NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2009 (06/09/2009)
CANTIDAD DE PAGINAS: 32
TEXTO PAGINA: 15
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 6 de setiembre de 2009 402129 Cuenta Efectivo del Participante y los descontará de la misma, en la asignación, previo al proceso de liquidación. El saldo de la Cuenta Efectivo podrá ser conformado por: - Fondos disponibles en la cuenta que mantiene CAVALI en el Agente Liquidador depositados por el Banco Liquidador, a instrucción del Participante - Fondos que hubiera mantenido el Participante en su Cuenta Efectivo, producto de operaciones liquidadas a su favor - Saldo remanente de la realización de Procesos Automáticos de Liquidación anteriores, y/o - Devoluciones de márgenes de garantía en efectivo En caso se verifi que la no conformidad en la entrega de valores y/o márgenes de garantía, CAVALI procederá al retiro de operaciones del Proceso Automático de Liquidación por falta de valores, para su liquidación a través del siguiente proceso. De otro lado, CAVALI procederá a verifi car la disponibilidad de fondos correspondientes a las operaciones incluidas en el Proceso Automático de Liquidación, de aquellos Participantes Directos encargados de la Liquidación que tuvieran posiciones netas deudoras al inicio del proceso. Las obligaciones netas del Participante Directo encargado de la liquidación, deberán ser cubiertas con los fondos depositados a través de su Banco Liquidador, a la cuenta de CAVALI en el Agente Liquidador. Una vez realizado este depósito, CAVALI acreditará los fondos en la Cuenta Efectivo del Participante correspondiente, para efectos del proceso de verifi cación de fondos. Una vez verifi cados los fondos, y verifi cada la entrega de valores y los márgenes de garantía, CAVALI procederá con la liquidación de las operaciones de la siguiente manera: a. Se cargan los fondos de la Cuenta Efectivo del Participantes liquidador que tenga posición neta deudora. b. Para las operaciones contado, se descuentan los valores de la Cuenta del Participante Directo encargado de la liquidación vendedor y se entregan al Participante Directo encargado de la liquidación como bloqueados. Para las operaciones plazo, se liberan los valores del principal en la cuenta del Participante Directo encargado de la liquidación vendedor y se transfieren a la cuenta del Participante Directo encargado de la liquidación comprador; asimismo, se libera el margen de garantía en la cuenta del Participante Directo encargado de la liquidación comprador. En el caso de los márgenes de garantía constituidos en efectivo, éstos serán acreditados en la Cuenta Efectivo del Participante Directo encargado de la liquidación comprador. c. Se realiza la transferencia de fondos a la Cuenta Efectivo del Participante Directo encargado de la liquidación con posición neta acreedora, para su posterior depósito en su Banco Liquidador. A solicitud de este Participante, CAVALI mantendrá dichos fondos en la cuenta de ésta en el Agente Liquidador y los registrará a favor del Participante en su Cuenta Efectivo, a fi n de cumplir con sus obligaciones de pago posteriores durante el día, de ser el caso. La liquidación fi nal se producirá cuando los fondos en referencia sean depositados en la cuenta del Participante Directo encargado de la liquidación en su respectivo Banco Liquidador o cuando sean acreditados en su Cuenta Efectivo, siempre que el Participante lo haya instruido en este último caso Si el Participante Directo encargado de la liquidación no cumpliera con el total de las obligaciones netas, se procederá con el retiro de operaciones correspondientes, hasta por el importe faltante, siendo obligación del Participante Directo encargado de la liquidación el informar a CAVALI, en los plazos y horarios establecidos en la Disposición Vinculada N° 3, las operaciones que por no haber sido cubiertas o pagadas oportunamente deberán ser retiradas del Proceso Automático de Liquidación. En el caso que el Participante no remita dicha comunicación en los plazos y horarios establecidos, CAVALI, bajo responsabilidad del Participante Directo encargado de la Liquidación procederá con el retiro de las operaciones, aplicando los siguientes criterios en el orden indicado: a) Se retirarán operaciones de compra a plazo que no incrementen las posiciones netas deudoras de los Participantes Directos que actúan como contrapartes. b) Se retirarán operaciones de compra a plazo de tal manera que las posiciones netas de las contrapartes permanezcan como acreedoras. c) Se retirarán las operaciones compra contado. d) Se retirarán las operaciones compra a plazo que se encuentren sujetas a una Situación Extraordinaria. Asimismo, podrán ser retiradas del Proceso Automático de Liquidación las operaciones que incluyan titulares que estuvieran aplicando los fondos de operaciones de reporte para la liquidación de otras operaciones, conforme a lo dispuesto en la Disposición Vinculada N° 03, para su liquidación a través del Proceso Tradicional de Liquidación. 3.3 Para el caso de las operaciones de compra a plazo con prima Para el caso de las operaciones de compra a plazo con prima, en la fecha de vencimiento de la operación contado (FL1) CAVALI realizará el cobro del importe correspondiente a la Prima que deberá pagar el Participante Directo comprador. Asimismo, de ser el caso, en la fecha de liquidación de la operación plazo (FL2) las operaciones que estuvieran vigentes se liquidarán en la forma de liquidación fi nanciera, importe que deberá ser pagado por el Participante Directo vendedor. Las obligaciones del Participante Directo encargado de la liquidación deberán ser cubiertas con los fondos disponibles que mantiene éste en su Banco Liquidador para ser transferidos a la cuenta que mantiene CAVALI en el Agente Liquidador. La liquidación se producirá cuando los fondos en referencia sean depositados en la cuenta del Participante Directo encargado de la liquidación en su respectivo Banco Liquidador o cuando sean acreditados en su Cuenta Efectivo, siempre que el Participante lo haya instruido en este último caso. Al inicio del Proceso Automático de Liquidación, CAVALI procederá con la verifi cación de la entrega de márgenes de garantía por parte del Participante Vendedor, dentro de los plazos y horarios establecidos en la Disposición Vinculada N° 03. En caso de no ser conforme, CAVALI procederá al retiro de operaciones del Proceso Automático de Liquidación por falta de entrega de márgenes de garantía, para su liquidación a través del siguiente Proceso Automático de Liquidación. En caso un Participante Directo contara, en el mismo día de liquidación, con obligaciones por pagar y fondos por recibir correspondientes tanto en el contado (FL1) como en el plazo (FL2), se le calculará una posición neta acreedora o deudora, según corresponda, debiendo cumplir con la entrega de fondos y valores, según sea el caso, dentro de los plazos y procedimientos establecidos en la Disposición Vinculada N° 03. CAVALI procederá a verifi car la disponibilidad de fondos de aquellos Participantes Directos que tuvieran posiciones netas deudoras al inicio del proceso, con la fi nalidad de que pongan a disposición de CAVALI los fondos necesarios para cumplir con sus obligaciones de pago. Si el Participante Directo no cumpliera con el total de las obligaciones, se procederá con el retiro de operaciones correspondientes, hasta por el importe faltante, para lo cual CAVALI aplicará los siguientes criterios en el orden indicado: a) Se retirarán operaciones plazo (pago de la liquidación fi nanciera), siempre que no afecte la posición neta de la contraparte, volviéndola de positiva a negativa, o incrementando su posición negativa. b) Se retirarán operaciones contado (pago de la prima) Las operaciones de compra a plazo con prima que hayan sido retiradas del Proceso Automático de Liquidación, podrán liquidarse en el siguiente proceso Automático. Llegado el plazo máximo establecido, en caso de existir faltantes, el Participante deberá informar a CAVALI en los horarios establecidos en la Disposición Vinculada N° 3, las que deberán ser retiradas del último Proceso Automático de Liquidación. Caso contrario, CAVALI retirará operaciones de acuerdo a los criterios antes mencionados.