TEXTO PAGINA: 53
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 1 de abril de 2010 416573 evitar que la ocurrencia de impactos. Fecha de Cierre o Fecha de Suscripción del Contrato: Es el día y hora en que se suscribe el Contrato de Concesión. Garantía de Fiel Cumplimiento del Proyecto: Carta Fianza otorgada para asegurar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones establecidas en el Contrato en relación a la ejecución de obras y desarrollo del proyecto. Inversión proyectada: Es aquella establecida de acuerdo a la Propuesta Técnica del Adjudicatario y cuyo monto asciende a la suma de S/. 5’000,000.00 (Cinco millones de Nuevos Soles) monto al que se le agregará el importe correspondiente al Impuesto General a las Ventas. Obra: Es el conjunto de trabajos de construcción, implementación, mantenimiento y mejoras que sean ejecutados durante la vigencia de la Concesión. Partes: Son EL CONCEDENTE y EL CONCESIONARIO conjuntamente. Retribución: Es la contraprestación que EL CONCESIONARIO deberá pagar mensualmente a favor del CONCEDENTE, por el objeto materia de concesión. Supervisor del Contrato: Es el funcionario u organismo designado por la Municipalidad Distrital de Independencia, encargado de la supervisión del cumplimiento de los derechos y obligaciones contenidos en el Contrato de Concesión. Supervisor de Obra: Son las personas naturales y/o entidades públicas o privadas que EL SUPERVISOR, o EL CONCEDENTE, a solicitud del anterior, está (n) facultado (s) a contratar para llevar a cabo la inspección de determinadas obligaciones de EL CONCESIONARIO en la etapa de ejecución de obra, en la forma y oportunidad que se establezca, a costo del CONCESIONARIO. Suspensión: Es la paralización temporal de las actividades relacionadas con la ejecución del Contrato, como resultado de la ocurrencia de cualquier causal de Suspensión, de acuerdo a lo previsto por éste Contrato o por las Leyes Aplicables. Toma de Posesión: Es el acto mediante el cual EL CONCESIONARIO toma posesión del área de la concesión, dejando constancia de ello en el Acta de Toma de Posesión. También consideramos como elementos esenciales del contrato su OBJETO DE LA CONCESIÓN, explicado en la iniciativa privada presentada, que el Contrato es de naturaleza unitaria y responde a una única causa, sin perjuicio de la multiplicidad de actividades y prestaciones en que se divide su objeto, que el otorgamiento de la concesión, se realiza bajo la modalidad a título gratuito, sin gasto de la Municipalidad Distrital de Independencia, que el CONCESIONARIO no podrá transferir su derecho a la Concesión ni ceder su posición contractual, en los tres años siguientes contados desde el inicio de operaciones, cumplido dicho plazo, EL CONCESIONARIO podrá transferir su derecho a la Concesión o ceder su posición contractual solamente con la autorización expresa y previa de EL CONCEDENTE, la cual deberá tener en consideración la opinión técnica que previamente debe emitir el Supervisor del Contrato. Al vencimiento del plazo antes estipulado, EL CONCESIONARIO tendrá derecho preferencial para celebrar un nuevo contrato de concesión, por un plazo similar al establecido en la cláusula precedente, de acuerdo a lo en el Contrato. A la conclusión del contrato, todas las obras serán transferidas en propiedad de EL CONCEDENTE en buen estado de conservación, de acuerdo al valor, términos y condiciones señalados en el presente Contrato. Asimismo, el contrato debe contener esencialmente una SECCION de DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES, que involucre presentar dentro de los 60 (sesenta) días hábiles posteriores a la suscripción del Contrato los siguientes documentos que se incorporarán al presente Contrato como partes integrantes del mismo, después de se aprobados, Expediente Técnico de obra Contratar el Concesionario un seguro contra daños ocasionados a la obra y a terceros durante su etapa de ejecución y explotación. Efectuar el Concesionario los pagos por concepto de tributos a que hubiera lugar. También tiene que existir una SECCION de RÉGIMEN ECONÓMICO, en la cual se establezca que el valor de la retribución a ser pagada a EL CONCEDENTE (Municipalidad Distrital de Independencia) será ajustada semestralmente de acuerdo a la variación del Índice General de Precios al por Mayor ( IPM) y Cláusulas que regule el CIERRE FINANCIERO y RÉGIMEN DE GARANTÍAS Y SEGUROS. También debe de existir una Sección de INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO y PENALIDADES y otra Sección de SECCION VIII: SOLUCION DE CONTROVERSIAS, que indique que todo litigio, controversia, desavenencia, reclamación resultante, relacionada o derivada de la ejecución o interpretación del contrato que se suscriba o que guarde relación con él, incluidas las relativas a su validez, efi cacia o terminación, serán resueltas mediante trato directo entre las partes. En caso de no arribar a un acuerdo, serán resueltas mediante arbitraje de conciencia o de derecho, según sean defi nidas como controversias técnicas o no técnicas. En caso las Partes no se pusieran de acuerdo respecto a la naturaleza de la controversia, ésta será considerada como controversia no técnica. Estos alcances pueden ser revisados, mejorados y/o modifi cados por los fi rmantes. D) GARANTÍAS DE FIEL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES CONTRACTUALES.- Carta Fianza Bancaria en un porcentaje del monto de Inversión anual, según cronograma acelerado de avance de obra de corresponder. E) REQUISITOS DE PRECALIFICACIÓN PARA LOS INTERESADOS EN LA OFERTA PÚBLICA, LICITACIÓN PÚBLICA O CONCURSO DE PROYECTOS INTEGRALES QUE SE CONVOQUE: (i) Copia del Comprobante de Compra de Bases a nombre del Postor; en caso de Consorcio, a nombre de algunos de los integrantes de éste. (ii) Copia simple de los documentos constitutivos del Postor. Para el caso de Consorcios, deberán presentar copia del documento constitutivo de cada uno de sus integrantes, así como copia del contrato asociativo o de promesa formal de consorcio, donde conste el nombramiento de un representante común. (iii) Declaración Jurada de Existencia de Persona Jurídica debidamente suscrito por el Representante Legal del Postor. (iV) Declaración Jurada de Constitución de Consorcio ó de Promesa Formal de Constitución del mismo, debidamente suscrito por el Representante Legal del Postor. (v). Declaración Jurada sometiéndose al cumplimiento de los requerimientos técnicos exigidos y las reglas del proceso a convocarse (vi) Carta Simple de acuerdo a lo establecido de acreditación de representante legal para efectos del proceso. (vii) Declaración Jurada de Inexistencia de Impedimentos, Renuncia de privilegios y acciones y demás declaraciones, debidamente suscrito por el Representante Legal del Postor. (vii) El Postor deberá acreditar contar con un patrimonio mínimo neto no menor a S/. 200.000.00 (doscientos mil y 00/100 Nuevos Soles) y un capital social no menor a S/. 200, 000.00.00 (doscientos mil y 00/100 Nuevos Soles), o su equivalente en moneda extranjera según la tasa de cambio y equivalencia fi jada por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones que se encuentre vigente el día anterior a la presentación de la propuesta, para lo cual deberá presentar al Comité, Estados Financieros auditados o documento análogo correspondiente al último ejercicio del Postor o de cada integrante de éste, en caso se trate de un Consorcio. (viii) d) Declaración de interés; ver letra G) Modelo de carta; ix) Documento Vigente con una antigüedad no menor de 04 meses de publicado el presente, de un convenio de reconocimiento, colaboración en deporte o aprobación de sus actividades ante la Federación Peruana de Futbol FPF-FIFA emitido por el órgano que deje constancia que el interesado a través de su representada puede operar actividades deportivas en nuestro país, (área pública de administración municipal) , x) Debe contar con la representación de bienes o equipamiento deportivo a instalar en el proyecto con certifi cación FIFA y xi) Dentro de su Staff, Socios o equipo gestor deberá acreditar experiencia en eventos deportivos con colegios y también experiencia en servicio social en temas deportivos y culturales con el IPD y FPF en benefi cio de nuestro país. Las mismas que buscan únicamente asegurar el nivel de calidad según los objetivos de nuestra comuna en benefi cio del distrito. F) FACTOR DE COMPETENCIA DE LA OFERTA PÚBLICA, LICITACIÓN PÚBLICA O CONCURSO DE PROYECTOS INTEGRALES QUE SE CONVOQUE. 1. Experiencia en ejecución de proyectos de infraestructura en general ejecutadas hasta en los últimos diez (10) años a la fecha de presentación de propuestas, por un monto acumulado equivalente de hasta cinco (5) veces el valor referencial de la obra materia de la convocatoria.