009 ENERO FEBRERO MARZO MORDAZA MORDAZA JUNIO MORDAZA AGOSTO SETIEMBRE 195,549204 192,522055 191,563075 190,213283 188,918423 188,201426 188,296305 187,504712 187,393666 -1,51 -1,55 -0,50 -0,70 -0,68 -0,38 0,05 -0,42 -0,06 -1,51 -3,03 -3,51 -4,19 -4,85 -5,21 -5,16 -5,56 -5,61 NUMERO INDICE BASE 1994 VARIACION PORCENTUAL MENSUAL ACUMULADA

Articulo 2º.- Aprobar la publicacion del Boletin Mensual de Indicadores de Precios de la Economia, que contiene la informacion Oficial del Indice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional, correspondiente al mes de setiembre del 2009. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe 404555-2

su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0492002-AG, con sus respectivas normas modificatorias, se establecen beneficios que fomentan la actividad del Sector Agrario en el MORDAZA, entre los que se encuentra el Seguro de Salud para los trabajadores agrarios; Que, mediante Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nº 380-PE-ESSALUD-2008 de 11.08.2008 se aprobo la Estructura Organica y el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Gerencia Central de Aseguramiento, cuyo articulo 1º establece que la Gerencia Central de Aseguramiento es el organo de linea de la Gerencia General, rectora y normativa del Sistema de Aseguramiento, encargada de administrar el Regimen Contributivo de la Seguridad Social, seguros encargados por Ley y otros seguros de salud y de riesgos humanos de EsSalud; Que, asimismo, el Reglamento en mencion senala en los incisos c) y m) del articulo 7º que compete a la Gerencia Central de Aseguramiento, dirigir y controlar los planes, procesos, actividades y resultados relacionados con el Regimen Contributivo de la Seguridad Social en Salud, los seguros encargados por Ley y otros seguros de salud y de riesgos humanos de EsSalud; asimismo le compete dirigir la formulacion e implementacion de las normas, procedimientos e indicadores del sistema de Aseguramiento; evaluar su impacto y controlar su cumplimiento en el ambito nacional; Que, mediante Acuerdo de Consejo Directivo Nº 21-ESSALUD-2005 se ha establecido los requisitos para la afiliacion al Seguro de Salud Agrario Independiente, que permitan la correcta afiliacion al mencionado seguro. Asimismo, mediante Resolucion Nº 009-GCRE-ESSALUD1999, se establecio entre otros aspectos la utilizacion del Formulario 6005 para el Registro en el Seguro de Salud Agrario independiente; Que, es necesario implementar un MORDAZA modelo de afiliacion para los asegurados agrarios independientes que contribuya a mejorar la gestion de aseguramiento, estableciendo nuevos requisitos, formulario y procedimientos de registro y causales de baja del registro, a fin de evitar afiliaciones y otorgamiento de prestaciones de manera indebida. En tal sentido, tambien es necesario dejar sin efecto el Formulario 6005; Que, para la implementacion del MORDAZA modelo de afiliacion en mencion, es importante que EsSalud promueva la participacion de Organizaciones Sociales Representativas de los trabajadores agrarios y acuicolas independientes, las mismas que se constituyen en aliados estrategicos para facilitar los procesos de aseguramiento de EsSalud y garantizar su legitimo acceso a la Seguridad Social en Salud. En tal sentido, es necesario aprobar e implementar procedimientos que precisen las actividades que deberan realizar dichas Organizaciones Sociales; Que, MORDAZA las caracteristicas de la actividad agraria, tambien es necesario establecer criterios especificos para la asignacion de los centros asistenciales de los asegurados del Seguro de Salud Agrario Independiente que se desplazan de manera temporal de una MORDAZA geografica a otra, para el desarrollo de sus actividades, a fin de permitir el acceso adecuado a las prestaciones respectivas; Que, de conformidad con las facultades conferidas; SE RESUELVE: Articulo 1º.- APROBAR el Formulario 1069 Registro del Afiliado Titular al Seguro de Salud Agrario Independiente, que comprende de un original (EsSalud), una MORDAZA (Usuario) y una MORDAZA (Organizacion Social Representativa - OSR), el mismo que sera publicado en la pagina web del Seguro Social de Salud - EsSalud. El Formulario 1069 Registro del Afiliado Titular al Seguro de Salud Agrario Independiente, debera ser utilizado para las modalidades de registro Individual y Colectivo, asi como para la actualizacion de requisitos de inscripcion, al Seguro de Salud Agrario Independiente de EsSalud. Articulo 2º.- APROBAR los requisitos de inscripcion al Seguro de Salud Agrario Independiente, asi como tambien las causales de baja del registro al seguro en mencion, de acuerdo con lo siguiente:

SEGURO SOCIAL DE SALUD
Aprueban Formulario 1069 Registro del Afiliado Titular al Seguro de Salud Agrario Independiente
RESOLUCION DE LA GERENCIA CENTRAL DE ASEGURAMIENTO Nº 12-GCASEG-ESSALUD-2009 MORDAZA, 29 de setiembre de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 27360, Ley que aprueba las Normas de Promocion del Sector Agrario, asi como

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