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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 1 de abril de 2010 416577 A. Cuatro (04) Talleres zonales de capacitación: a) Presupuesto Participativo b) Sistema de Vigilancia del Presupuesto Participativo. c) Guía para la presentación de proyectos. B. Los talleres de trabajo estarán divididos en tres (03) ejes temáticos: 1. Desarrollo Educativo, Social y Seguridad Ciudadana: - Lograr una educación de calidad para todos, basada en valores y articulada a la comunidad. - Lograr que la mayoría de jóvenes y adultos accedan a la educación superior competitiva con énfasis en el desarrollo tecnológico. - Promover la seguridad ciudadana y la protección de su patrimonio público y privado. - Promover un ambiente educativo en la comunidad desarrollando las expresiones artísticas, culturales y deportivas, fortaleciendo la identidad local y el diálogo intercultural. 2. Desarrollo Urbano y Medio Ambiente - Ampliación y Mejoramiento de Vías Urbanas - Crecimiento ordenado y desarrollo de infraestructura y equipamiento urbano de la ciudad. - Generar los mecanismos y estrategias necesarias para mejorar las condiciones de desarrollo del sector comercio. - Lograr un ambiente saludable y sostenible a través del manejo adecuado de residuos sólidos, el incremento de áreas verdes y control de la contaminación. 3. Desarrollo Económico - Fortalecimiento de capacidades productivas para la gestión empresarial de grupos vulnerables. - Promoción de la productividad y competitividad. - Generar los mecanismos y estrategias necesarias para mejorar las condiciones de desarrollo del sector comercio. Artículo 18º.- En el Taller de Defi nición, Presentación e Identifi cación de Proyectos, el Equipo Técnico Municipal presentará el Banco de Proyectos que contiene los proyectos con estudios de pre inversión para consideración de los Agentes Participantes. Asimismo, los Agentes Participantes podrán presentar sus propuestas de proyectos de inversión pública para evaluación. Se entiende por proyecto, a una intervención que se realiza por única vez con el fi n de resolver un problema o aprovechar una potencialidad. Con las propuestas de proyectos de inversión pública identifi cadas, se procederá a formularlas en la Ficha con Información Mínima por Proyecto o Acción Priorizada (Ver Anexo Nº2), en función a los criterios señalados en el presente reglamento, de tal forma que pasen a la evaluación técnica sólo los proyectos coherentes y concertados. Finalmente, las propuestas consideradas como actividades operativas y de mantenimiento serán notifi cadas a las Gerencias y Sub Gerencias correspondientes. Artículo 19º.- Previo a la evaluación técnica de las propuestas de proyectos de inversión pública, el Equipo Técnico Municipal solicitará a las Gerencias de Línea su opinión sobre la viabilidad de los proyectos dentro de los planes y programas en la materia de su competencia; asimismo, se requerirá información técnico-legal que acredite la habilitación urbana u otros necesarios para la ejecución del proyecto. Artículo 20º.- De la Evaluación Técnica La evaluación técnica de viabilidad de los proyectos es realizada por el Equipo Técnico Municipal y comprende la evaluación técnica y fi nanciera de los proyectos para defi nir la viabilidad de los mismos, para lo cual los Agentes Participantes emitirán las propuestas de proyectos a través de una Ficha con Información Mínima por Proyecto o Acción Priorizada (Ver Anexo Nº 02), considerando los recursos específi cos determinados para el proceso participativo y los montos presupuestales disponibles. El Equipo Técnico Municipal emitirá el dictamen de evaluación técnica correspondiente sobre la factibilidad de los proyectos y su priorización, siendo su decisión última e inapelable. Artículo 21º.- De la Priorización de Recursos Para la priorización de los proyectos se tomarán en cuenta los criterios de alcance, de cobertura y de monto de inversión establecidos en el Decreto Supremo Nº 097- 2009-EF, así como los criterios de evaluación presentados a los Agentes Participantes en el desarrollo del Taller de Defi nición, Presentación e Identifi cación de Proyectos. Artículo 22º.- Del Resumen Ejecutivo El Equipo Técnico Municipal prepara un Resumen Ejecutivo del proceso del Presupuesto Participativo 2011 que contendrá los acuerdos que se lograron, el mismo que será elevado al Concejo Municipal para ser aprobado en Sesión de Concejo, debiendo ser publicado en el portal institucional www.munipuentepiedra.gob.pe. CAPÍTULO II DE LAS NORMAS, REGLAS PARA EL DESARROLLO DEL PROCESO Artículo 23º.- De la asistencia y derecho al uso de la Palabra Los agentes participantes deberán contar con la disponibilidad de tiempo para asistir a todos los talleres y reuniones que se den a lo largo del proceso. Para tener derecho a voto en las plenarias distritales se deberá contar con el 60% de asistencia a todas las etapas programadas. Para este fi n se otorgará una tarjeta de asistencia distintiva por cada una de las 04 zonas del distrito que se levantará al momento del voto. El registro de asistencia es responsabilidad de la Gerencia de Participación Vecinal y Comunicaciones. La tolerancia para considerar la asistencia a un participante será de 15 minitos de iniciado el evento. Cada participante en las plenarias zonales dispondrá para su intervención oral de un tiempo no mayor de tres (3) minutos y tendrá como máximo opción a dos intervenciones por Plenaria. La segunda intervención será efectiva si se agotó la primera ronda de todos los inscritos para esa fecha. Artículo 24º.- De las Faltas Se consideran faltas a las normas de convivencia democrática de los Agentes Participantes ante el proceso de elaboración del Presupuesto Participativo 2010, las siguientes: a) Inasistencia injustifi cada a los Talleres convocados. b) Agresión física y/o verbal que pudiera producirse entre Agentes Participantes y asistentes a cualquier etapa del proceso. c) Asistir a los talleres o sesiones en estado etílico o de alteración por consumo de drogas. d) Alterar de manera violenta el normal desarrollo de los talleres y/o sesiones. e) Interrupción constante de los agentes participantes en los talleres de trabajo. f) Asistir fuera de la hora establecida de inicio de los talleres de trabajo. Artículo 25º.- De las Sanciones Las sanciones que se aplicarán según la gravedad o reiteración de las faltas serán las siguientes: Por primera vez: Llamada de atención en el taller o sesión. Por segunda vez: Comunicación expresa de llamada de atención suscrita por el Alcalde de Puente Piedra dirigida al agente respectivo, haciendo de conocimiento de la organización de la sociedad civil o institución pública a la que representa. Por tercera vez o en el caso de la falta b): denuncia pública de la falta y, de ser el caso, el envío de una solicitud a la organización de la sociedad civil o institución pública que representa, para la sustitución del representante. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- Se convoca a las organizaciones sociales, agentes económicos, instituciones públicas y privadas y población en general del distrito de Puente