Norma Legal Oficial del día 01 de abril del año 2010 (01/04/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 66

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 1 de MORDAZA de 2010

mediante ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por ley; Que, el Articulo IV del Codigo Tributario, establece que los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, mediante Ordenanza No. 0068-2008-MDSJM se aprueba el Texto Unico de Procedimientos Administrativos MORDAZA de la Municipalidad de San MORDAZA de Miraflores, el cual regula los requisitos y derechos de pagos a seguir en los tramites administrativos, que en el tramite de MORDAZA de Posesion el derecho de pago es de S/. 78.75 y el tramite de Registro y Reconocimiento de Organizaciones Sociales de Base es de S/. 16.42; Que, la propuesta de los regidores es la rebaja de un 87.30% en el derecho pago del tramite de MORDAZA de Posesion (S/. 10.00) y la rebaja de un 69.52% en el derecho de pago del tramite de Registro y Reconocimiento de Organizaciones Sociales de Base (S/. 5.00); Que, el Pleno del Concejo de conformidad con lo establecido en el Articulo 9° numerales 8), 9) y 40°, de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades, y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta aprobo por MAYORIA de sus miembros, la siguiente: ORDENANZA Articulo 1º.- APLICAR una exoneracion de un 87.30% en el derecho pago del tramite de MORDAZA de Posesion y la rebaja de un 69.52% en el derecho de pago del tramite de Registro y Reconocimiento de Organizaciones Sociales de Base senalados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos MORDAZA, por 90 dias calendario. Articulo 2º.- La presente Ordenanza empieza a regir al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, facultando al Senor MORDAZA la prorroga del presente dispositivo mediante Decreto de Alcaldia. Articulo 3º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administracion, Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Gerencia de Rentas a traves del Despacho de Alcaldia su cumplimiento y la Gerencia de Imagen Institucional la difusion del presente dispositivo. POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 475356-1

distrito de San MORDAZA de Miraflores, por medio del cual se establecieron una serie de disposiciones con la finalidad de incentivar el pago de obligaciones por parte de los contribuyentes de nuestro distrito; Que, en la MORDAZA Disposicion Final de la mencionada Ordenanza, se faculta al senor MORDAZA, para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias para la adecuacion y mejor aplicacion de la presente Ordenanza, asi como para establecer prorrogas en la vigencia de la misma; Que, mediante Informe Nº 031-2010-GR/MDSJM, de fecha 29 de marzo de 2010, emitido por la Gerencia de Rentas, se informa que estando por vencer la fecha de vigencia del Beneficio de Regularizacion Tributaria, establecido en la Ordenanza N° 138, y teniendo en cuenta que muchos de los contribuyentes de nuestro Distrito aun no han tenido la oportunidad de cumplir con sus obligaciones tributarias y administrativas, se hace necesario prorrogar dicho plazo hasta el 30 de MORDAZA de 2010; Estando a lo MORDAZA expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 6) del articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Articulo 1º.- Prorrogar hasta el 30 de MORDAZA de 2010, la vigencia de la Ordenanza Nº 138 que, "Establece el Beneficio de Regularizacion Tributaria en el distrito de San MORDAZA de Miraflores". Articulo 2º.- El presente Decreto de Alcaldia entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 475715-1

Prorrogan fecha de vencimiento para el pago de primera cuota del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del Ejercicio 2010
DECRETO DE ALCALDIA N° 000004-2010/MDSJM San MORDAZA de Miraflores, 30 de marzo del 2010

Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 138 que establecio beneficio de regularizacion tributaria en el distrito de San MORDAZA de Miraflores
DECRETO DE ALCALDIA N° 000003-2010-MDSJM-A San MORDAZA de Miraflores, 30 de marzo de 2010 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES VISTO el Informe Nº 031-2010-GR/MDSJM, de fecha 29 de marzo de 2010, emitido por la Gerencia de Rentas; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado modificada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo la Alcaldia el organo ejecutivo de la Municipalidad; Que, mediante Ordenanza N° 138 publicada en el Diario Oficial El Peruano el 14 de febrero de 2010, se aprobo el Beneficio de Regularizacion Tributaria en el

EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES VISTO: El Informe Nº 032-2010-GR-MDSJM de la Gerencia de Rentas quien solicita se expida una Prorroga de la fecha de vencimiento de la primera cuota del Impuesto Predial del ano fiscal 2010; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 0001392010-MDSJM de fecha 09 de Febrero de 2010, se aprueba las fechas de vencimiento del Impuesto Predial, correspondiente al ejercicio 2010; Que, de conformidad a lo dispuesto por la unica Disposicion final de la Ordenanza Municipal Nº 0001392010-MDSJM, de fecha 09 de febrero de 2010, se faculta al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las Disposiciones Complementarias para la adecuada aplicacion de la citada Ordenanza Municipal y para la prorroga de las fechas establecidas; Que, con el objeto de lograr la reduccion de la morosidad, y a efectos de brindar mayor facilidades de pago a la gran mayoria de los contribuyentes del Distrito, para que puedan cumplir con sus obligaciones tributarias, se ve por conveniente ampliar la fecha de vencimiento de la primera cuota correspondiente al Impuesto Predial del ejercicio 2010, cuya fecha fue fijada para el dia 28 de febrero de 2010, y ampliada hasta el 31 de marzo 2010 mediante Decreto de Alcaldia Nº 0002-2010-MDSJM-A; Que, se hace necesario ampliar la prorroga del vencimiento de la primera cuota del Impuesto Predial y

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