Norma Legal Oficial del día 01 de abril del año 2010 (01/04/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano MORDAZA, jueves 1 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES

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la lectura y tramite de aprobacion del Acta, se aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL MONTO POR DERECHO DE EMISION MECANIZADA DE ACTUALIZACION DE VALORES, DETERMINACION Y DISTRIBUCION - IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES 2010 Articulo Primero.- Apruebese el Informe Tecnico, la Estructura de Costos y el Cuadro de Estimacion de Ingresos, por concepto de Derecho de Emision Mecanizada de Actualizacion de Valores, Determinacion y Distribucion - Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2010, que como anexo forman parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- Fijese en CUATRO y 00/100 Nuevos Soles (S/.4.00) el monto que deben abonar los contribuyentes en el Distrito de San MORDAZA de Miraflores por Derecho de Emision Mecanizada de Actualizacion de Valores, Determinacion y Distribucion - Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2010, correspondiente al presente Ejercicio 2010. Asimismo, fijese en 50/100 Nuevos Soles (S/.0.50) dicho derecho por cada predio adicional. Articulo Tercero.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion y la del Acuerdo de Concejo ratificatorio emitido por la Municipalidad Metropolitana de Lima. Articulo Cuarto.- Deroguese la Ordenanza N° 1352009-MDSJM, asi como cualquier otra MORDAZA legal que se oponga a la presente. Articulo Quinto.- Encarguese a la Gerencia de Rentas el cumplimiento de la presente Ordenanza. Asimismo, encargar a la Gerencia Municipal la remision de la documentacion sustentatoria y pertinente al Servicio de Administracion Tributaria - SAT de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, a la Secretaria General oportunamente su publicacion en el Diario Oficial El Peruano y a la Gerencia de Informatica la publicacion en la pagina web de la Municipalidad. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 475350-1

(TIM) mediante Ordenanza Municipal, la misma que no podra ser mayor a la que establezca la SUNAT; Que, mediante Ordenanza Municipal publicada en el Diario Oficial El Peruano, se aprobo el 1,5% mensual como Tasa de Interes Moratorio (TIM), aplicable a deudas tributarias en moneda nacional correspondiente a tributos que administra o recauda la Municipalidad de San MORDAZA de Miraflores, de acuerdo a la TIM establecida mediante la Resolucion de Superintendencia N° 032-2003-SUNAT; Que, mediante la Resolucion de Superintendencia N° 053-2010-SUNAT publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 17 de febrero del 2010, se disminuye la Tasa de Interes Moratorio (TIM) a 1,2% aplicable para las deudas tributarias en moneda nacional correspondiente a los tributos administrados por SUNAT, la misma que sera vigente a partir del 01 de marzo del ano en curso; Que, siendo la Tasa de Interes Moratorio (TIM) fijada por Ordenanza Municipal mayor a la tasa que es establecida por la SUNAT y que entrara en vigencia a partir del 01 de marzo del 2010, es necesario modificar la tasa vigente actualmente; Estando a lo expuesto, de conformidad con lo dispuesto por el numeral 8) del Articulo 9º y por el Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, el Concejo Municipal aprobo por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE LA TASA DE INTERES MORATORIO (TIM) APLICABLE A DEUDAS TRIBUTARIAS ADMINISTRADAS Y/O RECAUDADAS POR LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES Articulo Primero.- Establezcase la Tasa de Interes Moratorio (TIM) de 1.2% mensual y 0.04% diario, aplicable a las deudas tributarias administradas y/o recaudadas por la Municipalidad de San MORDAZA de Miraflores. Articulo Segundo.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion; asi como deroguese las Ordenanzas y/o disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Rentas, Gerencia de Informatica, Sub Gerencia de Tesoreria en cuanto les corresponda. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 475354-1

Establecen tasa de interes moratorio aplicable a deudas tributarias administradas y/o recaudadas por la Municipalidad
ORDENANZA N° 000149-2010-MDSJM San MORDAZA de Miraflores, 26 de marzo del 2010 EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES VISTO; en la Sesion Ordinaria de la fecha, el Informe Nº 030-2010-GR/MDSJM de la Gerencia de Rentas, sobre el Proyecto de Ordenanza que aprueba la Tasa de Interes Moratorio (TIM) aplicable a las deudas tributarias administradas y/o recaudadas por la Municipalidad de San MORDAZA de Miraflores y el Informe Nº 202-2010-MDSJM-GAJ de la Gerencia de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion del Estado, preceptua que las Municipalidades Provinciales y Distritales son los organos de gobierno local, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el MORDAZA parrafo del Articulo 33º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 135-99-EF y normas modificatorias, los gobiernos locales fijaran la Tasa de Interes Moratorio

Disponen reducir temporalmente los derechos de pago en los tramites de MORDAZA de Posesion y de Registro y Reconocimiento de Organizaciones Sociales de Base
ORDENANZA N° 000150-2010-MDSJM San MORDAZA de Miraflores, 26 de marzo del 2010 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES: VISTO, en Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, la Mocion de Orden del dia presentada por los regidores MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, Adriazola, MORDAZA y MORDAZA para efectuar la rebaja de derechos de pago en los tramites de MORDAZA de Posesion, y Registro y reconocimiento de Organizaciones Sociales de Base, por espacio de 90 dias calendario; CONSIDERANDO: Que el MORDAZA parrafo del articulo 74° de la Constitucion Politica del Estado establece que los gobiernos locales pueden crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas o exonerar de estas, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la ley; Que, el MORDAZA parrafo del articulo 40° de la Ley Organica de Municipalidades, N° 27972, establece que

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