Norma Legal Oficial del día 22 de abril del año 2010 (22/04/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, jueves 22 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

417583

VISTO, el Informe de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 033-2010/COE-TC del 20 de MORDAZA de 2010, sobre la solicitud de extradicion activa del ciudadano peruano HAROLD MORDAZA MORDAZA, formulada por la MORDAZA Sala Penal Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de La Libertad; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Consultiva de fecha 14 de MORDAZA de 2010, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica declaro procedente la solicitud de extradicion activa del ciudadano peruano HAROLD MORDAZA MORDAZA, por la presunta comision del Delito contra el Patrimonio - Hurto Agravado, en perjuicio del Banco Continental - Sucursal MORDAZA - Agencia MORDAZA - La MORDAZA (Expediente Nº 28-2010); Que, mediante el Informe Nº 033-2010/COE-TC del 20 de MORDAZA de 2010, la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinion correspondiente; Estando a lo dispuesto por el numeral 1) del articulo 514º del Codigo Procesal Penal promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, el inciso 5) del articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, el Tratado de Extradicion entre la Republca del Peru y el Reino de Espana, suscrito en MORDAZA el 28 de junio de 1989 y el literal "a" del articulo 28º del Decreto Supremo Nº 0162006-JUS; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Acceder al pedido de extradicion activa del ciudadano peruano HAROLD MORDAZA MORDAZA, formulado por la MORDAZA Sala Penal Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de La MORDAZA y declarado procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, por la presunta comision del Delito contra el Patrimonio - Hurto Agravado, en perjuicio del Banco Continental - Sucursal MORDAZA - Agencia MORDAZA - La MORDAZA y disponer su MORDAZA por via diplomatica al Reino de Espana, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA TOMA Ministro de Justicia MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores

Que, por Resolucion Consultiva de fecha 17 de marzo de 2010, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica declaro procedente la extradicion pasiva de la ciudadana peruana MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la presunta comision del delito de Trafico de Estupefacientes, en las modalidades de comercializacion, transporte y tenencia con fines de comercio, agravado por el numero de personas organizadas para cometerlos; delito de conservacion de materias e instrumentos conocidamente destinados a cometer falsificacion; delito de detentacion de documentos nacionales de identidad ajeno y de falsificacion de documento publico destinado a acreditar la identidad de las personas en forma reiterada, en agravio del Estado MORDAZA (Expediente Nº 17-2010); Que, mediante Informe Nº 027-2010/COE-TC del 29 de marzo de 2010, la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinion correspondiente; Estando a lo dispuesto en el inciso 1) del articulo 514º del Codigo Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, el inciso 5) del articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, el Tratado de Extradicion entre la Republica del Peru y la Republica MORDAZA, suscrito en Buenos Aires el 11 de junio de 2004 y lo dispuesto en el literal "b" del articulo 28º del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Acceder al pedido de extradicion pasiva de la ciudadana peruana MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien es requerida por el Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional Nº 3 de MORDAZA, Provincia de Buenos Aires de la Republica MORDAZA, declarado procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, por la presunta comision del delito de Trafico de Estupefacientes, en las modalidades de comercializacion, transporte y tenencia con fines de comercio, agravado por el numero de personas organizadas para cometerlos; delito de conservacion de materias e instrumentos conocidamente destinados a cometer falsificacion; delito de detentacion de documentos nacionales de identidad ajeno y de falsificacion de documento publico destinado a acreditar la identidad de las personas en forma reiterada, en agravio del Estado MORDAZA y disponer su entrega a la Republica MORDAZA, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA TOMA Ministro de Justicia MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores

484305-15

Acceden a pedidos de extradicion pasiva de ciudadanos peruana y polaco requeridos por autoridades de MORDAZA y MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA N° 081-2010-JUS
MORDAZA, 21 de MORDAZA de 2010 VISTO; el Informe de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 027-2010/ COE-TC del 29 de marzo de 2010, sobre la solicitud de extradicion pasiva de la ciudadana peruana MORDAZA MORDAZA MORDAZA, formulada por el Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional Nº 3 de MORDAZA, Provincia de Buenos Aires de la Republica Argentina;

484305-16 RESOLUCION SUPREMA Nº 082-2010-JUS
MORDAZA, 21 de MORDAZA de 2010 VISTO; el Informe de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 028-2010/ COE-TC del 30 de marzo de 2010, sobre la solicitud de extradicion pasiva del ciudadano polaco TADEUS SUSZEK o MORDAZA SUSZEK o RYSZARD KACMAREK o RYSZARD KACZMAREK o SUSKEK MORDAZA o SUSZKU TAEDUSZ o LESZEK MORDAZA KLEIN o MORDAZA KOZAK o MORDAZA KLEIN o ZIELINSKI JAN o KAZIMIERS D' AMASIEWICZ, formulada por la Fiscalia Territorial de

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