Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2009 (09/09/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 26

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 9 de setiembre de 2009 402232 sus gastos e inversiones, deberán adjuntar un informe que explique las razones del mismo, la identifi cación de entidad fi nanciera y la documentación que acredite el compromiso de la misma. En el caso de deuda proveniente de la fuente de fi nanciamiento “Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito” acordados por el Gobierno Nacional, se considerarán los montos asignados por la Dirección Nacional del Endeudamiento Público a cada operación de endeudamiento, sustentadas por las comunicaciones realizadas por el organismo en mención. No podrán consignarse nuevos endeudamientos provenientes de organismos internacionales y nacionales a plazos mayores de un año, salvo que cuenten con autorización de los órganos competentes. Se deben contemplar las previsiones para atender el servicio de la deuda que corresponda pagar en el año 2010. 3.1.3.10. Recursos de Ejercicios Anteriores El presupuesto podrá incorporar Recursos de Ejercicios Anteriores siempre que existan, sean de libre disponibilidad y se orienten a fi nanciar gastos operativos y de inversión y que compensen défi cit presupuestarios, o en su defecto constituyan recursos para fi nanciar gastos o programas de inversión no ejecutados en años anteriores. 3.2. PRESENTACION DE LOS PROYECTOS DE PLAN OPERATIVO Y DE PRESUPUESTO Los Proyectos de Plan Operativo y de Presupuesto deberán contar con la aprobación del Directorio de la Empresa, o de la Gerencia General sólo en el caso de no contar con el quórum para el Directorio, a efectos de ser presentados a FONAFE, y deberán remitirse según se indica a continuación: 1. Los Formatos del Proyecto de Plan Operativo y de Presupuesto (Anexo 1) se remitirán a través del Sistema de Información de FONAFE efectuando el cierre electrónico de los mismos. La fecha límite de cierre electrónico de los formatos en mención no deberá exceder del 12 de octubre del año 2009. No se considera dentro de dicha remisión al Formato 11P. 2. Los proyectos de plan operativo y de presupuesto se remitirán vía SIED, en el caso de aquellas empresas que hayan suscrito convenio con FONAFE para el uso de este sistema. Para el efecto, el documento deberá contar como mínimo con la “Firma de Visto Bueno” del Gerente de Presupuesto o equivalente y la Firma Principal del Gerente General. En el caso de las empresas que no han suscrito convenio para uso del SIED, deberá remitirse vía Courier, un ejemplar numerado y visado en cada una de sus páginas por el Gerente General y el Gerente de Presupuesto o equivalente. En ambos casos el plazo para la remisión de la documentación no deberá exceder del 14 de octubre del año 2009. Los Proyectos de Plan Operativo y de Presupuesto deberán incluir las consideraciones mencionadas en la presente Directiva, así como los Formatos generados a partir del Sistema de Información (Anexo 1), después de haberse efectuado el proceso de cierre electrónico de los mismos, con excepción del Formato 11P que deberá ser remitido sin la necesidad de ser generados a partir del Sistema de Información. Las Empresas deberán remitir adicionalmente información relacionada a sus líneas de negocio, data relevante de sus principales indicadores por negocio y número de personal según planillas, locación de servicios, servicios de terceros, pensionistas y practicantes (real 2005-2008, estimado 2009 y proyectado 2010-2012). Para el caso de la empresa FONAFE, las fechas límite para cumplir con lo dispuesto en los puntos 1 y 2 del presente numeral serán los días 18 y 20 de noviembre, respectivamente. 3.3. REVISION Y SUSTENTACION DE LOS PROYECTOS DE PLAN OPERATIVO Y PRESUPUESTO FONAFE procederá a la revisión de los proyectos de plan operativo y de presupuesto, y coordinará con las Empresas las observaciones a que hubiere lugar. Cada Empresa deberá sustentar sus proyectos de plan operativo y presupuesto de acuerdo a las consideraciones establecidas en el Anexo 3, en la sede institucional y oportunidad que establezca FONAFE mediante comunicaciones de la Dirección Ejecutiva de FONAFE. FONAFE, basado en los proyectos revisados, las sustentaciones realizadas y las coordinaciones efectuadas, elaborará el Presupuesto Consolidado de las Empresas. 3.4. APROBACIÓN DEL PLAN OPERATIVO Y DEL PRESUPUESTO DESAGREGADO 3.4.1. De la aprobación del Plan Operativo y Presupuesto FONAFE aprobará el Presupuesto Consolidado de las Empresas, en un plazo que no excederá del 15 de diciembre de 2009. FONAFE publicará en el Diario Oficial “El Peruano”, en un plazo que no excederá el 31 diciembre del año 2009, el Presupuesto aprobado a nivel Consolidado y por Empresas; y lo remitirá a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso de la República, a la Contraloría General de la República y a la Dirección Nacional del Presupuesto Público, en un plazo que no exceda del 07 de enero del año 2010. Las Empresas, mediante Acuerdo de Directorio y en un plazo que no exceda del 15 de enero del año 2010, aprobarán el Plan Operativo y el Presupuesto Desagregado de Ingresos y Gastos sobre la base del Presupuesto aprobado y comunicado por FONAFE, según el Formato 4P (Anexo 1). Los Acuerdos de Directorio deberán considerar en su aprobación el modelo que se incluye en el Anexo 4. Las Empresas, luego que su Directorio haya aprobado el Plan Operativo y el Presupuesto Desagregado de Ingresos y Egresos, deberán: 1. Remitir a FONAFE los Formatos del Plan Operativo y Presupuesto desagregado aprobados, así como los demás formatos debidamente actualizados a través del Sistema de Información (Anexo 1, con excepción del Formato 11P), efectuando el cierre electrónico de los mismos en un plazo que no exceda el 27 de enero del año 2010. 2. Remitir a FONAFE, vía SIED, un ejemplar del Plan Operativo y el Presupuesto desagregado aprobados, en el caso de aquellas empresas que hayan suscrito convenio con FONAFE para uso del SIED. Para el efecto, el documento deberá contar como mínimo con la “Firma de Visto Bueno” del Gerente de Presupuesto o equivalente, y la Firma Principal del Gerente General. En el caso de las empresas que no han suscrito convenio para uso del SIED, deberán remitir vía courier un ejemplar numerado y visado en cada una de sus páginas por el Gerente General y el Gerente de Presupuesto o equivalente. En ambos casos la remisión de la documentación deberá producirse hasta el día 29 de enero de 2010. Estos documentos deberán incluir: a) Ofi cio de comunicación. b) Copia del Acuerdo de Directorio, que aprueba el Plan Operativo y el Presupuesto desagregado de la Empresa del año 2010. c) Informe del Presupuesto y Plan Operativo aprobado (Tomando como referencia los Anexos 2 y 3 adecuados al presupuesto aprobado). d) Formatos generados a partir del Sistema de Información (Anexo 1, con excepción del Formato 11P), después de haberse efectuado el proceso de cierre electrónico de acuerdo al numeral precedente. e) Formato 11P. f) Información relacionada a líneas de negocio, data relevante con indicadores por negocio, número de personal según planillas, locación de servicios, servicios de terceros, pensionistas y practicantes (real 2005-2008, estimado 2009 y proyectado 2010-2012).. Para el caso de la empresa FONAFE, las fecha límite para cumplir con lo dispuesto en los puntos 1 y 2 del presente numeral, serán los días 3 y 5 de febrero del 2010.