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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2009 (09/09/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 22

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 9 de setiembre de 2009 402228 ORGANISMOS EJECUTORES FONDO NACIONAL DE FINANCIAMIENTO DE LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL DEL ESTADO Aprueban Directiva de Programación, Formulación y Aprobación del Plan Operativo y Presupuesto de las Empresas bajo el ámbito de FONAFE para el año 2010 ACUERDO DE DIRECTORIO Nº 002-2009/009-FONAFE SESIÓN : 009-2009 4 de setiembre de 2009 ASUNTO : Directiva de Programación, Formulación y Aprobación del Plan Operativo y Presupuesto de las Empresas bajo el ámbito de FONAFE para el año 2010. 1. Aprobar la Directiva de Programación, Formulación y Aprobación del Plan Operativo, y Presupuesto de las Empresas bajo el ámbito de FONAFE para el año 2010, la misma que en Anexo forma parte integrante del presente acuerdo. 2. Delegar a la Dirección Ejecutiva la facultad de aprobar los Formatos y Glosario de Términos de la Directiva de Programación, Formulación y Aprobación del Plan Operativo y Presupuesto de las Empresas bajo el ámbito de FONAFE, así como a aprobar las precisiones y/o modifi caciones que se requieran para mejorar la aplicación de la Directiva en mención. 3. Encargar a la Dirección Ejecutiva del FONAFE la realización de las acciones necesarias para la implementación del presente Acuerdo. 4. Dispensar el presente Acuerdo del trámite de lectura y aprobación previa del Acta. JORGE VILLASANTE ARANIBAR Director Ejecutivo FONAFE DIRECTIVA DE PROGRAMACION, FORMULACION Y APROBACION DEL PLAN OPERATIVO Y PRESUPUESTO DE LAS EMPRESAS BAJO EL AMBITO DE FONAFE PARA EL AÑO 2010 Aprobado por Acuerdo de Directorio Nº 002-2009/009-FONAFE 1. GENERALIDADES 1.1. Objetivo Normar la Programación, Formulación y Aprobación del Plan Operativo y Presupuesto de las Empresas del Estado bajo el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE, para el Ejercicio Económico del año 2010, con la fi nalidad de lograr la integración y complementariedad necesarias para contribuir al cumplimiento de los objetivos de las Empresas, en armonía con los intereses del Estado y la ciudadanía. 1.2. Base Legal ƒ Ley Nº 27170 - Ley del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE, su Reglamento y normas modifi catorias y complementarias. ƒ Ley Nº 27245 - Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal, su reglamento y normas modifi catorias y complementarias. ƒ Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. ƒ Ley Nº 27293 - Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, su Reglamento y normas modifi catorias y complementarias. ƒ Decreto Legislativo Nº 1017 – Ley de Contrataciones del Estado, su Reglamento y normas modifi catorias y complementarias. ƒ Ley Nº 27319, que aprueba la transferencia de acciones de la empresa ELECTROPERÚ S.A. al Fondo Nacional de Ahorro Público – FONAHPU, y que encarga a FONAFE la administración de las mismas. ƒ Decreto de Urgencia Nº 007-2008, que modifi ca la Ley Nº 29064, Ley de relanzamiento del Banco Agropecuario – Agrobanco, incorporando la disposición de que su presupuesto sea aprobado por FONAFE, en base a las directivas que se aplican a las empresas bajo su ámbito. ƒ Directiva aplicable a los Directores de las Empresas en las que FONAFE participa como accionista, aprobada por Acuerdo de Directorio Nº 002-2004/008-FONAFE, y normas modifi catorias. ƒ Código del Buen Gobierno Corporativo, aprobado por Acuerdo de Directorio Nº 001-2006/004-FONAFE, y modifi catorias. ƒ Código Marco de Control Interno de las Empresas del Estado, aprobado por Acuerdo de Directorio Nº 001- 2006/028-FONAFE y modifi catorias. 1.3. Ámbito La presente Directiva es de aplicación a las Empresas bajo el ámbito de FONAFE, conforme a la Ley Nº 27170, sus normas modifi catorias y reglamentarias. Asimismo, es de aplicación a aquellas Empresas cuyos títulos representativos de capital social se encuentren bajo la administración de FONAFE y a las Empresas en las que la representación en las Juntas de Accionistas haya sido delegada a favor de FONAFE. 1.4. Excepción Se encuentran exceptuadas de la aplicación de la presente Directiva, las Empresas no operativas y las que se encuentren en proceso de disolución y liquidación, quiebra, extinción o concesión, así como las que hubieran sido declaradas en insolvencia por INDECOPI. 1.5. Principios Presupuestarios a) Equilibrio Presupuestario El presupuesto de las empresas debe presentar un equilibrio entre la previsible evolución de la totalidad de ingresos y egresos, por toda fuente y destino. b) Especialidad Cuantitativa Toda disposición o acto que implique la realización de egresos debe cuantifi car su efecto en el presupuesto. c) Especialidad Cualitativa Los recursos de las empresas se destinan a la fi nalidad para la que han sido autorizados en su correspondiente presupuesto. d) Integridad Los ingresos y los egresos se registran en los presupuestos por su importe integro. e) Especifi cidad El presupuesto y modifi caciones deben contener información sufi cientemente sustentada y adecuada para efectuar la evaluación y seguimiento de los objetivos y metas que se propongan. f) Anualidad El presupuesto tiene vigencia anual y coincide con el año calendario. g) Efi ciencia en la ejecución de los recursos Las políticas de egresos vinculadas a los fi nes de la actividad empresarial del Estado deben establecerse teniendo en cuenta la situación económica y fi nanciera