Norma Legal Oficial del día 14 de septiembre del año 2009 (14/09/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano MORDAZA, lunes 14 de setiembre de 2009

NORMAS LEGALES
TITULO II

402559

supervision del adolescente que trabaja por cuenta propia o en forma independiente y trabajo domestico, asimismo el registro del trabajador familiar no remunerado. Articulo 2º.- AMBITO DE APLICACION Es de aplicacion obligatoria en la jurisdiccion del distrito de Independencia, asimismo es de obligatorio cumplimiento para todo adolescente entre los 14 a 17 anos de edad que trabaja por cuenta propia o en forma independiente, incluyendo al trabajador domestico y al trabajador familiar no remunerado, en la jurisdiccion de este distrito. Excepcionalmente se autorizara el trabajo de adolescentes a partir de los 12 anos siempre que las labores a realizar no perjudiquen su salud o desarrollo, ni interfieran o limiten su asistencia a los centros educativos y permitan su participacion en programas de orientacion o formacion profesional. Articulo 3º.- FINALIDAD Cautelar los derechos de los adolescentes que trabajan por cuenta propia o en forma independiente, y que estan amparados por el Codigo de los Ninos y Adolescentes. Se incluye a los que realizan el trabajo a domicilio y al trabajador familiar no remunerado. Articulo 4º.- DEFINICIONES Entiendase las siguientes definiciones: · Trabajo Independiente a cualquier labor realizada por el adolescente sin que medie vinculo laboral o relacion de dependencia; asimismo, se considera dentro de este concepto al trabajo familiar no remunerado. · Trabajo Dependiente al desarrollo de una labor de manera MORDAZA por un adolescente en beneficio de un empleador, aunque no exista contrato escrito de por medio, siendo aplicable el MORDAZA de Primacia de la Realidad para confirmar la existencia de este. · Trabajador del Hogar Adolescente.- Son aquellos o aquellas que efectuan labores de aseo, cocina, MORDAZA, asistencia, cuidado de ninos y demas propias de la conservacion de una residencia o casa-habitacion y del desenvolvimiento de un hogar, que no importen lucro o negocio para el empleador o sus familiares. Articulo 5º.- BASE LEGAL Para la formulacion de la presente Ordenanza que Reglamenta la Autorizacion, Registro y Supervision del Trabajo Adolescente en el Distrito de Independencia, se ha tomado como Base Legal las siguientes disposiciones: · Convencion sobre los Derechos del Nino. · Convenio Nº 138 de la OIT ­ Convenio sobre la Edad Minima de Admision al Empleo. · Constitucion Politica del Peru. · Ley Nº 27337 - Codigo de los Ninos y Adolescentes. · Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades. · Ley Nº 27986 - Ley de los Trabajadores del Hogar. · Ley Nº 28044 - Ley General de Educacion. · Ley Nº 28487 ­ Ley que otorga rango de Ley al Decreto Supremo Nº 003-2002-PROMUDEH que Aprueba el Plan Nacional de Accion por la Infancia y la Adolescencia 2002 - 2010. · Decreto Supremo Nº 015-2004-ED - Reglamento de Educacion Basica Alternativa. · Decreto Supremo Nº 015-2003-TR - Reglamento de la Ley de los Trabajadores del Hogar. · Decreto Supremo Nº 008-2005-TR - Plan Nacional para la Prevencion y Erradicacion del Trabajo Infantil. · Decreto Supremo Nº 003-2002-PROMUDEH ­ que Aprueba el Plan Nacional de Accion por la Infancia y la Adolescencia 2002 - 2010. · Decreto Supremo Nº 007-2006-MIMDES ­ Relacion de trabajos y actividades peligrosas o nocivas para la salud fisica o moral de los adolescentes. · Resolucion Ministerial Nº 669-2006-MIMDES, que Aprueba la Guia de Procedimientos de Atencion de Casos en las Defensorias del MORDAZA y Adolescente. · Resolucion Ministerial Nº 128-94-TR, que aprueba la Directiva Nacional Nº 007-94-DNRT sobre Autorizacion del Trabajo del Adolescente.

DE LA AUTORIZACION, REGISTRO Y SUPERVISION Capitulo I DE LOS REQUISITOS Y DOCUMENTOS Articulo 6º.- DE LOS REQUISITOS Son requisitos para otorgar la autorizacion al adolescente que trabaja los siguientes: a. Que, el trabajo a realizar no se encuentre prohibido o en la relacion de trabajos y actividades peligrosas o nocivas para la salud fisica o moral de los adolescentes. b. Que, la labor que desempena o desea desempenar no implique un riesgo y/o peligro para su desarrollo o atente contra su integridad fisica, emocional, psicologica y/o moral, o la misma contravenga la moral y a las buenas costumbres. c. Que se acredite la capacidad fisica, mental y emocional del adolescente para realizar labores para las cuales solicita la autorizacion y las edades para el trabajo especifico, conforme al articulo 51º del Codigo del MORDAZA y del Adolescente. d. Que, el trabajo no perturbe la asistencia regular a su centro educativo. e. Que, la labor que desempena o desea desempenar no se encuentra senalada en la relacion de trabajos y actividades peligrosas o nocivas para la salud fisica o moral de los adolescentes, aprobada mediante el Decreto Supremo Nº 007-2006-MIMDES. Articulo 7º.- PRESUNCION DE AUTORIZACION POR PADRES O RESPONSABLES Si al solicitar el registro y autorizacion para el trabajo, el adolescente que habita con sus padres o responsables fuera menor de 16 anos, uno de ellos se apersonara a la Defensoria Municipal del MORDAZA y del Adolescente DEMUNA a manifestar su autorizacion. En caso el adolescente fuera mayor de 16 anos se presume la autorizacion de los mismos. Si el adolescente en situacion de trabajo fuera menor de 16 anos, y no habitara con sus padres o responsables, se le derivara a la Defensoria Municipal del MORDAZA y del Adolescente - DEMUNA la que evaluara el caso y procedera de acuerdo a sus competencias. Se registrara y autorizara el trabajo del adolescente que tuviera mas de 16 anos y adoleciera alguna enfermedad mental, siempre y cuando no esten privados de discernimiento y puedan expresar libremente su voluntad, para lo cual debera de contar con la Autorizacion expresa de sus Padres o tutor. Articulo 8º.PRESENTAR DE LOS DOCUMENTOS A

a. Formato de Inscripcion, el cual sera expedido por la Municipalidad de manera gratuita y tendra caracter de Declaracion Jurada, en el se consignaran los siguientes datos: · Nombres y Apellidos del Adolescente. · Lugar y Fecha de Nacimiento. · Direccion de Residencia (adjuntar recibo de agua y luz, o MORDAZA de posesion o declaracion jurada del padre o responsable acreditado como tal). · Nombres y Apellidos de sus padres o tutores. · Numero del Documento Nacional de Identidad de sus padres o tutores debidamente acreditado como tales. · Descripcion de la labor que desempena. · Horario de Trabajo. · Ubicacion del lugar donde habitualmente realiza el trabajo. · Remuneracion, ademas de la forma y oportunidad de pago. · Nombre del Centro Educativo al que asiste. · Ano que cursa. · Horario de estudio. · Numero del Certificado Medico. · Firma y Huella Digital del Adolescente.

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