Norma Legal Oficial del día 22 de abril del año 2010 (22/04/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 28

417598
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 22 de MORDAZA de 2010

Que, el Acuerdo de Donacion para el Proyecto para el Mejoramiento de Equipos de Judo del Instituto Peruano del Deporte entre la Agencia de Cooperacion Internacional del Japon y el Gobierno de la Republica del Peru, fue suscrito el 10 de diciembre de 2009, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru; Que, es conveniente a los intereses del Peru la ratificacion del citado instrumento internacional; Que, de conformidad con lo dispuesto por los articulos 57º y 118º inciso 11 de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 2º de la Ley No. 26647, que facultan al Presidente de la Republica para celebrar y ratificar Tratados o adherir a estos sin el requisito de la aprobacion previa del Congreso; DECRETA: Articulo 1º.- Ratificase el Acuerdo de Donacion para el Proyecto para el Mejoramiento de Equipos de Judo del Instituto Peruano del Deporte entre la Agencia de Cooperacion Internacional del Japon y el Gobierno de la Republica del Peru, suscrito el 10 de diciembre de 2009, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru. Articulo 2°.- Dese cuenta al Congreso de la Republica. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiun dias del mes de MORDAZA del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores

SALUD
Incorporan texto en las Disposiciones Finales del Reglamento de la Ley del Servicio Rural MORDAZA Marginal de Salud - SERUMS
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 307-2010/MINSA
MORDAZA, 20 de MORDAZA del 2010 Visto, el Expediente Nº 10-018944-001 que contiene el Informe Nº 035-2010-DGRH-DT/MINSA de la Direccion General de Gestion del Desarrollo de Recursos Humanos; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 23330, establece el Servicio Rural MORDAZA Marginal de Salud - SERUMS, como el servicio prestado por los profesionales de las Ciencias de la Salud que efectuan como accion complementaria para el cumplimiento de los planes de desarrollo y planes sectoriales de salud; Que, mediante Decreto Supremo Nº 007-2008-SA, se modifico el articulo 48º del Reglamento de la Ley Nº 23330, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-97-SA, a fin de establecer que en el caso que los referidos profesionales postulen a los Programas de Admision al Residentado de Medicina Humana u otras profesiones, se les reconocera una bonificacion que sera incorporada como parte del puntaje total de acuerdo a la escala del mapa de pobreza de FONCODES; Que, no obstante, los profesionales que realizaron el SERUMS MORDAZA de la modificacion MORDAZA senalada, estuvieron sujetos a un regimen distinto de puntajes y bonificaciones a fin de acceder al residentado, conforme a lo dispuesto por la Resolucion Suprema Nº 002-2006-SA, Reglamento del Sistema Nacional del Residentado Medico y el texto original del articulo 48º del Reglamento de la Ley Nº 23330, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-97-SA; Que, con el documento de visto, la Direccion General de Gestion del Desarrollo de Recursos Humanos ha propuesto modificar el Reglamento de la Ley Nº 23330, con el fin de superar la inequidad existente entre los profesionales que realizaron el SERUMS con anterioridad a la aprobacion del Decreto Supremo Nº 007-2008-SA frente a quienes lo hicieron en aplicacion de dicha norma; proponiendo para ello otorgar una bonificacion complementaria; Que, conforme a lo dispuesto por el articulo 3º del Decreto Supremo Nº 005-97-SA, mediante Resolucion Ministerial se aprobaran las disposiciones complementarias y las modificaciones al Reglamento de la Ley Nº 23330; Que, en tal virtud, corresponde otorgar una bonificacion complementaria a los profesionales que realizaron el SERUMS con anterioridad a la aprobacion del Decreto Supremo Nº 007-2008-SA, mediante la incorporacion de una Disposicion Final al Reglamento de la Ley Nº 23330; Con el visado del Director General de la Direccion General de Gestion del Desarrollo de Recursos Humanos, del Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo establecido en el literal l) del articulo 8 de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud y el articulo 3º del Decreto Supremo Nº 005-97-SA; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Incorporar en las Disposiciones Finales del Reglamento de la Ley Nº 23330, Ley del Servicio Rural MORDAZA Marginal de Salud - SERUMS, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-97-SA y modificado por Decreto Supremo Nº 007-2008-SA, el siguiente texto: "Setima.- Los medicos cirujanos que hubiesen realizado el Servicio Rural y MORDAZA Marginal de Salud ­ SERUMS MORDAZA de la entrada en vigencia del Decreto Supremo Nº 007-2008-SA; y que postulen al Programa de Admision al Residentado de Medicina Humana, obtendran una bonificacion complementaria, en los siguientes terminos:

484305-10

Ratifican el "Acuerdo entre la Republica del Peru y el Reino de Camboya sobre la Supresion de Requerimientos de Visas para Pasaportes Diplomaticos y de Servicio"
DECRETO SUPREMO N° 055-2010-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el "Acuerdo entre la Republica del Peru y el Reino de Camboya sobre la Supresion de Requerimientos de Visas para Pasaportes Diplomaticos y de Servicio", fue suscrito el 8 de febrero del 2010, en la MORDAZA de Phnom Penh, Reino de Camboya. Que, es conveniente a los intereses del Peru la ratificacion del citado instrumento internacional; Que, de conformidad con lo dispuesto en los articulos 57º y 118º inciso 11 de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 2º de la Ley N° 26647, que facultan al Presidente de la Republica para celebrar y ratificar Tratados o adherir a estos sin el requisito de la aprobacion previa del Congreso; DECRETA: Articulo 1º.- Ratificase el "Acuerdo entre la Republica del Peru y el Reino de Camboya sobre la Supresion de Requerimientos de Visas para Pasaportes Diplomaticos y de Servicio", suscrito el 8 de febrero del 2010, en la MORDAZA de Phnom Penh, Reino de Camboya. Articulo 2.- Dese cuenta al Congreso de la Republica. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiun dias del mes de MORDAZA del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores

484305-11

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.