Norma Legal Oficial del día 06 de septiembre del año 2009 (06/09/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 6 de setiembre de 2009

NORMAS LEGALES

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dentro de los plazos y condiciones establecidos en la Disposicion Vinculada N° 03. A efectos de cumplir con la liquidacion de las operaciones, el pago de fondos y la entrega de los valores, deberan tener la condicion de disponibilidad inmediata, en el plazo establecido para cada MORDAZA de operacion. Tratandose de la liquidacion de operaciones realizadas en mecanismos distintos a los conducidos por las Bolsas, el cumplimiento de las obligaciones de entrega de valores y/o fondos, se efectuara dentro de los plazos, horarios y condiciones establecidos en las Disposiciones Vinculadas correspondientes. CAVALI, luego de verificar la existencia de fondos y/o valores para el perfeccionamiento de la operacion, procede a realizar el MORDAZA de liquidacion de operaciones, verificando la realizacion de los pagos y efectuando las transferencias desde la cuenta que mantiene CAVALI en el Agente Liquidador, hacia las cuentas de los Participantes Directos encargados de la liquidacion en sus respectivos Bancos Liquidadores. En forma simultanea, se procede a otorgar la propiedad de los valores adquiridos, registrando los valores disponibles en la Cuenta Matriz de los Participantes Directos encargados de la liquidacion y de los titulares compradores, cuidando de asegurar la aplicacion del MORDAZA de entrega contra pago, con lo que se produce la liquidacion final de la operacion. No obstante lo mencionado, y en tanto las caracteristicas y normas que regulen tales operaciones lo permitan, estas podran ser liquidadas en fondos en forma directa entre los Participantes, lo cual se establecera en la respectiva Disposicion Vinculada. En caso la operacion MORDAZA sido pactada como Liquidacion Directa en fondos, se procedera a otorgar la disponibilidad de valores al Participante comprador, cuando el Participante vendedor MORDAZA cumplido con la entrega de valores y confirmado la recepcion de los fondos del Participante comprador. 2. De la liquidacion a traves de otro Participante Un Participante Directo podra encargar la liquidacion de sus operaciones a otro Participante Directo. El encargo se podra realizar por la totalidad de las operaciones o por una operacion o titular. Los Participantes Directos encargados de la liquidacion deberan confirmar dicho encargo conforme se establece seguidamente. La confirmacion del encargo de liquidacion por la totalidad de las operaciones, o por una operacion o titular, debera efectuarse a traves del sistema y dentro de los plazos establecidos en la Disposicion Vinculada N° 03. Esta confirmacion implica la aceptacion del Participante encargado de la liquidacion de la responsabilidad de la liquidacion ante CAVALI hasta que esta se realice. En el caso de las operaciones que no hubiesen sido confirmadas para ser liquidadas por parte del Participante Directo designado, la responsabilidad y las sanciones a que hubiere lugar, recaen sobre los Participantes responsables de la negociacion. En caso la confirmacion de la operacion no se realice hasta el horario indicado en la correspondiente Disposicion Vinculada y esta MORDAZA sido reasignada al Participante responsable de la negociacion, a solicitud de este ultimo y siempre que la operacion no MORDAZA sido liquidada, podra ser encargada nuevamente para su liquidacion. En este caso, el Participante Directo encargado de la liquidacion debera confirmar el encargo hasta el plazo indicado en la Disposicion Vinculada N° 03. Excepcionalmente el Participante responsable de la negociacion podra solicitar a otro Participante de CAVALI, sea este Directo o Indirecto, la entrega y recepcion solo de los valores para la liquidacion de una operacion, conforme se indica en las Disposiciones Vinculadas correspondientes. En este caso, la responsabilidad de la liquidacion se mantiene en el Participante Directo que realizo la negociacion de la operacion. 3. De la Liquidacion en fondos mediante el esquema de neteo multilateral de operaciones CAVALI puede establecer, segun condiciones del MORDAZA y respetando los principios establecidos en el Reglamento, procesos de neteo para la liquidacion de fondos. No se efectuaran liquidaciones parciales de una operacion en fondos.

3.1 De las Operaciones al Contado (valores de renta variable e instrumentos de deuda) 3.1.1 Primer MORDAZA Automatico de Liquidacion Este MORDAZA incluira la liquidacion de todas aquellas Operaciones al Contado con valores de renta variable e instrumentos de deuda y, cuya fecha de liquidacion (FL1) sea el dia del proceso. Asimismo, se incluiran las operaciones cuya Liquidacion Anticipada MORDAZA sido solicitada explicitamente por los Participantes Directo responsables de la negociacion y aceptada por el Participante Directo encargado de la liquidacion, de ser el caso. Para estos efectos, CAVALI procedera con la verificacion de la entrega de valores, dentro de los plazos y horarios establecidos en la Disposicion Vinculada N° 03. En caso de no ser conforme, CAVALI procedera al retiro de operaciones del MORDAZA Automatico de Liquidacion por falta de valores, para su liquidacion a traves del siguiente MORDAZA Automatico de Liquidacion. Asimismo, CAVALI efectuara la liquidacion de fondos, aplicando el esquema de neteo multilateral, tomando para ello el resultado de las posiciones netas obtenidas en el MORDAZA de compensacion. En tal sentido, CAVALI procedera a verificar la disponibilidad de fondos de aquellos Participantes Directos encargados de la liquidacion que tuvieran posiciones netas deudoras al inicio del proceso. Las obligaciones netas del Participante Directo encargado de la liquidacion deberan ser cubiertas con los fondos disponibles que mantiene este en su Banco Liquidador para ser transferidos a la cuenta que mantiene CAVALI en el Agente Liquidador. Una vez realizada esta transferencia, CAVALI acreditara los fondos en la Cuenta Efectivo del Participante correspondiente, para efectos del MORDAZA de verificacion de fondos. Una vez verificados los fondos, conforme a lo indicado precedentemente, y verificada la entrega de valores, CAVALI liquidara la operacion aplicando el siguiente procedimiento: a. Se cargan los fondos de la Cuenta Efectivo del Participante Directo encargado de la liquidacion que tenga posicion MORDAZA deudora. b. Se descuentan los Valores de la Cuenta del Participante Directo encargado de la liquidacion de las operaciones de venta. c. Se da disponibilidad de los valores al Participante Directo encargado de la liquidacion de las operaciones de compra. d. Se realiza la transferencia de fondos a la Cuenta Efectivo del Participante Directo encargado de la liquidacion con posicion MORDAZA acreedora, para su posterior deposito en su Banco Liquidador. A solicitud de este Participante, CAVALI mantendra dichos fondos en la cuenta de esta en el Agente Liquidador y los registrara a favor del Participante en su Cuenta Efectivo, a fin de cumplir con sus obligaciones de pago posteriores durante el dia, de ser el caso. La liquidacion final se producira cuando los fondos en referencia MORDAZA depositados en la cuenta del Participante Directo encargado de la liquidacion en su respectivo Banco Liquidador o cuando MORDAZA acreditados en su Cuenta Efectivo, siempre que el Participante lo MORDAZA instruido en este ultimo caso. En caso las obligaciones no fueran cubiertas en su totalidad con los fondos disponibles, estos deberan ser complementados con los mecanismos de cobertura establecidos por CAVALI en el articulo 8° del Capitulo De la Compensacion y Liquidacion. Para proceder con la aplicacion de los mecanismos de cobertura MORDAZA mencionados, el Participante Directo encargado de la liquidacion debera informar a CAVALI, en los plazos y horarios establecidos en la Disposicion Vinculada N° 03, las operaciones que deberan ser cubiertas con los fondos provenientes de los mecanismos de cobertura. De lo contrario, CAVALI bajo responsabilidad del Participante Directo encargado de la liquidacion, procedera con la seleccion de operaciones tomando en cuenta los criterios establecidos para el retiro de operaciones por insuficiencia de fondos, los que se detallan a continuacion:

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