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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 1 de abril de 2010 416579 VISTO: El Informe Nº 235-2010-GRDEL-MDR de fecha 22.03.10 emitido por la Gerencia de Rentas y Desarrollo Económico Local; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 215-MDR, se aprueba y establece el Monto a pagar por el Derecho de Emisión Mecanizada, Distribución de las Declaraciones Juradas de la Cuponera, Monto Mínimo del Impuesto Predial, Fecha de Cancelación, la Hoja de Liquidación de los Arbitrios Municipales para el Año 2010; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 001-2010-MDR de fecha 24 de febrero del 2010, se prorroga hasta el día 31 de marzo del 2010 el vencimiento de la Primera Cuota del Impuesto Predial correspondiente al Ejercicio del Año 2010, con la fi nalidad de poner de conocimiento de todos los vecinos dicho vencimiento; Que, mediante Ordenanza Nº 217, se aprueba el otorgamiento de Benefi cio por el Pronto Pago del Impuesto por Arbitrios Municipales para el Ejercicio Fiscal 2010; Que, mediante Memorándum Nº 235-2010-GRDEL- MDR, la Gerencia de Rentas y Desarrollo Económico Local presenta la propuesta de prórroga de pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, hasta el 30 de Abril, dado a la reciente aprobación de la Ordenanza Nº 217, tiempo que servirá para difundir entre los vecinos, el descuento que se otorgará a los Contribuyentes que cumplan con el pago oportuno de sus tributos; Que, la Segunda Disposición Final de la Ordenanza Municipal Nº 215-MDR, faculta al Alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias, para la correcta aplicación y/o ampliación de las fechas de vencimiento de la presente Ordenanza; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en la Segunda Disposición Final de la Ordenanza Nº 215 y los artículos 20º numeral 6) y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el día 30 de Abril del 2010 el vencimiento de la Primera Cuota del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales correspondiente al Ejercicio del Año 2010, con la fi nalidad de poner de conocimiento de todos los vecinos dicho vencimiento. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas y Desarrollo Económico Local y Dirección de la Ofi cina de Administración y Finanzas y al Unidad de Imagen Institucional, el cumplimiento del presente Decreto. Dado en el local de la Municipalidad del Rímac a los Veintinueve días del mes de marzo del dos mil diez. Regístrese, publíquese y cúmplase. VÍCTOR LEYTON DÍAZ Alcalde 475937-1 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Aprueban proyecto de habilitación urbana nueva de terreno ubicado en el distrito RESOLUCIÓN SUBGERENCIAL Nº 163-2009-MDSJL-GDU/SGHU San Juan de Lurigancho, 13 de noviembre de 2009 LA SUB GERENCIA DE HABILITACIONES URBANAS DE LA GERENCIA DE DESARROLLO URBANO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO: El Expediente Nº 51649-H1-2009 de fecha 01 de setiembre del 2009, presentado por HAMPY RUNA S.A.C., debidamente representado por su Gerente, la Sra. Hilda Palomino Samaniego, quien solicita la Aprobación del Proyecto de Habilitación Urbana Nueva como Lote Único, bajo la Modalidad de Aprobación D - Aprobación con Evaluación previa de Comisión Técnica, para Uso de Vivienda Taller VT, sobre el terreno de 1,050.00 m2, ubicado en la Calle Los Cipreses Lote 03 de la Manzana L de la Urbanización Canto Bello – Primera Etapa- Unidad 42, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima. CONSIDERANDO: Que, HAMPY RUNA S.A.C.. es propietaria del terreno de 1,050.00 m2, ubicado en la Calle Los Cipreses Lote 03 de la Manzana L de la Urbanización Canto Bello – Primera Etapa- Unidad 42, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, el mismo que está inscrito en la Ficha Nº 331622 que continua en la Partida Nº 42927589 del Registro de Propiedad Inmueble de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, solicita la Aprobación del Proyecto de Habilitación Urbana Nueva como Lote Único, bajo la Modalidad de Aprobación D - Aprobación con Evaluación previa de Comisión Técnica, para Uso de Vivienda Taller VT; Que, el Artículo 2º de la Ley Nº 29090 - Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edifi caciones, publicada el 25 de setiembre del 2007, señala que los procedimientos administrativos, regulados en la presente Ley, son únicos y de aplicación obligatoria a nivel nacional, además determinan las responsabilidades de los sujetos implicados en los procedimientos de habilitación urbana y de edifi cación; Que, en la Novena Disposición Final de la Ley Nº 29090, precisa que la presente Ley entra en vigencia al día siguiente de la publicación de los Reglamentos (Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edifi cación, Reglamento de los Revisores Urbanos y Reglamento de Verifi cación Administrativa y Técnica); Que, mediante Decreto Supremo Nº 024-2008- VIVIENDA, Nº 025-2008-VIVIENDA y Nº 026-2008- VIVIENDA, publicados el 27 de setiembre del 2008, se aprueban el Reglamento de Licencias de Habitación Urbana y Licencias de Edifi cación, Reglamento de los Revisores Urbanos y Reglamento de Verifi cación Administrativa y Técnica, respectivamente; Que, de acuerdo a lo establecido en el Numeral 9 del Artículo 4º de la Ley 29090 - Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edifi caciones, las municipalidades distritales en el ámbito de su jurisdicción, tienen competencia para la aprobación de proyectos de habilitación urbana y de edifi cación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, por Resolución de Alcaldía Nº 047 de fecha 22 de febrero del 2008, se resuelve aprobar la conformación de los miembros de la Comisión Técnica de Habilitaciones Urbanas del Distrito de San Juan de Lurigancho; Que, de acuerdo al Certifi cado de Zonifi cación y Vías Nº 083-2009-MML-GDU-SPHU de fecha 10 de febrero del 2009, emitido por la Sub Gerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Metropolitana de Lima, señala que el terreno ubicado en la Calle Los Cipreses Lote 03 de la Manzana L de la Urbanización Canto Bello – Primera Etapa- Unidad 42, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, se encuentra califi cado como Vivienda Taller – VT, conforme a la Ordenanza Nº 1081-MML; Que, en el aspecto vial según el Plan del Sistema Vial Metropolitano de Lima al 2010, aprobado mediante Ordenanza Nº 341 de fecha 06 de diciembre del 2001, el terreno no se encuentra afecto por ninguna via metropolitana del Plan Vial; Que, en sesión Nº 003-2009 de fecha 09 de octubre del 2009, la Comisión Técnica de Revisión de Proyectos de Habilitaciones Urbanas del Distrito de San Juan de Lurigancho, dictaminó como FAVORABLE la solicitud de Aprobación del Proyecto de Habilitación Urbana Nueva como Lote Único, bajo la Modalidad de Aprobación D -