Norma Legal Oficial del día 01 de abril del año 2010 (01/04/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano MORDAZA, jueves 1 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES
B) Pago fraccionado:

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autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, es politica de la actual gestion brindar a sus contribuyentes las mayores facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones, otorgando beneficios para la regularizacion de estos, como es el caso a los propietarios y/o posesionarios de los predios que se encuentren ubicados en las zonas limitrofes del distrito de San MORDAZA de Miraflores, que se encuentran precisados en el articulo MORDAZA de la Ordenanza N° 022-2003MDSJM, publicada el 11 de diciembre de 2003; Que, mediante Articulo 2° de la Ordenanza N° 01372010-MDSJM, de fecha 26 de enero del 2010, se amplio la vigencia del Articulo 3° de la Ordenanza N° 0222003-MDSJM, modificado por Ordenanza N° 121-2009MDSJM, normativa que otorga beneficios tributarios a los contribuyentes que esten inscritos en distritos colindantes de San MORDAZA de Miraflores, es decir no incluye a los contribuyentes que esten registrados en nuestro distrito de San MORDAZA de Miraflores, por lo que es necesario que se incluyan tambien a nuestros contribuyentes; Que, el Articulo IV del TUO del Codigo Tributario, establece que los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Estando a los fundamentos MORDAZA expuestos, y en uso de las facultades conferidas por el Articulo 9º y 40º de la Ley Nº 27972 "Ley Organica de Municipalidades"; Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF; y contando con el MORDAZA UNANIME del pleno del Concejo Municipal y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas, se aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE OTORGA BENEFICIOS TRIBUTARIOS EN LAS ZONAS LIMITROFES DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES Articulo Primero.- OBJETIVO Y ALCANCES La presente Ordenanza tiene por objetivo establecer Beneficios Tributarios dentro de las zonas limitrofes del distrito de SAN MORDAZA DE MIRAFLORES para aquellas personas naturales o juridicas que se encuentren comprendidas en el Articulo MORDAZA de la Ordenanza N° 022-2003-MDSJM y que mantengan obligaciones pendientes de cancelacion, en cualquier estado de cobranza, incluso coactiva o fraccionada. El beneficio alcanza al Impuesto Predial hasta el ejercicio 2009, y Arbitrios Municipales este ultimo del ano 2005 hasta el presente ejercicio. Articulo Segundo.- BENEFICIOS Durante la vigencia de la presente Ordenanza los contribuyentes o administrados, propietarios y/o posesionarios de los predios que se encuentren ubicados en las zonas limitrofes del distrito de San MORDAZA de Miraflores gozaran de los siguientes beneficios: A) Pago al contado: 1) Del Impuesto Predial: Condonacion del 100% de los intereses moratorios y reajustes de las deudas pendientes de pago. 2) De los Arbitrios Municipales: Exonerar y/o condonar el monto total de pago de los Arbitrios Municipales, donde no se MORDAZA prestado a plenitud los servicios correspondientes (Limpieza Publica, Areas Verdes y Serenazgo), por la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Miraflores, siempre y cuando se cumpla con cancelar el total del Impuesto Predial o no mantengan deudas de Impuesto Predial hasta el ejercicio 2009, este beneficio solo es aplicable a los contribuyentes que sus deudas de arbitrios por ejercicio no superen el monto de 1 UIT vigente. 3) De las deudas fraccionadas: Las deudas que se encuentren con convenio de fraccionamiento de pago se podran acoger a la presente Ordenanza condonandose el interes moratorio de las cuotas pendientes de pago.

En caso los contribuyentes no puedan cancelar el integro del Impuesto Predial, podran solicitar el fraccionamiento de pago pudiendo cancelar su deuda hasta en 6 cuotas; siendo la cuota inicial del 40% de la deuda. Cada cuota no podra ser inferior a S/. 50.00 nuevos soles. Asimismo, la deuda objeto de fraccionamiento no podra ser inferior a S/. 200.00 nuevos soles. El incumplimiento de pago de 2 cuotas del fraccionamiento, MORDAZA lugar a la perdida de dicho beneficio procediendo la Sub Gerencia de Recaudacion y Control, a resolver el convenio celebrado y disponer su cobranza por la via coactiva sobre la deuda mas los intereses que correspondan, restableciendo la deuda de los Arbitrios por los periodos no prescritos. Articulo Tercero.- DEUDA EN COBRANZA COACTIVA Se podran acoger a la presente Ordenanza aquellos contribuyentes y/o administrados que mantengan deudas en MORDAZA de Cobranza Coactiva; por lo que, los contribuyentes que se acojan al presente programa de beneficios tributarios se les condonara ademas el 100% de costas y gastos generados por dicho procedimiento. DISPOSICIONES FINALES Primera.- El presente beneficio entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano hasta el 31 de MORDAZA del presente ano fiscal. Segunda.- Encargar a la Gerencia de Rentas, asi como a las Unidades Organicas que las conforman, y a la Gerencia de Informatica el cumplimiento de la presente Ordenanza y a la Secretaria General y Gerencia de Imagen Institucional la divulgacion y difusion de los beneficios tributarios. Tercera.- Los montos cancelados con anterioridad a la presente Ordenanza no seran pasibles de compensacion y/o devolucion. Cuarta.- Deroguese el Articulo 2° de la Ordenanza N° 137-2010-MDSJM, y Suspendase los efectos de las Ordenanzas Municipales y/o disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza, durante su vigencia. Quinta.- Facultar al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias para la adecuacion y mejor aplicacion de la presente Ordenanza, asi como para establecer prorrogas en la vigencia de la misma. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 475345-1

Modifican la Ordenanza Nº 001382010-MDSJM, que establecio beneficio de regularizacion tributaria
ORDENANZA N° 000147-2010-MDSJM San MORDAZA de Miraflores, 26 de marzo del 2010 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES: VISTO, en Sesion Ordinaria de la fecha, la Mocion de Orden del Dia presentada por los regidores Aza, MORDAZA y Santiago; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru reconoce en su articulo 194° que los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia;

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