Norma Legal Oficial del día 23 de septiembre del año 2009 (23/09/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, miercoles 23 de setiembre de 2009

NORMAS LEGALES

403065

II.- Incrementos Tarifarios La verificacion por el Organismo Regulador del cumplimiento de las Metas de Gestion previstas en el ano previo al ano de aplicacion del incremento tarifario autoriza a SEDAJULIACA S.A. a aplicar dicho incremento de la Formula Tarifaria aprobada. El cumplimiento de las Metas de Gestion se evaluara con el Indice de Cumplimiento Global a nivel EPS (ICG). El calculo del ICG a nivel EPS se obtendra de los Indices de Cumplimiento Individual (ICI) de las metas de gestion a nivel EPS: Incremento Anual de Conexiones de Agua Potable, Incremento Anual de Conexiones de Alcantarillado, Incremento Anual de Nuevos Medidores, Variacion en Agua No Facturada, Relacion de Trabajo, Conexiones Activas de Agua Potable, Actualizacion de Catastro Tecnico de Agua Potable y Alcantarillado, y Actualizacion de Catastro Comercial de Agua Potable y Alcantarillado; y los ICI a nivel localidad trasformadas a nivel EPS de las metas de gestion: Continuidad y Presion Minima, definida en el Anexo 1 de la presente resolucion. Para hallar el ICI a nivel EPS, de las metas de gestion por localidad, se procedera a calcular un promedio del ICI por localidad de cada meta, ponderado por el numero de conexiones activas correspondiente, de acuerdo a la siguiente formula:
n

ICI a nivel EPS

[
i 1

ICI a nivel Localidad (i ) # Conexiones Activas de Localidad (i )]
# Conexiones Activas a nivel EPS

SEDAJULIACA S.A. estara autorizada a realizar un incremento tarifario siempre que cumpla simultaneamente con las siguientes condiciones: 1. Obtener un Indice de Cumplimiento Global, para las Metas de Gestion a nivel empresa mayor o igual a 85%. 2. Obtener un ICI a nivel EPS mayor o igual a 80% en las metas de gestion: (i) Incremento Anual de Conexiones de Agua Potable, (ii) Incremento Anual de Conexiones de Alcantarillado y (iii) Incremento Anual de Nuevos Medidores. 3. Obtener un ICI a nivel localidad mayor a 80%, en lo que respecta a (i) Incremento Anual de Conexiones de Agua Potable, (ii) Incremento Anual de Conexiones de Alcantarillado y (iii) Continuidad. La EPS estara autorizada a un incremento tarifario equivalente al porcentaje del Indice de Cumplimiento Global obtenido, siempre y cuando cumpla las tres condiciones mencionadas. Asimismo, cabe mencionar que el Consejo Directivo podra elegir de manera discrecional una (01) meta de gestion, cuyo cumplimiento no sera considerado en la elaboracion del Indice de Cumplimiento Global (ICG). EXPOSICION DE MOTIVOS DE LA RESOLUCION QUE APRUEBA LA FORMULA TARIFARIA, ESTRUCTURA TARIFARIA Y METAS DE GESTION PARA LA ENTIDAD PRESTADORA DE SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE JULIACA ­ SEDAJULIACA S.A. I. ANTECEDENTES El articulo 28º de la Ley Nº 26338, Ley General de Servicios de Saneamiento, establece que estan sujetos a regulacion de tarifas, los servicios de agua potable y alcantarillado sanitario proporcionados por las entidades prestadoras de servicios de saneamiento. El articulo 96º del Decreto Supremo Nº 023-2005VIVIENDA, Texto Unico Ordenado de la Ley General de Servicios de Saneamiento, senala que la SUNASS definira y aprobara la formula tarifaria que corresponde a cada EPS, para cada quinquenio, en funcion al Plan Maestro Optimizado que presenten las EPS. Mediante Resolucion Nº 003-2008-SUNASS-GRT,del 07 de MORDAZA del 2008, la Gerencia de Regulacion Tarifaria inicio el procedimiento de aprobacion de la Formula Tarifaria, Estructura Tarifaria y Metas de Gestion para los proximos cinco anos, conforme a lo establecido en el articulo 32º de

la Directiva sobre el Procedimiento de Aprobacion de la Formula Tarifaria, Estructura Tarifaria y Metas de Gestion en los Servicios de Saneamiento; Mediante Memorandum Nº 195-2008-SUNASS-110, la Gerencia de Regulacion Tarifaria presento el Estudio Tarifario con la propuesta de Formula Tarifaria, Estructura Tarifaria y Metas de Gestion que seran de aplicacion por SEDAJULIACA S.A. para el proximo quinquenio. La Ley de Transparencia y Simplificacion de Procedimientos Regulatorios de Tarifas, Ley Nº 27838, establece que el organismo regulador debe (i) publicar en el Diario Oficial El Peruano y en su pagina web institucional, el Proyecto de Resolucion que fije la tarifa regulada, asi como la relacion de informes que constituyen el sustento de la referida Resolucion, y (ii) convocar a audiencia publica en la cual sustentaran y expondran los criterios, metodologia, estudios, informes, modelos economicos o dictamenes que serviran de justificacion en la fijacion de las tarifas. En ese sentido, mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 081-2008-SUNASS-CD, se aprobo (i) la publicacion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web de la SUNASS, del proyecto de resolucion que aprueba la Formula Tarifaria, Estructura Tarifaria y Metas de Gestion, asi como de su exposicion de motivos y la relacion de informes que constituyen el sustento de la referida resolucion, y (ii) la convocatoria a audiencia publica para que la SUNASS exponga el Estudio Tarifario. Conforme al articulo 31º del Reglamento General de Tarifas, el Consejo Directivo de la SUNASS emite la Resolucion aprobando la Formula Tarifaria, Estructura Tarifaria y Metas de Gestion, asi como su exposicion de motivos, disponiendo su notificacion a las EPS. Dicha resolucion da por concluido el procedimiento. II. LA DETERMINACION DE LA FORMULA TARIFARIA, LAS METAS DE GESTION Y LA ESTRUCTURA TARIFARIA El Estudio Tarifario elaborado por la Gerencia de Regulacion Tarifaria contiene el analisis tecnico de la SUNASS con la propuesta de la Formula Tarifaria, Estructura Tarifaria, asi como las Metas de Gestion a ser aplicadas por SEDAJULIACA S.A. para los proximos cinco anos. La propuesta de Formula Tarifaria, Estructura Tarifaria y las Metas de Gestion asociadas a la formula, ha sido elaborada principalmente sobre la base de las proyecciones de demanda, ingresos y costos de explotacion e inversion eficientes de la empresa, que figuran en el citado Estudio Tarifario, el cual comprende basicamente los siguientes aspectos relacionados con los servicios de saneamiento en el area de prestacion del servicio de EPS SEDAJULIACA S.A. Diagnostico economico financiero: A partir del analisis de la situacion real financiera, operativa y comercial, el Estudio plantea las distintas acciones y programas de inversion con el objetivo de lograr la eficiencia de la empresa y la mejora sostenida de la calidad del servicio. Estimacion de la demanda: Comprende la proyeccion de la poblacion por localidad y empresa, la cual determina la estimacion de la demanda de los servicios de agua potable y alcantarillado. De la proyeccion de la poblacion servida se realiza la estimacion del numero de conexiones por cada categoria de usuario, lo cual dado el volumen requerido por cada grupo de usuarios, determina la demanda por el servicio de agua potable que enfrentara la empresa en los proximos anos y su capacidad de pago. Programa de inversiones y financiamiento: Este programa se elabora sobre la base de las necesidades de inversion prioritarias y las limitaciones de orden financiero que presenta su financiamiento. El analisis se realiza por localidad y por servicio, e incluye la inversion para los siguientes rubros: Rehabilitacion y renovacion de instalaciones Obras de ampliacion de infraestructura Proyectos de mejoramiento institucional operativo Estimacion de costos de explotacion eficientes: Se realiza la estimacion de los costos de operacion y

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