Norma Legal Oficial del día 01 de octubre del año 2009 (01/10/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano MORDAZA, jueves 1 de octubre de 2009

NORMAS LEGALES

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inscripcion al Seguro de Salud Agrario Independiente, lo que permitira que la liquidacion de las aportaciones mensuales se generen con el numero de asociados titulares registrados hasta dicho dia. 8.2.4 Baja del registro del afiliado titular y derechohabientes, a solicitud del titular Cuando el asociado titular manifieste su voluntad de desafiliarse del Seguro de Salud Agrario Independiente, la OSR debera efectuar e informar la baja a EsSalud a traves del aplicativo del SSAI (via web). Asimismo, debera presentar a las areas operativas de EsSalud el Formulario respectivo para formalizar la baja. La OSR, tambien debera dar de baja al registro, en casos los asociados que dejen de formar parte de la Organizacion. EsSalud garantizara el registro de los asociados titulares y de sus derechohabientes en el Seguro de Salud Agrario independiente, en la medida que la informacion enviada por la OSR se encuentre conforme, remita el archivo a EsSalud a traves de una aplicativo SSAI (via web) y la documentacion requisito se presente completa y con oportunidad. En caso de existir retrasos por las situaciones indicadas, EsSalud se encuentra facultado a realizar el registro de los asociados titulares y derechohabientes pre registrados por la OSR en el siguiente periodo. 8.3. Procedimiento de liquidacion y pago de aportes de asegurados a traves de las OSR La OSR obtendra el reporte de liquidacion de las aportaciones de los asegurados, a traves de la web de EsSalud, encontrandose disponible desde el primer dia del mes siguiente del periodo de generacion. La liquidacion consignara el monto total de las aportaciones del total de asociados titulares registrados ante EsSalud. Dicho monto variara cuando la OSR presente informacion de pre registro de nuevos asociados titulares y EsSalud los registre, asi como cuando informe la baja de asociados titulares ya registrados. El pago de las aportaciones se realizara utilizando el identificador denominado NCO, Numero Correlativo OSR, generado con el registro de la OSR. Sin la MORDAZA del NCO, la OSR no podra efectuar el pago de las aportaciones. La OSR debera efectuar el pago de las aportaciones de manera integral, segun la liquidacion. No se permiten pagos de aportes en forma parcial. Dichos pagos se pueden efectuar en forma adelantada (mensual, bimestral, trimestral, semestral o anual). 404553-1

de Aseguramiento; evaluar su impacto y controlar su cumplimiento en el ambito nacional; Que, mediante Resolucion Nº 009-GCRE-ESSALUD1999 se establecio entre otros aspectos, la utilizacion en el MORDAZA de registro de asegurados que se realiza en EsSalud, del Formulario 6051 Registro de domicilio de asegurados, Formulario y Anexo 6052 Registro de derechohabientes y Formulario 6053 Actualizacion del documento de identidad de menores de edad. Asimismo, mediante Resolucion Nº 059-GCASEG-GDA-ESSALUD2004 se aprueba el Formulario 1068 Solicitud de Rectificacion de Datos Basicos y Generales del Asegurado y Unificacion de Autogenerados; Que, mediante Decreto Supremo Nº 013-2002-TR se aprueba el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Seguro Social de Salud ­ EsSalud, el cual comprende entre otros, los procedimientos de registro de asegurados (titulares y derechohabientes) de los seguros que administra EsSalud; Que, con Resolucion de Gerencia General Nº 349-GGESSALUD-2008, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 01.04.2008, EsSalud establece entre otros aspectos, la MORDAZA del Documento Nacional de Identidad ­ DNI, como requisito para el registro de asegurados menores de edad y otorgamiento de prestaciones de seguridad social en salud; Que, con la finalidad de simplificar, estandarizar y mejorar los procedimientos de registro de asegurados de EsSalud, es necesario unificar en un formulario las transacciones relacionadas con el registro de asegurados, como son la inscripcion, modificacion y/o actualizacion de datos y la baja; asimismo, es necesario precisar y actualizar los requisitos para el registro de los asegurados; Que, de conformidad con las facultades conferidas; SE RESUELVE: Articulo 1º.- APROBAR el Formulario 1085 Registro de Asegurados, que comprende un original (EsSalud) y una MORDAZA (Usuario); y el Anexo del Formulario 1085 Registro de Asegurados, que comprende un original (EsSalud) y una MORDAZA (Usuario), los mismos que seran publicados en la pagina web del Seguro Social de Salud - EsSalud. El Formulario 1085 Registro de Asegurados, debera ser utilizado para lo siguiente: - Registro de asegurados titulares del Seguro Regular y Seguro de Salud Agrario Dependiente y de otros seguros que EsSalud determine. Este registro es excepcional y permitira el acceso a las prestaciones correspondientes de los seguros que administra EsSalud. - Registro de derechohabientes del Seguro Regular, Seguro de Salud Agrario (Dependiente e Independiente). Articulo 2º.- PRECISAR que el termino "Registro" a que se refiere el articulo 1º de la presente Resolucion, considera Inscripcion, Modificacion y/o Actualizacion de Datos y Baja de registro de asegurados. Articulo 3º.- PRECISAR los requisitos para el registro de asegurados titulares y derechohabientes, de acuerdo con lo siguiente: 3.1 Registro del asegurado titular

Aprueban Formulario 1085 Registro de Asegurados
RESOLUCION DE GERENCIA CENTRAL DE ASEGURAMIENTO N° 13-GCASEG-ESSALUD-2009 MORDAZA, 30 de setiembre de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Presidencia Ejecutiva N° 380-PE-ESSALUD-2008 de 11.08.2008 se aprobo la Estructura Organica y el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Gerencia Central de Aseguramiento, cuyo articulo 1° establece que la Gerencia Central de Aseguramiento es el organo de linea de la Gerencia General, rectora y normativa del Sistema de Aseguramiento, encargada de administrar el Regimen Contributivo de la Seguridad Social en Salud, seguros encargados por Ley y otros seguros de salud y de riesgos humanos de EsSalud; Que, asimismo, el Reglamento en mencion senala en los incisos c) y m) del articulo 7º que compete a la Gerencia Central de Aseguramiento, dirigir y controlar los planes, procesos, actividades y resultados relacionados con el Regimen Contributivo de la Seguridad Social en Salud, los seguros encargados por Ley y otros seguros de salud y de riesgos humanos de EsSalud; asimismo le compete dirigir la formulacion e implementacion de las normas, procedimientos e indicadores del sistema

Presentar: · Formulario 1085 Registro de Asegurados (original y copia), con firma del representante legal de la entidad empleadora y/o del asegurado titular segun corresponda. · MORDAZA de MORDAZA o contrato de trabajo o MORDAZA boleta de pago o ultimo comprobante de pago del aporte. · MORDAZA de documentos que sustenten la modificacion y/o actualizacion de datos. · En caso de baja de registro: - MORDAZA del Acta o Partida de Defuncion emitida por RENIEC o Municipalidad, por fallecimiento. - MORDAZA del Acta de Defuncion inscrita en el consulado peruano del MORDAZA de origen; por fallecimiento en el extranjero. - MORDAZA de documentos que sustenten la baja de registro, generado por otros motivos.

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